INTRODUCCIÓN
I. UNA CULTURA AMORDAZADA
Además de su fundamental componente
de clase, el levantamiento fascista de 1936 tuvo mucho de declaración de guerra
contra la inteligencia.
Nicolás Sartorius y Javier Alfaya
[1]
.
Tras la victoria de los sublevados en la guerra civil española y la implantación
de la dictadura franquista, el teatro español —que, a pesar de su perenne crisis, vivía una de sus etapas más fecundas y
renovadoras— quedó sometido al control de un
sistema de censura de inspiración totalitaria que marcaría un antes y un después
en su trayectoria, al igual que sucedería con el resto de facetas de la cultura
[2]
. Aunque, con la distancia de los años transcurridos, hoy empieza a
cuestionarse la teoría del “paréntesis” cultural que supusieron los cuarenta
años de dictadura y se buscan elementos de continuidad que vinculen el arte y
el pensamiento de posguerra con los que les precedieron, resulta innegable la
gravedad del daño que la censura llegó a ocasionar a la cultura española:
Durante los
cuarenta años de duración del Régimen, toda la producción cultural estuvo
sometida en mayor o menor medida a su control. No es exagerado decir que hoy cabría construir toda una segunda
cultura literaria española paralela con todo lo que la censura tachó, borró o,
más contundentemente, cerró de entrada el paso a su publicación
[3]
.
Según
los ideólogos del levantamiento, la represión ideológica y cultural era
inevitable para conseguir el bienestar de la sociedad en su conjunto: desde su
perspectiva, la libertad de pensamiento y de expresión —“las locas libertades
de cátedra, tribuna y prensa”, en palabras del cardenal Gomá
[4]
—
habían traído consigo una corrupción ideológica que debía ser corregida
mediante la aplicación de la censura. Reaccionaban así contra uno de los
enunciados programáticos de la edad contemporánea, el de la libertad, pero también contra los otros
dos grandes principios, igualdad y solidaridad (véase el prólogo del
profesor Berenguer), puesto que, a pesar de sus apelaciones al “bien común”, la
censura en realidad protegió los intereses y la ideología de un sector social
muy concreto. De acuerdo con esta idea, Buero Vallejo señalaba:
[La censura] Se justifica invocando el
bien general y la necesidad de defender la ley, el orden y la moralidad pública
o privada; pero defiende, de hecho, intereses o privilegios de las clases
dominantes y las estructuras sociales, políticas e ideológicas por ellas
mantenidas
[5]
.
Esta
reflexión es aplicable a cualquier sistema político en el que exista la censura
previa. Tal como ha señalado Jesús Timoteo Álvarez, la principal finalidad de
la censura no es otra que la de evitar la llegada a la opinión pública de
“cualquier matiz distorsionador del sistema ideológico y político”
[6]
.
Así mismo, Antonio Beneyto destaca su carácter de “medio represivo” utilizado
por los gobiernos débiles de todo el mundo con el fin de “despersonalizar a la
población” y obligarle a “pensar lo que el Gobierno le impone”
[7]
.
En el caso de la censura franquista, su primer objetivo, tal
como señaló Román Gubern, fue el de legitimar el levantamiento militar y
la implantación por la fuerza del régimen dictatorial:
La supresión de las libertades
constitucionales de la II República debía conllevar, necesariamente, la
institución de unos mecanismos legales de represión y de censura en diferentes
áreas, concebidos como un sistema de disposiciones legales restrictivas de las
libertades públicas para garantizar, por una parte, la supresión de las
ideologías enemigas (sustentadoras de las instituciones democráticas de la II
República) y, por otra parte, permitir la viabilidad y la consolidación del
nuevo modelo político autoritario. De este modo, la lucha armada encontraba su
natural complemento en la lucha ideológica ejercida por la censura
[8]
.
El
modelo informativo en el que se inspiró el franquismo, según J. T. Álvarez, fue
un modelo totalitario, encaminado a superar en cuanto a posibilidades de acceso
y presencia ante la opinión a cualquier opositor potencial e incluso hipotético
[9]
.
Sus orígenes, según este autor, se remontan a finales del siglo XVIII:
En realidad se trata de un modelo
informativo clásico, el modelo informativo totalitario, desarrollado por los
jacobinos y perfeccionado por Napoleón. A él se han venido ateniendo, en los
últimos dos siglos, todos aquellos Estados y gobiernos que han operado con
soluciones políticas piramidales, centralizadoras y unidireccionales. En la
cabeza de la pirámide está el Estado y sus órganos ejecutores. Informativamente
hablando, actúa sobre la base con funciones generadoras, configuradoras, en un
doble sentido: con medidas defensivas y con medidas ofensivas. Entre las
medidas defensivas, la fundamental es la censura; entre las medidas ofensivas,
la creación de una estructura informativa estatal
[10]
.
Si
bien no existe unanimidad entre los distintos historiadores a la hora de
definir el franquismo como un régimen autoritario o totalitario, la
organización de sus servicios de censura y propaganda es precisamente uno de
los principales aspectos que lo vinculan con estos últimos
[11]
.
Aunque a lo largo de los años, y en la medida en que lo exigía el contexto
internacional, el franquismo se fue desprendiendo de los signos totalitarios de
los que aparecía investido en su etapa inicial, nunca lo hizo de la que fue la
principal aportación del falangismo: su sistema de control y manipulación de la
información. Tal como señala Josep Fontana, el amplio y eficaz aparato
represivo con que los sublevados pretendieron imponer sus ideas entroncaba en
la historia con la Santa Hermandad y la Inquisición, pero al mismo tiempo era
tan moderno como los cuerpos policiales de la Alemania nazi
[12]
.
De hecho, seguía de cerca los modelos nazi y fascista, tal como ha señalado
Sevillano Calero:
De forma similar a otras dictaduras
autoritarias coetáneas, el proceso de fascistización del Estado franquista fue
más intenso en los resortes del poder orientados hacia la manipulación de las
masas, como eran el aparato propagandístico y la política laboral [...]. Fue
sobre todo en estos ámbitos donde más se avanzó —siguiendo los ejemplos
italiano y alemán— en un proyecto totalitario de Estado
[13]
.
Incluso
quienes negaban el carácter totalitario del régimen, advertían que sí lo era su
sistema de control de la información. Gabriel Maura, ex ministro de la
monarquía, se dirigía así a J. I. Luca de Tena, propietario del diario ABC:
Aunque sabemos por el propio Caudillo
que el Régimen actual no es totalitario, en materia de prensa y propaganda
aplica exactamente los métodos de los que lo son [...] y está detentando la
propiedad de los periódicos, reservando el derecho de admisión de
colaboradores, y abiertas, en cambio, sus columnas al ataque personal contra
ciudadanos españoles maniatados y amordazados por la censura
[14]
.
Esta dilatada
presencia del modelo informativo totalitario no se corresponde con una
ideología oficial propiamente fascista, al menos a partir de 1945. Así, Stanley
G. Payne señala que la mentalidad oficial era ultraconservadora, y su política
cultural, “la más tradicionalista y reaccionaria de los estados occidentales
del siglo XX, sin excepción”
[15]
.
Igualmente, para Nicolás Sartorius y Javier Alfaya, el franquismo entronca de
forma directa con la mentalidad decimonónica más reaccionaria:
El mesianismo a lo Menéndez Pelayo —tal
como se expresa, por ejemplo, en el famoso Epílogo de su Historia de los heterodoxos españoles, “España, evangelizadora de
la mitad del orbe; España, martillo de herejes, luz de Trento, espada de Roma,
cuna de San Ignacio... Esa es nuestra grandeza y nuestra unidad; no tenemos
otra”— impregnaba por completo la educación impartida bajo el nuevo Estado. De
esa manera, a través del aislamiento y del culto a nuestras taras históricas,
se fue gestando una identidad perversa
[16]
.
Es
más, según estos autores, uno de los objetivos de la sublevación militar habría
sido detener la importante laicización producida en la sociedad española desde
finales del XIX
[17]
.
De hecho, uno de los rasgos principales que diferenciarían al régimen
franquista de los fascismos alemán e italiano es la importancia concedida a la
religión, que daría lugar a la denominación de Cruzada para la guerra civil y a la de nacionalcatolicismo para el régimen. Debido a esta confluencia de
fascismo y tradicionalismo, la mayoría de los historiadores coinciden en
señalar el carácter de “conglomerado” de diversas ideologías que adquirió el
régimen desde sus comienzos, y han destacado la existencia de distintas
“familias ideológicas” dentro del mismo, sobre las cuales el Caudillo habría
ejercido una función de “arbitraje”, manteniendo un equilibrio sobre unas
fuerzas de derechas faltas de unidad y de armonía interna desde el primer
momento
[18]
.
Este
carácter de “conglomerado” de ideologías será un elemento fundamental a la hora
de entender el comportamiento de la censura, tanto en lo que se refiere a la
divergencia de criterios entre los propios censores (como veremos, textos
acogidos con entusiasmo por algunos de ellos eran prohibidos por otros) como a
las contradictorias restricciones que sufrirán sectores afines al régimen, pues
se llegaron a prohibir obras de autores que apoyaron la sublevación, se
clausuraron revistas de grupos afines e incluso los propios políticos del
régimen llegaron a sufrir la censura en sus escritos. En el ámbito teatral, valgan
como ejemplo los casos de Pedro Muñoz Seca, algunos de cuyos textos sufrieron
múltiples cortes, y Enrique Jardiel Poncela, al que se le prohibieron
totalmente algunas de sus obras
[19]
.
En el terreno de la novela, La familia de
Pascual Duarte, de Camilo José Cela, muy próximo al régimen por estos años
—y, paradójicamente, censor de libros poco después—, hubo de ser retirada tras
su publicación
[20]
.
En cuanto al cine, Román Gubern señala que hubo películas autorizadas que
fueron retiradas de la circulación, debido a protestas procedentes de
jerarquías políticas; esto se produjo incluso con películas de propaganda
franquista, como El Crucero Baleares (1941)
o Rojo y negro (1942)
[21]
.
En el colmo de las contradicciones, la censura llegó a cortar los discursos del
propio general Franco
[22]
,
e incluso su libro Diario de una bandera,
en el que relata su experiencia en el Tercio de Extranjeros en África:
publicado en los años 20, fue censurado durante su mandato para evitar, según
Alfaya y Sartorius, “que el lector de posguerra se encontrara con que su
paternalista jefe del Estado hacía en él una animada y cordial descripción de
la sangrienta ‘hazaña’ de uno de sus subordinados, que mata a tiros y a sangre
fría a un desarmado combatiente marroquí que se acaba de rendir y luego mutila
su cadáver”
[23]
.
Esta
confluencia de ideologías —y de intereses— explicaría, por tanto, la célebre
arbitrariedad de la censura. Los autores de España
actual señalan como rasgo caracterizador de la censura franquista “su falta
de unidad y de coherencia interna; una cierta anarquía tanto en los sujetos que
la ejercían como en los criterios seguidos para su puesta en práctica”, lo que
trajo consigo que “a la profunda molestia inherente a toda censura se añadiese
una sensación de incertidumbre”
[24]
.
Los propios dramaturgos se quejaron a menudo de esta incoherencia y de la
indefinición de sus normas, que les impedía saber a qué atenerse. Así, para
Lauro Olmo, el “código del censor” se caracterizaba por tener “la imprecisión
como norma de las normas”, y en consecuencia, “aquí sabemos qué es lo que no
puede hacer un español. Lo que nadie parece saber es lo que puede hacer”
[25]
.
No obstante, tal como señaló Sánchez Reboredo, esta arbitrariedad también tuvo
su cara favorable:
Es evidente que no existía unidad entre
las diversas fuerzas que colaboraron al alzamiento; y este hecho, que a primera
vista resultó negativo para el escritor (en cuanto veía prohibida una obra que
otra facción del poder había autorizado) resultó más tarde positivo, cuando el
escritor pudo aprovechar los intersticios que dejaban libres las diversas
facciones en lucha por el poder. Esto se volvió especialmente claro en el nuevo
contexto internacional, cuando la derrota del fascismo en la guerra mundial
hizo necesario un adecentamiento de la fachada española
[26]
.
En
realidad, tal como ha señalado J. T. Álvarez, estas divergencias entre las
distintas “familias” del régimen impidieron que el modelo informativo
totalitario se correspondiera con una praxis totalitaria en la mayoría de los
medios de comunicación y dieron lugar a un sistema compuesto por varios
subsistemas autónomos, tantos como dichas “familias”
[27]
.
Si, a pesar de todo, señala este autor, el modelo se mantuvo hasta el final,
fue debido a la voluntad última de estas por mantenerlo, a pesar de las
diferencias internas, y a la habilidad del propio dictador para mantener un
equilibrio entre ellas y dar cabida a fuerzas renovadoras, siempre dentro del
sistema
[28]
.
I.1.
Repercusión de la censura en la vida cultural española
La imagen
de la España de posguerra como “un auténtico páramo intelectual”, utilizada por
José Luis Abellán
[29]
,
y su réplica “la vegetación del páramo”, acuñada por Julián Marías
[30]
para defender el valor de la cultura española de estos años, representan de
forma paradigmática las dos posturas que polarizarían el debate en torno a la
vida intelectual en la España de la dictadura, creando una serie de prejuicios
que aún hoy continúan pesando a la hora de valorar la cultura y el teatro del
período. La negación de toda validez a la producción intelectual creada bajo
los condicionamientos de la censura será una postura extendida en buena parte
del antifranquismo; así, Sartorius y Alfaya afirman que la falta de libertad de
pensamiento y de expresión durante tan dilatado período “tararon al país y lo
convirtieron en el culturalmente más subdesarrollado de Europa”, sumiéndolo en
un estado de “hibernación”
[31]
;
y de forma igualmente rotunda, José María Gironella declaraba que “todo
intelectual perteneciente a un país con censura es por definición un
intelectual castrado”
[32]
.
Así mismo, los autores de España actual afirman que “el español medio acabó acostumbrándose a convivir con la censura,
pero a costa de unas mutilaciones internas que afectaron a su dimensión
cultural, tanto en la fase creadora como en la receptora”
[33]
.
El
desfase entre nuestra cultura y la de otros países occidentales era evidente, y
el teatro no iba a ser una excepción: al intentar explicar su situación a
comienzos de los sesenta, Ricardo Doménech se preguntaba “cómo podían florecer
una cultura y un arte válidos” y “cómo podía florecer un teatro a la altura de
nuestro tiempo”
[34]
en un país en el que existía la censura. En el extremo opuesto, encontramos el
testimonio de ciertos franquistas para quienes la creación artística había
recibido un impulso positivo bajo el régimen. Así, el dramaturgo, crítico
teatral y censor Adolfo Prego afirmaría que la censura previa de textos
teatrales no había realizado, en su opinión, “destrucciones considerables”;
llegando incluso a sostener que la tradición teatral había sido favorecida por
su existencia:
El momento en que aparentemente debía
producirse una ruptura fue el año 1939, año en que termina la guerra civil y
empieza un nuevo capítulo de nuestra historia. El nuevo estado se configura
sobre unos márgenes de libertad reducidos a casi cero. La República había
abierto las puertas de par en par. El nuevo régimen las cerraba casi por
completo. Pero he aquí que sucede lo contrario de lo que debería haber sucedido
según el pensamiento de aquellos teóricos que identificaban libertad política
con teatro espléndido. Con la posguerra el teatro español da un salto hacia
delante
[35]
.
Sin
llegar a este grado de radicalidad, aunque respaldando igualmente la política
informativa franquista, una buena parte de los defensores del régimen
afirmarían que la censura no dañó a las obras verdaderamente importantes, o que
su impacto real sobre la actividad cultural fue mínimo. Así, por ejemplo, el
actor, director y político Mario Antolín declararía al diario Arriba:
Yo supongo que la censura habrá
cometido, quizá, errores. Lo que puedo decir es que en mi larga vida
profesional, y he hecho cuarenta y cinco estrenos, no me han prohibido jamás ninguna
comedia. He tenido problemas de cortes pero esa es otra cosa. Yo pienso que la
censura teatral, como la de prensa, cuando la había, es una disculpa que nos
hemos buscado para las cosas que no hemos querido hacer
[36]
.
La
postura más ponderada, crítica hacia el régimen dictatorial aunque sin negar la
validez de toda la producción cultural que creció bajo el mismo, es la
defendida, entre otros, por Buero Vallejo, quien afirmaba que el trauma
provocado por la censura fue “ciertamente, grave”, aunque matizaba: “Pero si
bien empobreció nuestra cultura, no pudo matarla: el esfuerzo de todos los
empeñados en sostenerla, en lugar de apagar y marcharse, logró evitarlo”
[37]
.
Refiriéndose a su propia obra, señalaba:
Pienso que la no existencia de la
censura no habría alterado de una manera muy grande mi producción. [...] sin
censura o con ella, más o menos habría escrito lo mismo. [...] Ahora bien, ese
“más o menos” no es despreciable. [...] Es seguro que habría habido en las
obras alguna mayor libertad en la concepción de determinadas situaciones: mayor
libertad también quizá, para la concepción de determinados atrevimientos
estéticos. Habría habido más holgura, más soltura, más confianza, y por lo
tanto, probablemente, logros más felices
[38]
.
Igualmente,
sin negar la magnitud del daño causado a la cultura española y aceptando que la
guerra y la posguerra supusieron un triste “paréntesis” en el desarrollo de la
misma, Lorenzo Delgado Gómez-Escalonilla afirma que, a pesar de todas las
limitaciones, no dejó de existir una producción cultural:
Los dirigentes del nuevo régimen
político redujeron notablemente la capacidad de autonomía del conocimiento o
cuando menos impidieron su exteriorización, cribaron el desarrollo intelectual
y científico mediante su control oficial; en suma, procuraron imprimir una
acusada tendencia adoctrinadora a las manifestaciones culturales. Pero esto no
significa en modo alguno que durante la dictadura dejaran de producirse tales
manifestaciones. El exilio intelectual se llevó una canción más polifónica, más variada, dinámica y fecunda, pero
no se llevó la canción
[39]
.
La
distancia de los años transcurridos y las creaciones que se produjeron en
España, sobre todo en los últimos años de la dictadura, parecen dar la razón a
los defensores de esta postura. También en el ámbito de la creación teatral
resulta evidente que la censura no consiguió asfixiar por completo al arte
escénico, pues a lo largo de la dictadura se produce una indudable evolución
cuantitativa y cualitativa en la dramaturgia española. A pesar de las graves
dificultades, un valioso y esperanzador panorama teatral se vislumbra a finales
del período, fruto de un complejo proceso tanto en lo que se refiere a la
evolución del régimen como a las distintas estrategias que adoptan los
creadores.
I.2. La censura
teatral
Cuando
uno podía pensar, a la vista del cierre de tantas salas teatrales, de la casi
desaparición del teatro en nuestras capitales de provincia, que nos hallábamos
ante un arte anacrónico e inocente, la censura nos recordaba a cada instante
que el teatro es un instrumento artístico del debate político, un campo en el
que dirimir pacíficamente los conflictos y un catalizador de las nuevas
peticiones sociales.
José Monleón
[40]
.
La
importante capacidad del teatro para crear una conciencia crítica en los
espectadores ha hecho que, a lo largo de la historia, el poder haya tratado en
múltiples ocasiones de ejercer un control sobre él
[41]
.
Ciñéndonos a la España contemporánea, valga como ejemplo del relevante papel
que se concede al teatro en la vida social el reglamento de la primera escuela
oficial, el Real Conservatorio de Música y Declamación de María Cristina
(1830); en él se afirma que el espectáculo dramático es “por su origen y
naturaleza, una exhortación y escuela representativa de moral, de heroísmo y de
todos los vínculos, ornamentos y virtudes sociales”, al tiempo que se advierte
contra los espectáculos que constituyen “una vaga diversión del ocio y, lo que
es peor, una violenta excitación de pasiones”
[42]
.
Unos años después, D. Juan del Peral publicaba el opúsculo Sobre la censura teatral y manual de censores
[43]
,
en el que justificaba la necesidad de la censura apelando a la capacidad del
teatro para movilizar a los colectivos:
El teatro es uno de los medios de
publicidad que tienen las ideas, siendo su influencia tanto mayor, cuanto que
se lanzan a un público en masa, el cual las recibe colectivamente. El bien o el
mal que se desprende de un libro, cuya lectura se hace en el retiro de un
gabinete, produce sus resultados con lentitud, del mismo modo que una corta
dosis de veneno o de medicina mata o cura lentamente; mas el efecto del teatro
es, por el contrario, rápido e instantáneo; las ideas, los sentimientos obran
allí como los efectos del rayo; una pasión noble nos subyuga, goza nuestra alma,
y dos mil espectadores lloramos de alegría; vemos entronizarse la maldad, y
compartimos la angustia de la víctima por quien nos interesamos; vertemos
lágrimas también, pero ahora son de dolor, y nos abrasan las mejillas; mas
cuando el malvado sucumbe, nuestro corazón se ensancha; respiramos con más
libertad; el fuego de la alegría brilla en nuestros ojos, y por un movimiento
tan rápido, que sólo puede comprenderse por el de la influencia eléctrica,
prorrumpimos a la vez en una salva de frenéticos aplausos esos dos mil
espectadores que llorábamos poco antes.
Pues si tales sensaciones experimentan
todas las noches del año, una tras otra, las diversas clases de la sociedad,
calcúlese si es necesario e importante dar buena dirección a las ideas que se propalan
en la escena
[44]
.
Refiriéndose
a los años veinte del pasado siglo, Francisca Vilches y Dru Dougherty destacan
la incidencia social que entonces tenía el arte escénico y el control que sobre
él ejercía el poder: “Desde luego un arte que tanto incidía en la vida social e
intelectual del período generaba una serie de controles por parte de las
autoridades, siempre celosas del poder colectivo que todavía encerraba la
escena”
[45]
.
Ya durante la época franquista, Adolfo Prego justificaba así el peso del control
oficial:
En el mundo de la literatura de ficción,
el teatro recibe siempre las más destructoras descargas de los controles del
Estado. Es comprensible que así suceda, y es asimismo comprensible que
cualquier régimen dictatorial, sea de izquierdas, sea de derechas, se muestre
más intransigente y temible frente al teatro, frente al “cine” y frente a la
prensa, porque esos tres capítulos pertenecen a la esfera de la cultura popular
y pueden ser transformados en medios de propaganda de aquello que conviene propagar
a quienes ejercen el poder
[46]
.
En
efecto, durante el franquismo la censura actuó con mayor severidad sobre las
artes que se dirigían a públicos más amplios. Por ello, la cinematográfica fue
más estricta que la teatral, y ésta, a su vez, más que la de textos literarios,
tal como ha explicado Neuschäfer:
La novela, al ser literatura escrita
dirigida a un receptor-lector solitario, no era controlada con total severidad,
de ahí que fuera la primera en transformar su lenguaje. El teatro, representado
y hablado en público, era tratado con mayor rigor, por lo que tardó más tiempo
en encontrar su propio camino. El cine, por último, al ser un medio de
comunicación de masas, era vigilado con ojos de lince y fue el último en
recuperarse
[47]
.
Ateniéndonos
a las obras literarias, el género menos expuesto a los ataques de la censura,
según Abellán, era la poesía
[48]
,
seguido de la novela, siendo el teatro el más perseguido
[49]
.
Los mismos textos se autorizaban con más facilidad para su publicación que para
su puesta en escena; de hecho, a veces se usaba el libro editado como ejemplar
de censura para la representación. El diferente tratamiento que reciben libro y
representación queda evidente, por ejemplo, en la carta referida a la
posibilidad de autorizar la edición de Las
Meninas, de Antonio Buero Vallejo, que se puede leer en su ficha
correspondiente, o en los informes acerca de la versión teatral de La lozana andaluza de Rafael Alberti.
Aunque son varios los informes sobre esta obra que podrían citarse a modo de ejemplo,
entresacamos los de los religiosos José María Artola y Jesús Cea. El primero de
ellos escribió:
La obra es una adaptación teatral de una
obra literaria que no es dramática en origen sino novelística. De ahí que el
criterio censor varíe sustancialmente. Una descripción de malas costumbres
justificadas no parece autorizable cuando pasa de ser novela a ser teatro.
[...].
Aún
más severo se mostraba el religioso Cea, tanto con el original novelesco como
con la versión teatral:
Esta obra lesiona las más elementales
normas de moral y de decencia. Expresiones y escenas en las que abunda, tal vez
tolerables en una novela, llevadas a un escenario degenerarían en lo grosero y
pornográfico.
Pero la censura de teatro no sólo afectó a los textos. Como veremos, en
muchas ocasiones se impuso como condición obligada el llamado “visado” del
ensayo general, en el que los censores vigilaban otros signos escénicos:
música, elementos escenográficos, vestuario, tonos, gestos y otros signos no
verbales que pudieran modificar la significación de lo dicho. Este “visado”
procedía de una antigua tradición, pues ya Juan del Peral, en el citado
documento “Sobre la censura teatral y manual de censores”, proponía que la
censura española adoptara esta medida, a semejanza de la censura francesa:
[Los censores franceses] Después de leer
una pieza nueva, nunca ponen su firma de aprobación, aunque nada contenga
aquella de reprobado, sin que un inspector
de teatros (empleados subalternos suyos) haya asistido a uno de los ensayos
generales a ver si la ejecución corresponde a lo inofensivo del texto. ¿Cuántas
veces puede lastimarse, y se lastima la moral pública por la acción que
acompaña a la palabra, o por la intención con que se dice, no conteniendo en sí
la palabra malicia alguna? ¿Y no sufren las buenas costumbres con un baile
pantomímico que sea deshonesto, sin embargo de que no se habla? Una vez
aprobada la comedia, queda obligado el director a presentarla sellada y
rubricada al comisario de policía de aquel barrio, sin cuyo requisito no ha de
representarla, o incurre en multa. Ninguna precaución está de más tratándose de
asunto tan delicado
[50]
.
En consecuencia, tal como señaló Francisco Nieva, la
censura no sólo supuso la pérdida de la tradición dramática en nuestro país,
sino también de la tradición escénica
[51]
.
Igualmente, Miguel Medina, tras entrevistar a varios actores, encontraba que la
interpretación se había visto afectada por la censura, pues la escasa oferta de
montajes innovadores habría orientado sus formas hacia un tipo de teatro muy
específico
[52]
.
E incluso, más allá del propio montaje teatral, en alguna ocasión la censura
llegó a afectar incluso a elementos como el programa de mano, ya que se ordenó
introducir notas “aclaratorias” en los mismos
[53]
.
Por todo ello, durante todo el período franquista esta será un elemento más del
espectáculo teatral, ineludible a la hora de estudiarlo en su globalidad.
Más
allá de lo que afectó a los textos y a los espectáculos, la censura desvirtuó
la relación entre la escena y la sociedad, pues, tal como señalaría José
Monleón, trajo consigo una hiperpolitización de la cultura:
El caso es que la
oposición entre el poder y la cultura acaba siempre radicalizando a esta
última, en tanto que perturba sus deseables niveles de independencia o —lo que
es lo mismo— el libre compromiso con una opción política y el debate público de
las restantes. Así que el franquismo acabó consiguiendo exactamente lo
contrario de lo que se proponía: la politización de la cultura, la evidencia de
que toda expresión de la realidad que no se correspondiera con el ideario
oficial —y ahí estaban los censores para recordárnoslo— era un acto de
subversión política
[54]
.
I.2.1. Los criterios de los censores
Como
ya se ha dicho, existe cierta diversidad de criterios entre los censores a la
hora de dictaminar sobre una obra, no sólo en los últimos años, cuando las
diferencias internas entre las “familias” franquistas se han agudizado, sino
incluso durante la etapa más totalitaria y filofascista, reflejando así una
escisión que desde el principio existía en el seno del régimen y que daría
lugar al conocido “equilibrio” que hubo de mantener el dictador entre los
distintos sectores que lo apoyaban. Al mismo tiempo, a lo largo de los años,
los criterios de los censores acusarán una serie de cambios (limitados y
controlados en extremo) que tienen su origen en la necesidad del propio régimen
de aparentar una cierta liberalización para adaptarse a la nueva coyuntura
internacional.
En lo
que se refiere al predominio de unas u otras “familias” ideológicas en la
historia del franquismo y su influencia en la evolución de la censura, muy a
grandes rasgos, se puede hablar de una primera etapa muy próxima al fascismo,
iniciada durante la guerra civil y que culmina hacia 1941, en que la censura es
competencia del grupo falangista liderado por Serrano Súñer; ese año, con el
trasvase de la responsabilidad de los servicios de Prensa y Propaganda a
Gabriel Arias-Salgado (primero como Vicesecretario de Educación Popular y desde
1951 como ministro de Información y Turismo), se iniciaría un extenso período
en el que se refuerza el discurso nacional-católico y en el que, lejos de desaparecer, se consolida el modelo informativo
totalitario; con un intervalo entre 1945 y 1951 (años en que la censura depende
del Ministerio de Educación Nacional) en el que se habrían producido tímidos
intentos de “apertura”. A la larga etapa de predominio del nacional-catolicismo le habría seguido el “aperturismo” de Manuel
Fraga Iribarne (1962-1969) y, finalmente, esta pretendida “liberalización”
habría sufrido un nuevo retroceso a partir de la llegada de Alfredo Sánchez
Bella al Ministerio de Información, el cual formó parte del “gobierno
monocolor” encabezado por Luis Carrero Blanco, y un nuevo avance a partir de
1974, durante la etapa en que Pío Cabanillas es ministro de Información
[55]
.
Más
allá del talante más o menos liberal de los distintos responsables de la
cartera de Información, esta evolución está muy vinculada a la imagen que el
régimen pretende ofrecer en los distintos períodos de la dictadura, a la marcha
de la economía española y a la necesidad de supervivencia del propio régimen,
así como a las pugnas internas del franquismo y a los profundos cambios
sociales y culturales que se producen en la sociedad española durante tan extenso
período, tal como han señalado distintos historiadores: así, es evidente que el
abandono de los rasgos fascistas del régimen y la pronunciación de su faceta
católica y anticomunista están ligados a la derrota de los países del Eje en la
II guerra mundial y a la necesidad de adaptarse al nuevo contexto
internacional; que la pretendida “democratización” que se intenta aparentar
poco después de la puesta en funcionamiento de la política económica opusdeísta
iniciada en 1959 con el Plan de Estabilización está en el origen de la
“apertura” de Fraga Iribarne, o que las sucesivas “aperturas y cerraduras” —en
irónica expresión del dramaturgo Rodríguez Méndez
[56]
—
de la censura en los últimos años son reflejo fiel de las convulsiones que
sufre el propio régimen en la etapa de agonía (1969-1975) que precede a la
transición hacia la democracia.
Ahora
bien, a la hora de leer los documentos internos de la censura a la luz de estos
cambios, lo primero que llama la atención es una abrumadora sensación de
continuidad que, a primera vista, echaría por tierra cualquier intento de
periodización. No sólo por las abundantes muestras de intransigencia que
encontramos de principio a fin, sin que parezcan atenuarse en los períodos de
“liberalización”, sino también porque desde el primer momento encontramos
testimonios que hubieran sido imprevisibles desde la imagen más tópica que nos
ha quedado de la censura franquista, como los elogios que ciertos censores
dispensan a algunas de las obras aquí estudiadas. Y también en todas las etapas,
salvo significativas excepciones, vemos cómo esta divergencia de criterios
suele resolverse a favor de la postura más intransigente.
En
realidad, las decisiones de liberalizar o endurecer la censura se reflejan en
casos bien puntuales, a los que el propio régimen se encarga de dar difusión,
como parte de su campaña de imagen, y esta sería la mayor evidencia de la
superficialidad de dichos cambios, como de tantos otros, en la historia de la
dictadura. Así, por ejemplo, resulta significativa la autorización, a partir de
mediados de los sesenta, de obras que vienen arropadas por un prestigio
internacional que hace incuestionable su inclusión en las carteleras
comerciales españolas, como sucede con ciertos textos de Bertolt Brecht, Peter
Weiss o Jean-Paul Sartre, mientras se prohíben sin titubear un importante
número de obras de Lauro Olmo o Rodríguez Méndez, y se reducen al ámbito del
teatro de cámara y a festivales como el de Sitges buena parte de las creaciones
de los dramaturgos españoles desde finales de los años sesenta. A este punto
volveremos algo más adelante.
Como
se dijo, además de las operaciones de imagen del régimen o de las pugnas en el
seno del franquismo, la censura tiene que adaptarse a la evolución de la propia
cultura española. Tal como han señalado distintos historiadores de la cultura,
el franquismo no consiguió crear una cultura propia
[57]
,
y ello trajo consigo un cambio en el propio concepto de la censura, desde el
concepto totalitario que se impuso en los primeros años hasta la actitud más
defensiva que se adoptaría en la última etapa. En la primera de ellas, la
censura sería una pieza fundamental que habría de orientar la marcha del teatro
español hacia unas formas teatrales concretas impuestas por el Nuevo Estado,
complementaria de otras actuaciones como la creación del Teatro Nacional de la
Falange, o la propia actuación de la crítica teatral, a la que se atribuye una
función orientadora, sobre todo desde las páginas de Arriba
[58]
.
Una clara muestra de este concepto totalitario la constituye el artículo
titulado, significativamente, “Directriz de autores”
[59]
,
firmado por el censor Guillermo de Reyna. En primer lugar, Reyna reivindicaba
la importancia de su función a la hora de orientar a la sociedad:
Con frecuencia oímos y pronunciamos
todos ingeniosos comentarios sobre la censura oficial. Acertados algunos y
equivocados los más, adolecen siempre del mismo defecto: falta de perspectiva.
Resultados de la fragmentaria visión de un plan y de un propósito, no podían en
realidad aspirar a otro efecto que al de producir una impresión humorista —bien
fácil por cierto— y a que, acaso graciosa si se lograra, no por eso sería menos
estéril. Si sustituyésemos la ironía por la reflexión, podríamos ver que con
todos sus aciertos y todos sus errores, no faltan en el difícil cometido de
orientar nuestro teatro, ideas precisas y claras que a diario se imponen y que
por sí mismas se justifican. El teatro puede y hoy debe ser principalmente el
arte que enfrente al hombre con sus propias pasiones, para orientar su modo de
reaccionar ante ellas y contribuir así —imperceptible, pero fundamentalmente— a
la formación de una moral y de un estilo que penetre hasta lo más profundo de
la vida íntima de nuestro pueblo.
A
continuación, proponía un modelo de teatro que consideraba deseable, basado en
las “escenas crudas, fuertes y realistas, que al fin y al cabo son las que
diferencian al auténtico teatro de las simples expansiones líricas o bufas”, y
hacía un peculiar elogio de la crudeza que no deja de contrastar con la
realidad teatral de estos años:
La crudeza puede ser precisamente, y lo
es en gran número de casos, el exponente más característico de la calidad
teatral, que así como en el cine está en primer lugar determinada, por la
movilidad y la técnica, en el teatro se halla casi exclusivamente referida a la
fuerza de la palabra, lo que exige “hablar a gritos”, esto es, hablar en
relación con las situaciones que a ellos dan lugar. El olvido de estas
realidades, no sólo podría matar el teatro como arte, sino, lo que es peor,
anularía toda su fuerza de orientación social.
Además, reclamaba que las obras teatrales se cerraran
siempre con una conclusión explícita, y alertaba sobre los peligros que podía
conllevar la exhibición de conductas como el adulterio o el divorcio. Aunque la
cita es extensa, merece ser reproducida en su totalidad:
De aquí, que del argumento de cualquier
obra interese fundamentalmente su conclusión, y que de sus escenas se considere
con preferencia el que estén limpiamente tratadas, ya que implicaría una
deformación lamentable la exposición de situaciones inmorales, sin otro
propósito que el de exhibirlas y airearlas, que al fin y al cabo valdría tanto
como reconocerlas “habituales entre nosotros”, con el peligro de que a la larga
crease un clima propicio al cultivo de futuros hábitos de disolvente
inmoralidad social. Por ello, ante muchos supuestos, el adulterio entre otros,
no deben interesarnos aquellas soluciones que, aunque irreprochables en el
orden moral y religioso, puedan contribuir a la difusión de reacciones
incompatibles con la clásica manera de ser española y con los restos de moral
calderoniana que todavía la informan. Análogos problemas ofrece la
consideración del divorcio. No se exige un sermón contra él desde los
escenarios, ni tampoco el silencio de su presencia en otros países; pero no por
eso hemos de olvidar cómo dicha institución se presta a la satisfacción de
apetitos concupiscentes y a la explotación, por los indeseables, de los
sentimientos más nobles y sagrados, y en este sentido habrá de orientarse la
acción que roce con este tipo de temas, contrarios al principio de unidad
familiar y a la misión de paternidad y continuidad que a aquella corresponde.
Frente al problema de la exaltación de costumbres extranjeras, abiertamente
opuestas a nuestra manera de ser, queremos, como dijo el Caudillo, ropas hechas
a nuestra gallarda medida, sin sombreros perforados por la copa, ni espaldas
que hayan de encorvarse para que encaje bien el traje de cheposo.
Arremetía
incluso contra el teatro propagandístico del propio régimen, señalando que en
muchas ocasiones no alcanzaba la necesaria calidad dramática y que escogía la
vía fácil del efectismo para inculcar al público su mensaje:
Nadie crea por esto
que esperamos de nuestros dramaturgos mítines patrióticos ni frases
altisonantes, que deseamos sean definitivamente eliminadas de nuestro teatro
por inoportunas e improcedentes, cuando no por cursis y amaneradas. Las
afirmaciones y las negaciones de una obra, tanto en lo moral como en lo
político, debe hacerlas la obra misma, a través del desarrollo de sus escenas y
del desenlace de su argumento, pero nunca habrán de lograrse con aisladas
consignas efectistas que los personajes le “coloquen” al público, con mejor o
peor oportunidad y éxito.
Insistiendo
en esta forma de censura estética, el censor justificaba la inmensa mayoría de
las prohibiciones dictaminadas hasta entonces señalando que se trataba de una
cuestión de calidad de los textos, pues la propia incapacidad de los autores
para tratar ciertas escenas con decoro hacía que estas degeneraran en
“pornografía”, con las consiguientes reacciones primarias por parte del público
y el perjuicio correspondiente para su “educación” y su “virilidad”:
Muchos autores olvidan que cada tema a
desarrollar exige, cuando menos de ellos, una cultura y una preparación y
calidad literaria, proporcionada a la altura del asunto elegido. Por eso vemos
con frecuencia que autores que desconocen hasta la gramática se lanzan a
desarrollar argumentos que se desvirtúan entre sus propias manos, y así
confunden crudeza y cloaca muchas veces, sólo por no tener en su vocabulario
suficiente número de palabras que permitan diferenciarlas, a lo largo de una
acción continuada. Ello es causa de que más de un uno por trescientos de las
obras rechazadas no obedezcan a otros motivos que a la de ser simplemente
malas, y revelar —a veces hasta escandalosamente— la impotencia del autor para
mantenerlas con decoro. En otras ocasiones se confunde también la realidad y la
intimidad, desarrollando a los ojos del espectador escenas que tan sólo por
buen gusto debieran limitarse a dejar insinuadas. Estos comediógrafos de
alcoba, unas veces por mediocridad y otras por propósito, terminan cayendo del
lado de la pornografía teatral, que si bien hoy está acertadamente superada,
merece también algunas consideraciones, porque durante años ha significado un
grave peligro para la educación y la virilidad de nuestro pueblo, siempre muy
sensible a aquellos espectáculos, frente a los cuales sólo caben reacciones
soeces y groseras, o peor todavía, indiferentes, ya que en este caso revelarían
la existencia de públicos desmedulados, cuyas reacciones serían determinadas,
como en los seres primarios, únicamente por períodos de celo.
Por
último, proponía que los personajes reflejados en las obras no mostraran
caracteres enfermizos, sino que se erigieran en modelos de conducta para el
público, modelos acordes con la nueva sociedad:
Finalmente nos queda por expresar a
nuestros autores un último deseo. Queremos, también por razones políticas, un
teatro que muestre ambición en sus personajes y contribuya a mantener en
nuestro pueblo la fiebre por las tareas importantes. No deseamos temas
enfermizos que jueguen la acción de la comedia alrededor del complejo sufrido
por el protagonista, cuyo dedo engarabitado suscita en derredor suyo el general
retraimiento. Apliquen su pluma a la creación de personajes de más alto vuelo y
dejen los caracteres enfermizos al cuidado del médico, siempre que no sirvan
para destacar junto a ellos los temperamentos nobles y enérgicos que hayan de
dirigirlos y dominarlos.
La
falta de acuerdo entre los distintos sectores franquistas pronto dejó al
descubierto la futilidad de la iniciativa totalitaria de crear un teatro del
Nuevo Estado; de hecho, vistas desde la distancia de los años transcurridos,
estas propuestas apenas presentan relación con la realidad teatral de su
momento ni con la que le sucedió en los años inmediatamente posteriores. No
obstante, en este desacuerdo del censor con la situación de la escena española
y en su rechazo a las convenciones de cierto teatro conservador nos parece
encontrar el origen de la aceptación que reciben por parte de algunos censores
una serie de obras —como ocurrió con varias de Buero Vallejo y Alfonso Sastre—
que en aquel momento supusieron un soplo de aire fresco para la escena
española.
I.2.2. Las Normas de Censura de febrero
de 1963
El
artículo de Reyna supone un testimonio de enorme interés, en tanto que
constituye un auténtico manifiesto, redactado por un censor, sobre cómo había
de ser el teatro del nuevo régimen. Sin embargo, al igual que otros textos
escritos por los ideólogos del teatro del régimen en los primeros años, dicho
artículo apareció en la prensa; nunca tuvo el valor de un documento oficial. En
este sentido, el único código oficial que se realiza durante la dictadura para
la censura de obras teatrales lo constituyen las Normas de Censura
Cinematográfica emitidas en febrero de 1963, que un año más tarde se aplicarían
al teatro
[60]
.
En el Informe sobre la Censura
Cinematográfica y Teatral elaborado por la Dirección General de
Cinematografía y Teatro en fechas próximas a la aplicación de dichas Normas al
teatro
[61]
,
se describe así el proceso de gestación de las mismas:
La primera preocupación del equipo
ministerial encargado actualmente de la política de espectáculos fue la
redacción de unas normas de censura, de un verdadero Código Moral al servicio
de la Sociedad, Código que durante muchos años se había solicitado en vano. Las
Normas no fueron fruto de ninguna improvisación. De entre los censores se
nombró una Comisión delegada, que se encargó de preparar y redactar el primer
anteproyecto. Antes de elaborar el texto se estudiaron los códigos extranjeros
de censura. La primera redacción se estudió por todos los miembros de la Junta
de censura. Seguidamente una comisión especial del Consejo Superior de
Cinematografía, constituida sobre una amplia base representativa y en la que
figuraba el Asesor religioso del Ministerio y un representante de la Comisión
Episcopal de Cine, Radio y Televisión, estudió el proyecto de Normas y sugirió
las enmiendas que consideró oportunas. Redactadas definitivamente las Normas
por la Junta de Censura, fueron promulgadas por Orden ministerial de 9 de
febrero de 1963
[62]
.
Según
señala el autor del Informe, al
elaborarlas, se procuró que fueran lo suficientemente amplias para facilitar su
aplicación cuando fuera necesario, al tiempo que se buscó la concreción para
orientar al censor en su tarea:
Comparadas con otros códigos, las normas
de censura españolas han procurado un prudente equilibrio entre el detalle
excesivo y las generalizaciones inoperantes. Si por un lado son amplias, para
evitar un casuismo que nunca abarcaría todos los casos posibles, por otro lado
resultan lo suficientemente concretas para servir de adecuada orientación, no
sólo al Organismo directamente encargado de aplicarlas, sino a los autores, a
los realizadores y a cuantos participan en la producción, distribución y
exhibición cinematográficas
[63]
.
Dichas
Normas se subdividían en cuatro capítulos: 1) Normas Generales; 2) Normas de
Aplicación; 3) Normas especiales del Cine para menores, y 4) Normas
Complementarias. A lo largo de los mismos se hace referencia tanto a una serie
de temas prohibidos como al enfoque de los autores a la hora de abordarlos.
Como se verá a continuación, la enumeración de todas las normas prohibitivas
resulta abrumadora, y da la impresión, que se confirma a la vista de su
aplicación en las obras estudiadas, de que el objetivo último no era tanto
impedir el tratamiento de una serie de temas —aunque también hay que tener en
cuenta este aspecto—, como disponer de un documento legal al que aferrarse
cuando se tomaba la decisión de prohibir una obra.
Las
siete Normas denominadas “generales”, según señala el autor del citado Informe, contenían los principios sobre
los que se fundamentaban todas las demás:
1ª.— Cada película se deberá juzgar, no
sólo en sus imágenes o escenas singulares, sino de modo unitario en relación
con la totalidad de su contenido y según las características de los distintos
géneros y estilos cinematográficos. Si una película en su conjunto se considera
gravemente peligrosa, será prohibida antes que autorizarla con alteraciones o
supresiones que la modifiquen en manera sustancial.
2ª.— El mal se puede presentar como
simple hecho o como elemento del conflicto dramático, pero nunca como
justificable o apetecible, ni de manera que suscite simpatía o despierte deseo
de imitación.
3ª.— La presentación de las
circunstancias que pueden explicar humanamente una conducta moral reprobable,
deberá hacerse de forma que ésta o aparezca ante el espectador como
objetivamente justificada.
4ª.— La película debe conducir
lógicamente a una reprobación del mal, considerado al menos como atentado
contra los principios de la moral natural, pero no es necesario que esa
reprobación se muestre explícitamente en la pantalla si se dan elementos
suficientes para que pueda producirse en la conciencia del espectador.
5ª.— La reprobación del mal no se
asegura siempre de manera suficiente con una condenación en los últimos planos
o hecha de modo accidental o marginal; tampoco exige necesariamente el
arrepentimiento del malhechor ni su fracaso humano o externo. Es conveniente que
el mal esté contrapesado por el bien durante el desarrollo de la acción.
6ª.— No hay razón para prohibir la
presentación de las lacras individuales o sociales, ni para evitar lo que
produzca malestar en el espectador al mostrarle la degradación y el sufrimiento
ajenos, si se obedece a los principios de una crítica rectamente hecha y no se
atenta a lo dispuesto en estas Normas.
7ª.— No hay razón para prohibir un cine
que se limite a plantear problemas auténticos, aunque no los dé plena solución,
con tal que no prejuzgue una conclusión inaceptable según estas Normas
[64]
.
Las
llamadas Normas de Aplicación concretaban los temas y situaciones que debían
prohibirse. Así, mediante la primera de estas Normas quedaban prohibidos: la
justificación del suicidio (Norma 8ª, artículo 1º); la justificación del
homicidio por piedad (8ª, 2º); la justificación de la venganza y del duelo,
excepto cuando se tratase de representar costumbres sociales de épocas o
lugares determinados (8ª, 3º); la justificación del divorcio, del adulterio, de
las relaciones sexuales ilícitas, de la prostitución y, en general, de cuanto
atentase contra la institución matrimonial y la familia (8ª, 4º); la
justificación del aborto y de los métodos anticonceptivos (8ª, 5º). A propósito
de esta norma 8ª, el autor del citado Informe señala: “Debe puntualizarse que lo que se prohíbe es la justificación de esos
males morales, no su presentación, necesaria muchas veces para el conflicto
dramático, e incluso para extraer, por contraste, una positiva consecuencia
moral”
[65]
.
Puede
resultar obvio señalar que por “relaciones sexuales ilícitas” se entienden
todas aquellas que se produzcan fuera del matrimonio, incluidas, como cabía
esperar, las de carácter homosexual, aunque a estas también se les podía
aplicar la Norma 9ª, que prohibía la presentación de las “perversiones sexuales
como eje de la trama y aun con carácter secundario”, a menos que, en este
último caso, estuviera exigida por el desarrollo de la acción y tuviera una
clara y predominante consecuencia moral (9ª, 1º); también por esta norma se
prohibía la presentación de la toxicomanía y del alcoholismo realizada “de
manera notoriamente inductiva” (9ª, 2º), y la presentación del delito en forma
que, por su carácter excesivamente pormenorizado, constituyera una divulgación
de medios y procedimientos delictivos (9ª, 3º). A continuación, se volvía a
insistir sobre el tema de la sexualidad al prohibir las imágenes y escenas que
pudieran provocar “bajas pasiones” en el espectador normal y las alusiones que
resultaran más sugerentes que la presentación del hecho mismo (10ª), así como
las imágenes y escenas que ofendieran “la intimidad del amor conyugal” (11ª).
También
la violencia quedaba vetada, al prohibirse las imágenes y escenas de
brutalidad, de crueldad hacia personas y animales y de terror, presentadas de
manera “morbosa o injustificada” y, en general, las que ofendan “la dignidad de
la persona humana” (12ª); además, el veto se extendía a las expresiones
coloquiales y las escenas de carácter íntimo que atentaran contra “las más
elementales normas del buen gusto” (13ª). En relación con esta última, García
Ruiz señala que la censura supone la adaptación a los códigos y buenos modales
propios de las personas “decentes”
[66]
:
así, a Pemán se le obligó a tachar la palabra “muslo” de una comedia
[67]
;
también por motivos de decoro, palabras como “axila”, “ombligo”, “calzoncillo”
o “cuerno” eran impronunciables en escena, por lo que Abellán se refirió a la
pudibundez legendaria de la censura en materia de lenguaje procaz
[68]
.
Las normas
siguientes (14ª-19ª) se refieren sobre todo al tratamiento de las cuestiones
religiosas y políticas. En ellas se prohibía la presentación irrespetuosa de
creencias y prácticas religiosas (14ª, 1º); la presentación denigrante o
indigna de ideologías políticas y todo lo que atentara contra instituciones o
ceremonias “que el recto orden exige sean tratadas respetuosamente”, con la
indicación de que debería quedar clara la distinción entre la conducta de los
personajes y lo que éstos representan (14ª, 2º); el falseamiento tendencioso de
los hechos, personajes y ambientes históricos (14ª, 3º); las películas (u
obras) que propugnen “el odio entre los pueblos, razas o clases sociales”
(15ª); las películas (u obras) cuya tesis niegue el deber de defender a la
Patria y el derecho a exigirlo (16ª); todo cuanto atentara a la Iglesia
católica, su dogma, su moral y su culto (17ª, 1º), a los principios
fundamentales del Estado, la dignidad nacional y la seguridad interior o
exterior del país (17ª, 2º), y a la persona del Jefe del Estado (17ª, 3º).
Además, serían prohibidas las películas (u obras) en las cuales la acumulación
de escenas en principio autorizables creara, por la reiteración, un clima
lascivo, brutal, grosero o morboso (18ª).
Finalmente,
se indica que estas normas serían empleadas con mayor amplitud cuando se
tratara de públicos minoritarios (19ª), si bien se aclara que las películas (u
obras) blasfemas, pornográficas y subversivas se prohibirían para cualquier
público. A las Normas se añaden algunas puntualizaciones, como es la de
aplicarlas “con la debida amplitud” en las obras clásicas del pasado, “teniendo
en cuenta el carácter especial que les dan el distanciamiento histórico y el
ánimo preceptivo del espectador, además de sus propias características de
lenguaje y situaciones”; también se introduce la posibilidad de supeditar el
dictamen al “visado” previo de la puesta en escena (al que hicimos referencia
páginas atrás), “a fin de comprobar el exacto cumplimiento de sus acuerdos y
garantizar la adecuada presentación de aquélla en los aspectos que no se
pudieran reflejar suficientemente en el texto y sobre los que, por ello, la
Junta no se hubiera pronunciado”. Dicho “visado” sería condición indispensable
en las obras pertenecientes al “llamado género frívolo, en sus manifestaciones
de revistas y variedades”.
Además,
se introducen algunas modificaciones en la calificación de edad: con
anterioridad a la nueva normativa, los espectadores sólo se dividían en mayores
y menores de 16 años; a partir de 1963, las calificaciones de edad son tres:
autorizado para todos los públicos, para mayores de 14 años y para mayores de
18 años.
Según
se señala en el citado Informe, las
Normas fueron criticadas por los sectores más liberales y bien acogidas por la jerarquía
eclesiástica:
La aparición de las Normas de Censura
fue, en general, bien acogida. Sólo algunos defensores de una “apertura” a
ultranza las consideraron demasiado rigurosas. Enviadas a los Sres. Obispos
para su conocimiento, ninguno manifestó el menor reparo y muchos hicieron de
ellas francos elogios
[69]
.
En muchos casos, las Normas recogían criterios seguidos
por los censores desde los comienzos de su actividad (como vimos, ya en el
artículo de Reyna se aludía al adulterio, al divorcio y a la pornografía
[70]
,
e igualmente, en los informes aquí recogidos vamos a encontrar numerosos
testimonios anteriores al año 63 que inciden en estos aspectos), por lo que
estas no suponen un cambio realmente significativo en este sentido. Además,
tampoco a partir de su implantación hubo una mayor unidad de criterios, pues no
es extraño encontrar obras prohibidas por distintos censores en virtud a normas
diferentes y autorizadas a su vez por otros que consideraron que no incurrían
en ninguna.
En
realidad, las propias normas están llenas de contradicciones, ya que se
pretendió presentar como normas de carácter moral encaminadas a proteger la
dignidad de los individuos unas normas cuya finalidad real era la de proteger
la imagen de un régimen que vulneró en gran medida los derechos humanos. Así,
por ejemplo, en ellas se condena la presentación “morbosa o injustificada” de
ciertos hechos, cuando lo que se pretende evitar es, simplemente, su
presentación en un escenario y, en última instancia, ocultar su existencia (así
sucede, por ejemplo, en el caso de las torturas, o de los fusilamientos);
permiten que se tilde de “tendenciosa” una presentación del pasado histórico si
esta es distinta de la visión oficial, o apelan a la “dignidad de la persona” y
condenan la presentación de la “brutalidad” y la “crueldad” al tiempo que
pretenden defender la legitimidad de una dictadura que hizo uso de la represión
hasta el final. Esta doble moral que las sustenta está, pues, en el origen de
muchas de las contradicciones en que incurren quienes las aplican.
Además
de permitir distintas interpretaciones, dependiendo de la mentalidad de cada
censor, la vaguedad de las Normas permitía una actuación más severa o permisiva
dependiendo de la conveniencia del momento o del contexto político. Fernández
Insuela cita unas esclarecedoras palabras de Vicente Romero en este sentido:
Esas normas se aplican con un rigor que
no aparece establecido, publicado y fijo por ninguna parte; en una época —sin
que cambien las normas escritas— se decide que la censura “abra la mano”, o en
otra “que apriete más”. Lo único que cambia es el rigor con que las normas son
aplicadas
[71]
.
En
este sentido, García Ruiz
[72]
señala que “el Régimen rehuyó la concreción de un espacio normativo que le comprometiera
y prefirió resolver cada caso en concreto”, lo que le permitió conservar “el
poder de controlar y dosificar el rigor, según las necesidades de cada
momento”. Desde su lectura más favorable, las Normas permitían incluso la
autorización de obras como La doble
historia del doctor Valmy, de Buero Vallejo: por las mismas fechas en que
se decidió aplicar estas normas al teatro, los censores coincidieron en
autorizar esta obra que, sin embargo, fue retenida por decisión de un superior.
En la medida en que el régimen carecía de un sistema propio de valores e
intentó apropiarse de otros existentes, no es extraño que algunas de sus
prácticas entraran en conflicto con dichos sistemas de valores. El punto de
encuentro entre quienes interpretan las normas desde distintos puntos de vista
será, sobre todo a partir de los años sesenta, el de permitir la crítica a
situaciones y comportamientos que el propio régimen se siente obligado a
condenar, pero impedir que estas críticas se relacionen con la situación española.
Por
ello, uno de los recursos más utilizados por los autores fue el de situar sus
dramas en países lejanos o imaginarios (la Argelia de En la red, la “Surelia” de La
doble historia del doctor Valmy), lo que también suponía poner nombres
extranjeros a los personajes (Aventura en
lo gris, Escuadra hacia la muerte).
Este recurso se utilizó igualmente en el cine: en Calle Mayor (1956), de Bardem, la voz en off del narrador afirmaba que la historia podía haberse
desarrollado en cualquier país
[73]
.
En este sentido, resulta entendible que la censura fuese más permisiva con las
obras extranjeras, puesto que eran ajenas a la realidad española desde su
creación. Otro recurso fue el de situar la acción en épocas pasadas mediante la
escritura de obras de teatro histórico, si bien este caso es bastante más
complejo que el anterior, pues ni la motivación de los autores al escribir este
teatro es siempre la de eludir la censura, ni los censores van a tolerarlo en
todos los casos; de hecho, como hemos visto, una de las normas (la 14ª, 3º)
hace referencia a la prohibición de la representación “tendenciosa” de hechos y
personajes históricos. Y una nueva forma de autocensura fue el recurso a la
elipsis, a las estructuras parabólicas y alegóricas (Buero en Aventura en lo gris, Sastre en La mordaza, Campos en Matrimonio de un autor teatral con la Junta
de Censura
[74]
,
entre otros).
Además,
hemos de tener en cuenta que los censores no sólo atendían a las obras y al
peligro que estas pudieran suponer para el régimen al cuestionar los valores en
que este se sustentaba; también sopesaban la reacción que su propia actuación
podía originar en la opinión pública, sobre todo a partir del período de
desarrollo. Por ello, atienden a factores ajenos a la propia obra, como el
prestigio del autor, como ya se dijo, y su significación política. En general,
tal como señaló Buero Vallejo, la censura fue desigual entre españoles y
extranjeros, y, dentro de los autores nacionales, entre conocidos y noveles
[75]
.
Por citar unos ejemplos, en el informe que realizó Florentino Soria en 1964
sobre Madre Coraje, de Brecht, optaba
por autorizarla argumentando: “Creo que puede y debe autorizarse y hay razones
positivas [...] para que resulte conveniente dar una obra capital como ésta,
quitando motivos a una propaganda adversa”. Así mismo, Federico Carlos Sainz de
Robles se mostraba partidario de autorizar sin cortes La doble historia del Dr. Valmy, de Buero Vallejo, entre otros
motivos, para “evitar en lo posible el escándalo fuera de España”. Pero también
hay informes que reflejan la presión que el sector más inmovilista del régimen
ejercía sobre la “apertura”, como muestran las palabras del censor eclesiástico
José María Artola sobre A puerta cerrada,
de Sartre: “Desde un punto de vista de política de opinión pública, su
aprobación no dejará de tener informaciones críticas negativas”.
Íntimamente
relacionada con el prestigio del autor y con el reconocimiento que alcanzan sus
obras, encontramos en las Normas la “puntualización” según la cual el hecho de
que un texto se considerase clásico facilitaba su autorización. Así, en los
informes sobre la adaptación de A puerta
cerrada que hizo Alfonso Sastre, encontramos juicios como: “El espectador
verá todo con un alejamiento dialéctico, lo que unido al carácter de pieza ya
consagrada en el teatro contemporáneo la hacen admisible, es decir, tolerable”
(Florencio Martínez Ruiz), o “Su calidad dramática y el valor metafísico de la
obra, aparte de la importancia del autor, creo que permiten perfectamente su
autorización” (Pedro Barceló). En teoría, el valor artístico de las obras era
un factor a tener en cuenta a la hora de autorizarlas, y los censores debían
mostrar mayor permisividad con aquellas más valiosas. Sin embargo, también
hemos encontrado algún ejemplo contrario a dicho criterio; así, cuando fue
leída ¿Quién quiere una copla del
Arcipreste de Hita?, de José Martín Recuerda, José Luis Vázquez Dodero
argumentaba así su dictamen de prohibición:
La obra de Martín Recuerda acredita de
nuevo sus facultades; pero esto, que me parece innegable y debe justamente
reconocérsele, no sólo no me impide, con sincero desagrado, oponerme a que se
represente, sino que es una de las causas de mi actitud.
Y
también a la inversa: cuando se enjuició El
Cristo, también de Martín Recuerda, el censor eclesiástico Luis G. Fierro
optó por autorizarla señalando precisamente que, debido a su escasa calidad
dramática, no la consideraba peligrosa:
La obra tiene tal cantidad de
situaciones recargadas mal escritas, teatralmente molestas, ideológicamente
desorbitadas que considero precisamente que por esos excesos no hará mella
negativa en los espectadores.
No creo que ningún
espectador normal generalice la fortuna del sacerdote y la del pueblo.
Otro
factor que influía en los dictámenes de la censura era la coyuntura política,
no sólo en lo que se refiere a los períodos antes mencionados, pues la censura
se endurecía en los estados de excepción y solía dar alguna muestra de apertura
cuando llegaba al cargo un director general recién nombrado, por ejemplo. La
ciudad en que se iba a representar la obra en cuestión era otro elemento tenido
en cuenta por los censores: Madrid y Barcelona, por lo general, gozaban de
mayor permisividad que el resto de las ciudades españolas, lo que suponía una
nueva dificultad para quienes pretendieran representar una obra fuera de las
principales ciudades, tal como comentaba Rodríguez Méndez:
De pronto, nos enteramos [...] de que
una obra de Bertolt Brecht titulada El
círculo de tiza caucasiano, estrenada en el Teatro Nacional María Guerrero
y representada durante bastantes semanas normalmente, parece que va a ser
prohibida —o ya lo está— para representarse en provincias. El caso no es nuevo.
Otros espectáculos de sonriente éxito madrileño —Tartufo, Rosas rojas para mí, Castañuela 70— resulta que no alcanzan
a las provincias, mientras alguno de esos espectáculos es paseado por el
extranjero, y al fin y a la postre venimos en considerar, real o virtualmente,
que existen ciudadanos de primera clase y ciudadanos de segunda (y de tercera,
cuarta y quinta)
[76]
.
Para
justificar este trato discriminatorio, se argumentaba que el público de las
provincias y los pueblos pequeños no estaba “preparado” para comprender cierto
tipo de teatro, tal como se puede leer en una carta del director general de
Cinematografía y Teatro al director general de Política Interior (fechada el 6
de julio de 1972), archivada en el expediente de La camisa de Lauro Olmo (el subrayado es mío):
[...] la comedia fue concienzudamente
estudiada por este Centro Directivo, limitándose en principio su puesta en
escena para Teatros de Cámara, y autorizada posteriormente, para introducción
de correcciones, ciertamente importantes, para su estreno en Madrid y
Barcelona, es decir, con una exigente
limitación de ruta, previsora de posibles dificultades, tan ligadas a
personales y subjetivos criterios en públicos no suficientemente preparados.
Además,
influye en el dictamen el género o subgénero en que se inscribe la obra; así,
en uno de los informes sobre Marat-Sade,
se habla del “distanciamiento” que supone el que se trate de un musical, lo que
obró a favor de su autorización. E igualmente, encontramos informes en los que
se indica que el carácter de “farsa” de ciertas obras les resta peligrosidad.
En los
últimos años, ante la imposibilidad de prohibir en su totalidad el importante
caudal de teatro crítico generado por los creadores del período, la censura
trata de restringir dicho teatro a circuitos minoritarios, por lo que
encontramos numerosas obras que se autorizan sólo para su representación en
ámbitos muy reducidos. Ya desde los primeros años de la dictadura se fueron
creando reductos aislados y minoritarios en los que las creaciones más
inquietas pudieron refugiarse: teus,
teatros de cámara, y ya en los últimos años, festivales especializados. Se
imposibilitó el proyecto de realizar un teatro para las clases populares,
animado por los dramaturgos del realismo social y por los grupos
independientes, y en su lugar se intentó circunscribir la cultura a una élite;
tal como escribió Pavese, refiriéndose al fascismo italiano: “Donde el fascismo
se mostró vigilante fue en la comunicación entre inteligencia y pueblo; mantuvo
al pueblo a oscuras”
[77]
.
II. LA CENSURA POR DENTRO
[78]
II. 1.
Tramitación de un expediente
Los trámites
administrativos por los que pasan las obras presentadas a censura son muy
similares a lo largo de todo el franquismo, si bien hay un antes y un después
de 1963, año en que el equipo liderado por José María García Escudero introduce
una serie de reformas burocráticas, a las que haremos referencia, encaminadas a
sistematizar el funcionamiento de la censura.
En
primer lugar, la compañía solicitante
[79]
presentaba una instancia, firmada por su director, en el registro de la
correspondiente delegación provincial. Dicha instancia debía contener los
siguientes datos: nombre, nacionalidad y domicilio del autor, del traductor y
adaptador (en caso de haberlos), del peticionario y de los integrantes de la
compañía; local y fecha en que estaba previsto el estreno, nombres del
“decorador”, figurinista y músico, así como una sinopsis argumental de la obra
que se pretendía representar. Junto a la instancia, la compañía entregaba el
texto de la obra, al que había que añadir, si se trataba de un espectáculo de
revista, los figurines y bocetos de la escenografía
[80]
.
Una
vez que la obra entraba en el registro, se le abría un expediente (que se
numeraba por orden de entrada en el año en curso), en el cual se reuniría
posteriormente toda la documentación generada por el proceso de censura de
dicha obra: solicitud de la compañía, libretos censurados, impresos
cumplimentados por los censores, correspondencia, etc. Más adelante nos
detendremos en el contenido de estos expedientes al referirnos al proceso de
elaboración de las fichas aquí reunidas.
Cuando
la obra llegaba a manos del censor, este cumplimentaba un impreso en el que
informaba sobre distintos aspectos de la obra, proponía un dictamen y
especificaba, en su caso, los fragmentos que debían ser suprimidos o
modificados, además de marcarlos en el libreto
[81]
.
Durante los primeros años, cada obra era leída por uno o dos censores, y a
partir de 1963, por tres; en la mayoría de los casos, el informe de estos
censores se consideraba suficiente para tomar una decisión. No obstante, si en
esta primera lectura no se llegaba a un acuerdo o se consideraba que la obra
era especialmente conflictiva, pasaba a ser leída por otros censores (uno, dos
o incluso tres más hasta 1963, dependiendo del caso, y dos invariablemente
desde ese año). Excepcionalmente, el Jefe de la Sección podía solicitar la
opinión de un alto cargo del Ministerio, que podía ser el Director General de
Cinematografía y Teatro o incluso el propio Ministro de Información y Turismo
(así sucedió, por ejemplo, con El pan de
todos y Prólogo patético, de
Alfonso Sastre, y con Plaza Menor, de
Lauro Olmo)
[82]
.
Cuando se presentaba una obra con intención de programarla en uno de los
Teatros Nacionales, si la Junta de Censura la autorizaba, era enjuiciada
posteriormente por el Consejo Superior de Teatro (así sucedió con Irene o el tesoro, de Buero Vallejo, o Muerte en el barrio, de Alfonso Sastre),
aunque también se podía consultar a este organismo en los casos de obras no
propuestas para su programación en los Teatros Nacionales pero cuyo dictamen se
consideraba especialmente problemático, como paso previo antes de consultar al
Director General o al Ministro (así sucedió con El pan de todos, y con La
sangre de Dios, de Alfonso Sastre)
[83]
.
A
partir de 1963 se introduce la posibilidad de que, tras la lectura de las
comisiones de tres y dos censores antes indicadas, la obra fuera leída por la
totalidad de miembros (el “Pleno”, en su terminología) de la Junta de Censura.
A partir de entonces, la lectura de la obra por el Pleno sería siempre —salvo
excepciones— un paso previo a la consulta a un alto cargo del Ministerio. El
Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Censura aprobado en 1964, al que
volveremos más adelante, establece que el Pleno debía resolver en un plazo
máximo de quince días, a no ser que la compañía solicitara el trámite de
urgencia (que se reducía a una semana), para lo cual debía proporcionar un
número de ejemplares que permitiera que todos los censores la leyeran
simultáneamente
[84]
.
Una vez que todos los censores habían emitido su dictamen, se elaboraba una
tabla en la que quedaban reflejados los nombres de todos ellos con sus
respectivos dictámenes, y se hacía un recuento del número de votos aprobatorios
y prohibitivos, a partir del cual se decidía el dictamen final
[85]
.
Según
el citado Reglamento, el dictamen definitivo debía ser decidido por unanimidad
si la obra era leída por tres vocales; por mayoría absoluta si se trataba de
comisiones más amplias, o bien por mayoría simple con voto dirimente del
Presidente en los casos en que se reuniera el Pleno. En cualquier caso, habría
que realizar un debate oral, además de informar por escrito; dichos debates se
realizaban en sesiones secretas a las que sólo podían asistir los miembros de
la Junta.
Una
vez que la Junta de Censura emitía su dictamen, éste debía ser ratificado por
varias instancias superiores: la Dirección General y, dependiendo de las
épocas, una o dos instancias intermedias (que cambian de nombre en varias
ocasiones a lo largo de la dictadura, a las que haremos alusión más adelante),
cuyos responsables habían de firmar y sellar el impreso oficial en el que
constaba el dictamen emitido por la Junta
[86]
.
Así, por ejemplo, en los dictámenes emitidos entre 1962 y 1968, aparece un
apartado denominado “Informe de la Sección de Licencias e Inspección”, en el
que se refleja el dictamen final y se indican las páginas en las que se ordena
suprimir fragmentos; tras él, un nuevo apartado denominado “Propuesta de la
Sección de Teatro”, en el que, generalmente, el Jefe de la Sección firma
corroborando el dictamen que aparece más arriba, y finalmente, en la parte
inferior del impreso, firmaba el Director General, o el Subdirector por
delegación de aquel.
Además
de este impreso oficial, que quedaba archivado en el expediente de la obra, se emitía
otro de distinto formato que se le entregaba a la compañía, y del que también
debería quedar copia en el expediente. Si la obra se autorizaba, se entregaba a
la compañía una “Guía de censura” (que debía ser presentada ante las
autoridades del lugar en el que se fuera a representar), en la que se indicaban
el dictamen final y las condiciones: limitaciones de edad, fragmentos
censurados y, a partir de los años cincuenta, si se trataba de representaciones
comerciales o de cámara.
Esta
última modalidad fue regulada mediante una normativa especial, sumamente
restrictiva, en la que se autorizaron obras como Escuadra hacia la muerte y Ana
Kleiber, de Sastre; Los átridas y El payaso, de Martín Recuerda, y Los hombres del triciclo, de Fernando
Arrabal, entre otras. Cuando una obra se autorizaba dentro de esta modalidad,
la hoja de censura entregada sólo servía para un número limitado de funciones,
generalmente una única representación; además, en la hoja en cuestión se hacían
constar las siguientes limitaciones:
1º. Sólo tendrán acceso a la sala de
representación los asociados al Teatro, a cuyo favor se ha expedido.
2º. La venta de localidades o entrega de
invitaciones a los referidos socios se llevará a cabo exclusivamente en el
domicilio social del Teatro.
3º. De la Delegación Provincial del
Ministerio de Información y Turismo en (Nombre
de la provincia) habrá de recabarse la reglamentaria licencia para la
sesión cuya fecha se especifica en este oficio, debiendo presentar en sus
oficinas la presente autorización y el certificado que acredita el cumplimiento
de lo dispuesto por la Orden de 25 de mayo de 1955, así como el libreto de la
obra debidamente diligenciado por esta Dirección General de Cinematografía y
Teatro.
4º. Los precedentes documentos habrán de
presentarse en cuantas ocasiones lo requieran los Servicios de Inspección del
Ministerio de Información y Turismo, o los Agentes de la Autoridad Gubernativa.
5º. TACHADURAS:
En
caso de prohibición, el solicitante podía presentar un recurso. En la práctica,
esta posibilidad existía con anterioridad a la legislación de la etapa de
García Escudero (así, en 1961 la directora de Dido, Josefina Sánchez Pedreño,
había recurrido la prohibición de La
camisa, de Lauro Olmo), aunque es también en el 63 cuando se regula
oficialmente
[87]
:
el solicitante contaba con quince días hábiles desde que recibía la
notificación para presentarlo, y, en caso de hacerlo, la obra era leída por el
Pleno. En realidad, las posibilidades de que una obra prohibida se autorizara
tras la lectura del Pleno por recurso eran prácticamente inexistentes; de
hecho, en la mayoría de las obras prohibidas aquí incluidas, sus autores o
empresarios no llegaron a utilizar esta medida, y aquellos que la utilizaron
(Lauro Olmo, Francisco Nieva, Jesús Campos, o los empresarios Salvador Collado
y Armando Moreno, entre otros) no consiguieron la autorización
[88]
.
En los
casos —muy numerosos entre las obras aquí incluidas— en que se ordenaba
realizar cortes o modificaciones en el texto, el interesado debía presentar la
nueva versión, una vez incorporados los cambios. Así mismo, si el autor o la
empresa deseaban modificar una obra ya autorizada (incluir una canción, cambiar
el título, etc.), debían informar a la censura y obtener su autorización antes
de hacerlo.
Cuando
las compañías pretendían salir de gira, a los trámites citados se sumaba la
autorización del delegado provincial correspondiente, que debía supervisar la
“Guía de censura” y el libreto sellado. En ocasiones, este emitía un nuevo
informe en el que enjuiciaba forma y contenido de la obra, además de imponer
los cortes que considerara convenientes; también debía encargarse de vigilar
que durante la representación no se modificara el texto previamente autorizado,
y, en ocasiones, debía informar a posteriori sobre cómo había transcurrido el
espectáculo e incluso enviar recortes con los comentarios de la prensa local.
II.1.1. Descripción de los impresos que
cumplimentaban los censores
Los
censores redactaban sus informes sobre un impreso formalizado en el cual había
que responder a cuestiones que afectaban tanto al valor artístico de la obra
como a su ideología. En los primeros años, debían realizar una “Breve
exposición del argumento”, a la que seguían una explicación de la “Tesis” de la
obra”, sendos juicios sobre su “Valor puramente literario” y su “Valor teatral”
[89]
,
una explicación de su “Matiz político” y “Matiz religioso”, y un “Juicio
general que merece al Censor”. A continuación, había que cumplimentar los
apartados referidos al dictamen propiamente dicho: “Posibilidad de su
representación” (al que generalmente contestaban con “Sí” o “No”), “Tachaduras”
y “Correcciones” (en los que se habían de enumerar las páginas en cuestión).
Finalmente, el censor debía contestar a las preguntas: “¿Qué modificaciones
cabría introducir para autorizar, en su caso, la representación, en el supuesto
de que la obra acusase deficiencias: de tipo político, social o moral, siempre
que su valor literario lo aconseje?”; “¿En qué lugares de la obra y en qué
sentido habrían de introducirse esas modificaciones?”; “¿Se juzga tolerable o
recomendable para menores?”; y finalmente, un apartado dedicado a “Otras
observaciones del Censor”, seguido de la fecha y la firma del vocal
[90]
.
Este modelo de impreso (el más antiguo que se ha consultado para este trabajo
es de 1944) apenas sufre modificación alguna hasta 1963.
A
partir del 63, el impreso de censura fue sustituido por otro totalmente
distinto en su formato, aunque daba cabida a contenidos muy similares
[91]
.
En la primera página del nuevo modelo había que indicar el dictamen marcando
una de estas casillas: 1) Autorizada para todos los públicos; 2) Autorizada
para mayores de [casilla en blanco, a
rellenar por el censor] años; 3) Autorizada sólo para representaciones de
cámara, y 4) Prohibida. De este modo, se introducía de forma explícita la
opción de autorizar la obra sólo para representaciones de cámara, aunque, como
se dijo, ya existía con anterioridad. A continuación había que indicar si se
consideraba necesario imponer supresiones (“Sí” o “No”), y se introducían las
opciones “Radiable” y “A reserva de visado del ensayo general” (a las que
enseguida haremos referencia), también existentes con anterioridad, pero
previstas ahora desde el mismo impreso.
Se
mantenía el apartado dedicado al “Argumento”, pero desaparecían los epígrafes
dedicados al “Valor puramente literario” y “Valor teatral de la obra”, así como
a su “Matiz político” y “Matiz religioso”; todos ellos quedaban ahora
englobados en el apartado denominado “Informe”, que en la práctica incluía a
todos los anteriores, pues en él los censores seguían anotando sus opiniones
sobre el valor estético de la obra y sus posibles connotaciones religiosas o
políticas. Finalmente, al igual que en los impresos anteriores, los censores
habían de señalar las supresiones propuestas, con indicación de las páginas a
las que estas afectaban.
La
calificación de “Radiable” hacía referencia a la posibilidad de retransmisión
directa desde el escenario, no a la radiación desde los estudios radiofónicos;
modalidad esta última que no era competencia de la Dirección General de
Cinematografía y Teatro, sino de la de Radiodifusión y Televisión Española
[92]
.
Como se puede ver en los expedientes transcritos, en la mayoría de las
ocasiones se denegó esta posibilidad a las obras aquí incluidas. En cuanto a la
condición “A reserva de visado del ensayo general” (también impuesta en la gran
mayoría de estas obras), su imposición implicaba que el censor debía asistir al
ensayo para comprobar que se representaba tal y como la censura la había
autorizado
[93]
.
Adolfo Marsillach recuerda con ironía en sus memorias cómo se producían
aquellos visados:
La noche del ensayo general aparecían
dos funcionarios, los cuales —luego de ser recibidos reverentemente por el empresario
y el director de escena— ocupaban sus privilegiadas butacas próximas al
escenario y enseguida miraban con ostensible impaciencia las manecillas de sus
relojes de muñeca, como indicando que la representación debía empezar enseguida
porque la importante misión que se les había encomendado no admitía dilación
alguna. Ante el gesto adusto de estos severos guardianes de la decencia
pública, el regidor daba la orden de levantar el telón. Los dos funcionarios se
repartían de inmediato sus diferentes obligaciones: uno observaba fijamente lo
que sucedía en escena y el otro no levantaba los ojos del libro, a la vez que
los actores interpretaban sus personajes. La intención era muy clara: uno de
los censores se fijaba en los detalles de la puesta en escena que pudiesen
resultar conflictivos —un ademán imaginariamente subversivo, una mirada
significativa hacia el público y, por supuesto, la generosidad del escote o la
medida de la falda de las actrices— mientras el otro comprobaba que nada se
había modificado del texto debidamente autorizado. Al terminar el ensayo, los
censores volvían a reunirse con el empresario y el director en algún mugriento
despachito —todos los despachitos de nuestros teatros acostumbran a ser
mugrientos— y allí se iniciaba una denigrante negociación: si las observaciones
de los funcionarios no eran especialmente graves, el asunto se resolvía con un
civilizado tira y afloja por ambas partes —conviene recordar que a la
administración franquista le interesaba presumir de liberal—, pero si los
cambios percibidos eran, según ellos, importantes y peligrosos, el estreno
quedaba inmediatamente suspendido hasta que se rectificasen las licencias
políticas o sexuales que los autores del espectáculo habían osado permitirse
[94]
.
En
algunos casos, el visado tenía carácter vinculante, lo que muestra el valor que
concedían los censores a los signos escénicos no textuales
[95]
.
Cuando esto sucedía, la hoja de autorización iba acompañada de la siguiente
nota:
La vigencia de la autorización otorgada al
texto literario que se acompaña queda supeditada a la aprobación por los
Servicios de Inspección del Departamento previo visado del ensayo general de la
puesta en escena, realización, interpretación, vestuario, elementos
complementarios de montaje, etc. El dictamen que de acuerdo con tales
condicionamientos se ultime, configurará en sus propios términos en caso de ser
aprobatorio el permiso de representación
[96]
.
A veces se concretaban las escenas en las que
había que tener especial cuidado; así ocurrió, por ejemplo, con El sueño de la razón, de Buero Vallejo,
donde se ordenó cuidar especialmente una de ellas “para evitar
extralimitaciones de montaje que pueden ofrecer reparos tanto por la violación
de Leocadia como por la violación y castigo de Goya, si no se matiza debidamente
los excesos de acción e interpretación a que dicha escena se presta”.
II.2. Los
censores
A lo
largo de estos años, la Junta de Censura de Obras Teatrales estuvo compuesta
principalmente por escritores de distintos géneros: críticos teatrales —de Arriba, El Alcázar o La Gaceta
Literaria, entre otros medios—, periodistas de otros ámbitos distintos al
teatro —que colaboraron en Informaciones, Blanco y Negro, Signo, o las publicaciones religiosas Ecclesia y Razón y Fe,
entre otras—, ensayistas, guionistas de cine, poetas, novelistas, dramaturgos
—en algún caso confluyen estas tres facetas en una misma persona—, y
profesionales del teatro en otras vertientes distintas a la escritura, como la
dirección de escena o la interpretación; además de los censores religiosos.
Algunos de ellos eran también censores de cine
[97]
.
Al
igual que sucedió en otras facetas de la censura, también en la composición de
la Junta hay un antes y un después de 1963, año en que José María García
Escudero se hace cargo de la Dirección General de Cinematografía y Teatro, y
también aquí hay que relativizar lo que la reorganización entonces emprendida
supuso en la práctica. Con anterioridad a ese año hubo otras, menos evidentes
aunque igualmente significativas. Así, por ejemplo, debió producirse una
reorganización, con incorporación de nuevos miembros y cambios en la
denominación de los cargos, en enero de 1945, según parece desprenderse de un
documento que informa de los sueldos recibidos por los censores en 1950 y de su
antigüedad
[98]
,
en el cual no aparece ningún cargo anterior a enero de 1945, a pesar de que
algunos de ellos habían trabajado para la censura con anterioridad.
Algunos
de los nombres que aparecen con más frecuencia durante los primeros años en los
informes aquí recogidos
[99]
son el del escritor falangista Gumersindo Montes Agudo
[100]
,
quien permanece en la Junta durante dos décadas y desaparece en los inicios de
la “apertura” de García Escudero (1943-1963); el periodista y crítico literario
Bartolomé Mostaza
[101]
,
que aún permanece unos años durante dicha etapa (1943-1966), Francisco Ortiz
Muñoz, el religioso Constancio de Aldeaseca
[102]
(ambos censores entre 1944 y 1955), o el periodista Virgilio Hernández
Rivadulla
[103]
(censor desde 1944, prosigue en la Junta tras la creación del Ministerio de
Información y Turismo en 1951). También aparece, ya en el año 1944, el nombre
de José María Ortiz Martínez, primero como censor, como vocal nato y Jefe de la
Sección (después Servicio) de Teatro desde 1953 hasta 1974, y como Secretario
de la Junta de Censura de Obras Teatrales hasta su desaparición en 1978
[104]
.
Su extensa permanencia en un puesto de responsabilidad dentro de la Junta no
deja de ser significativa, y en cierto modo es todo un signo del continuismo en
su funcionamiento real que hubo en todas las etapas.
A
partir del año 1945 desaparecen algunos censores de la etapa anterior, como
Antonio Pastor (1943) o E. Romeu (1941), mientras que otros continúan sólo en
los inicios del período, como Guillermo de Reyna
[105]
(1943-1946; a partir de ese año, pasa a desempeñar la Vicepresidencia del
Consejo Superior de Teatro). Desde entonces se irán incorporando el religioso
fray Mauricio de Begoña, autor de varias obras sobre temas religiosos y sobre
cinematografía
[106]
(1945-1955, y tras un intervalo de casi veinte años, de 1974 a 1977); Francisco
Narbona
[107]
(1945, y tras un largo paréntesis, reaparece en noviembre de 1955); el crítico
teatral de Arriba y, posteriormente
de El Alcázar, Emilio Morales de
Acevedo (1945-1958)
[108]
;
el también crítico teatral de Arriba y El Alcázar Manuel Díez-Crespo (1949
y, tras un largo período en que no hemos encontrado informes suyos, vuelve a
aparecer a partir de 1967)
[109]
,
o Adolfo Carril Gómez (1946-1962). El eclesiástico Andrés Avelino Esteban
Romero
[110]
,
asesor religioso desde 1949 e integrante de la “Sección Central” de la
Vicesecretaría de Educación Popular, colabora como censor de teatro aún en
1958. Aparecen también en estos años varios nombres de presencia muy efímera en
la Junta, como José María Conde Salazar (1946), José Luis García Velasco
(1947-48), el libretista Rafael Fernández Shaw (1948), Jesús Díaz de la Espina
(1949), Francisco Fernández y González (1949), Fermín del Amo Gili (1949),
Francisco Alcocer Bárdena (1949) y Juan Esplandiú Peña (1949).
En
cuanto a su categoría profesional, en 1950 tanto José María Ortiz como
Francisco Ortiz Muñoz figuran como Jefes de Administración de 1ª, junto con
Manuel Andrés Zabala, mientras que Adolfo Carril Gómez aparece como Jefe de
Negociado de primera desde febrero de 1946, y Gumersindo Montes Agudo,
Bartolomé Mostaza y fray Constancio de Aldeaseca como Inspectores Lectores
desde enero de 1945, junto con Miguel Castro Marcos y Virgilio Hernández
Rivadulla. Como Jefe de Negociado de 1ª de la Dirección de Prensa y Propaganda
figura Manuel Fraga de Lis
[111]
.
El sueldo de los censores en 1950 era el siguiente: los Jefes de Administración
de 1ª cobraban 14.400 pesetas anuales; los Jefes de Negociado de 1ª, 9.600
pesetas anuales, y los llamados “censores de 3ª” de la Dirección General de
Prensa, 5.000 pesetas. Bastante inferior era el sueldo de los inspectores
provinciales de espectáculos, de unas 250 pesetas mensuales en 1953.
Ya tras la creación del Ministerio de Información y
Turismo, se incorporan nuevos miembros a la Junta de Censura teatral; entre ellos,
José María Cano Lechuga
[112]
(censor entre 1954 y 1962, además de Secretario General de la Dirección General
de Cinematografía y Teatro entre febrero de 1955 y mayo de 1956) y Pío García Escudero
(diciembre de 1958). Sin embargo, no será hasta la segunda llegada a este
Ministerio de José María García Escudero cuando se emprenda una reforma de
cierta importancia en la composición de la Junta.
Durante
la etapa en que José María García Escudero se hace cargo por segunda vez de la
Dirección General de Cinematografía y Teatro, se renovó a los miembros de las
Juntas de Censura de Cine y Teatro, y se reorganizó la composición interna de
las mismas
[113]
.
A este respecto, el entonces Director general comenta:
Todo lo que pude eliminar, lo eliminé
(al fin y al cabo, estaba en un ministerio a cuyo titular llamaban ‘Friega y
barre’) para sustituirlo por escritores y críticos de solvencia. A juzgar por
la actuación anterior de las Juntas, se diría que la condición para pertenecer
a ellas era precisamente la contraria
[114]
.
Casi
todos los censores que entran en esta etapa tenían formación universitaria y en
su mayoría habían colaborado con algún medio de comunicación —en lo que se
asemejan, como vimos, a los de etapas anteriores—. En cualquier caso, todos
parecen ajustarse al perfil de “censores ilustrados” buscado por García
Escudero. También es significativa la desaparición en esta etapa de Gumersindo
Montes Agudo, escritor de evidente adscripción filofascista (aunque,
paradójicamente, en ocasiones defenderá en mayor medida que otros el teatro de
algunos de los autores aquí estudiados). En cuanto a los censores del nuevo
equipo, en el Informe sobre la Censura
Cinematográfica y Teatral elaborado por la Dirección General de
Cinematografía y Teatro se dice lo siguiente acerca de ellos:
Entre los seglares, todos de plena
madurez intelectual, padres de familia en su inmensa mayoría, se cuentan médicos,
abogados, funcionarios, escritores y críticos, de todos ellos creemos que se
puede decir que son “seglares de plena confianza, caballeros cristianos cien
por cien, hombres de alta cultura y de carrera”
[115]
.
El
Director general conservó en los puestos destacados de su equipo a dos
funcionarios, a los que califica de “excelentes”, a los que conocía de su
primera etapa: Manuel Andrés Zabala (vinculado a la censura cinematográfica,
aunque colaboró en ocasiones puntuales con la censura de teatro)
[116]
,
y José María Ortiz Martínez, al que ya aludimos, que en esta etapa también
actúa como Secretario suplente. Al nuevo equipo se incorporó, en julio de 1962,
el profesor de literatura y crítico de cine Florentino Soria
[117]
,
primero como Secretario General de Cinematografía y Teatro (y Vicepresidente 2º
de la Junta de Censura), en sustitución de Alfredo Timmermans, y poco después,
en noviembre, como Subdirector General de Cinematografía y Teatro (y
Vicepresidente 1º de la Junta), con lo que Zabala pasó a ocupar la Secretaría
General
[118]
.
El propio Director General de Cinematografía y Teatro ejercía la Presidencia de
la Junta. Como Secretario de la Junta actuaba Bartolomé Mostaza, al que también
aludimos, que continuaría en la Junta hasta el año 66.
Como
vocales actuaban el periodista y escritor Sebastián Bautista de la Torre
[119]
,
el también periodista, ensayista teatral y dramaturgo Arcadio Baquero Goyanes
[120]
,
el dramaturgo, periodista y crítico teatral Adolfo Prego de Oliver
[121]
,
el periodista Pedro Barceló Roselló
[122]
,
los escritores Florencio Martínez Ruiz
[123]
y José Luis Vázquez Dodero
[124]
;
así como los censores eclesiásticos Jorge Blajot Pena, S.J.
[125]
y José María Artola Barrenechea, O.P.
[126]
.
Hagamos
un aparte para referirnos al que figura como vocal propuesto por la Sociedad
General de Autores: el dramaturgo Carlos Muñiz, el cual, según comentaba él
mismo
[127]
,
aceptó el cargo por consejo de Buero Vallejo, con el fin de salvar obras que,
de otra forma, hubieran sido prohibidas. Muñiz ponía como ejemplo la
autorización, “después de largas sesiones”, La
pechuga de la sardina de Lauro Olmo (en el expediente de esta obra aparece
citado como miembro de la Junta, por lo que debió participar en los debates
orales, aunque no llegó a emitir informe por escrito). Antes de que se
cumplieran seis meses desde su nombramiento, recibió el cese por orden
ministerial, a raíz de haber firmado un escrito en defensa de los derechos de
los mineros asturianos. Le sucedería como representante de la Sociedad General
de Autores el también dramaturgo Claudio de la Torre, director del Teatro
Nacional María Guerrero en la etapa anterior (el cual tampoco emitiría informes
por escrito sobre las obras enjuiciadas).
Como
vocales circunstanciales se incorporan los religiosos Luis González Fierro,
O.P.
[128]
y Carlos María Staehlin (este último, de forma muy ocasional)
[129]
.
Según señala el autor del Informe sobre
la Censura Cinematográfica y Teatral, los censores eclesiásticos fueron
nombrados por el ministerio, con la aprobación de la jerarquía eclesiástica o
de sus respectivos superiores religiosos
[130]
.
También como vocales circunstanciales, en este caso seglares, se incorporan
Marcelo Arroitia-Jáuregui Alonso
[131]
y Víctor Aúz Castro
[132]
.
Ya en
1966, se incorpora a la Junta el crítico y ensayista teatral Juan Emilio
Aragonés
[133]
,
y al año siguiente entran por primera vez dos mujeres censoras: María Nieves
Sunyer Roig
[134]
y María Luz Morales
[135]
,
ambas vinculadas al ámbito del teatro para niños. También en 1967 se incorporan
a la Junta el censor eclesiástico Jesús Cea Buján (que permanece hasta la
Transición), el poeta Federico Muelas
[136]
(hasta 1973), y se reincorpora el crítico teatral Manuel Díez Crespo. También
en esta etapa, algunos de los miembros de la Junta de Censura teatral formaban
parte igualmente de la censura cinematográfica
[137]
.
García
Escudero define a las renovadas Juntas de Censura teatral y
cinematográfica como “dos fraternales
equipos abriéndose camino entre la cerril incomprensión de la derecha y la
impaciencia de la izquierda”
[138]
,
y destaca el abundante número de censores eclesiásticos:
Por la abundancia de la participación
clerical se explica la reacción del ministro, una vez que se sintió
especialmente hostigado por las críticas a la apertura y le llevé a que viese a
la Junta de cine en acción. Todavía no se había generalizado el clergyman y la cromática diversidad de
los hábitos y su número le tranquilizaron fulminantemente: estaban allí el
jesuita Staelhin, los dominicos Carlos Soria y Fierro, el agustino César Vaca y
el sacerdote secular Villares. “¡Si esto es un concilio!”, exclamó el ministro.
“Pues ésos son lo que, según los católicos oficiales, están hundiendo
moralmente al país”, le pude responder
[139]
.
Ya
durante el mandato de Sánchez Bella, entran nuevos censores en la Junta, como
Antonio Albizu Salegui
[140]
(desde 1969), quien, además de textos en español, enjuicia textos en vasco,
Antonio de Zubiaurre Martínez (desde 1970), Jesús Vasallo Ramos
[141]
(desde 1970), Luis Tejedor Pérez (desde 1968), José María García-Cernuda
Calleja
[142]
(desde 1970) o el director de escena Vicente Amadeo Ruiz Martínez
[143]
(desde 1971 hasta 1976).
En
1974 entra en la Junta José Moreno Reina, y se reincorpora, tras un paréntesis
de casi veinte años, fray Mauricio de Begoña. Ya en 1976 se incorporan nuevos
vocales, como José Luis Guerra Sánchez, José E. Guerra Gutiérrez o Fernando
Mier, que autorizarán prácticamente todas las obras que leen
[144]
,
en contraste con algunos de los censores que continúan en la Junta desde etapas
anteriores, que seguirán prohibiendo hasta el último momento, como se puede ver
en los expedientes.
Tras
la desaparición de la censura en 1978
[145]
,
algunos de los antiguos censores continuaron trabajando en la Comisión de
Calificación de Teatro y Espectáculos (José María Ortiz, Jesús Cea Buján,
Antonio de Zubiaurre o José Luis Guerra)
[146]
.
En un principio, el funcionamiento de dicha Comisión guarda similitudes con el
de la Junta de Censura: se emitían informes (si bien con calificación en lugar
de dictamen), e incluso se continuó con la numeración de los expedientes de
censura: obras como De San Pascual a San
Gil, de Domingo Miras, o El cisne,
de Fermín Cabal, aparecen reflejadas en el fichero como expedientes 289-78,
320-78 y 419-78, correspondientes a mayo y junio de este año, y con la
calificación “Autorizada” en todas ellas.
En definitiva, el conjunto de censores, con sus distintas
mentalidades (conservadores católicos, falangistas, “liberales” o
“aperturistas” frente a “inmovilistas”…), de algún modo, refleja, en el
microcosmos de la Junta de Censura, el conglomerado de “familias” ideológicas
que sostenían el régimen de Franco. En los informes aquí transcritos se
aprecian claramente sus diferencias de criterio —a veces muy pronunciadas—, pero también el acuerdo esencial entre la mayoría
de ellos —con algunas excepciones—, a pesar de las diferencias de matiz, en lo que
respecta a la conveniencia del sistema dictatorial, al igual que ocurre en
otros ámbitos de la vida social del período.
II.3. Las instancias superiores
Desde
el primer momento la censura de espectáculos funcionó de forma independiente de
la de publicaciones de textos teatrales, y en cambio, apareció vinculada a la
de cine, al estar ambas agrupadas en una misma Sección (más tarde Dirección
General), y si bien las Juntas de Censura de cine y de teatro actuaron desde el
principio de forma independiente, algunos de sus miembros formaron parte de
ambas, e igualmente, algunas medidas que se tomaron en principio para el cine
se aplicaron posteriormente al teatro, como las Normas de censura antes
referidas. La censura de libros de teatro, al igual que el resto de
publicaciones no periódicas, dependía directamente de la Delegación Nacional de
Propaganda de la Vicesecretaría de Educación Popular, mientras que la censura
de representaciones teatrales depende, desde 1942, del Departamento de Teatro
de la Sección de Cinematografía y Teatro
[147]
.
A su vez, el Departamento de Teatro, según explicaba su responsable en esta
primera etapa, Ruiloba, se dividía en dos Negociados: el de Censura Teatral,
que controlaba las obras que iban a ser representadas, y el de Intervención en
Empresas Privadas, que atendía al intercambio con el extranjero, a la formación
de empresas y compañías teatrales, al control de la producción y a la
orientación y vigilancia de las escuelas teatrales
[148]
.
En
1946 se crea la Dirección General de Cinematografía y Teatro
[149]
,
que hasta 1951 pertenece al Ministerio de Educación Nacional (a través de la
Subsecretaría de Educación Popular), y desde ese año hasta su desaparición en
1967, al Ministerio de Información Turismo
[150]
.
De dicha Dirección General depende la censura teatral, a través del
Departamento de Teatro, que desde 1951 (año en que se crea el Ministerio de
Información y Turismo) adquiere el rango de Sección de Teatro (a cargo de José
María Ortiz), y posteriormente (desde 1962), de Servicio de Teatro (también a
cargo de Ortiz), al crearse una Sección de Licencias e Inspección que se
encarga directamente de la censura de espectáculos.
Durante
los cinco años en que la Dirección General de Cinematografía y Teatro depende
del Ministerio de Educación Nacional (1946-1951), estará a su cargo Gabriel
García Espina, crítico teatral de Informaciones,
con Guillermo Salvador de Reyna como Secretario General. En opinión de David
Ladra, durante su mandato, García Espina mantuvo “si no tolerancia, sí el
despotismo ilustrado propio de un buen profesional del gremio”
[151]
.
Así mismo, César Oliva coincide en señalar una cierta tendencia liberalizadora
en este período, aunque destaca el hecho de que no se realizara una legislación
específica para la censura de teatro:
Quizá sí se pueda hablar de una cierta
apertura cuando García Espina [...] llega a la Dirección General de
Cinematografía y Teatro. Pero tanto en el Ministerio de Ibáñez Martín, como
cuando se crea el de Información y Turismo [...] las novedades en la organización
escénica española son casi nulas. Tendríamos que esperar a la llegada de Fraga
a Información y Turismo, para encontrar una nueva legislación para la Prensa,
para el Cine, pero tan sólo un Anteproyecto de Ley descentralizadora para el
Teatro
[152]
.
En
diciembre de 1946 se crea el Consejo Superior del Teatro
[153]
,
el cual quedaba definido como “Órgano supremo de carácter consultivo en materia
de teatro”, dependiente de la Dirección General de Cinematografía y Teatro.
Entre sus funciones se encontraban la de autorizar o prohibir ciertas obras,
proponer proyectos e informes convenientes para “la mejor ordenación de la
escena española”, otorgar los premios y concursos nacionales de teatro e
informar sobre la concesión de subvenciones y becas de carácter teatral. En la
composición del primer Consejo, presidido por Gabriel García Espina,
encontramos a Guillermo Salvador de Reyna como Vicepresidente, y a dos censores
teatrales como vocales, fray Mauricio de Begoña y Emilio Morales de Acevedo,
junto con los directores de los dos Teatros Nacionales, Luis Escobar Kirpatrick
(al frente del María Guerrero) y Cayetano Luca de Tena (en el Teatro Español de
Madrid), los críticos Alfredo Marqueríe y Jorge de la Cueva, y el actor
Guillermo Marín, entre otros
[154]
.
Como se dijo páginas atrás, sólo en casos muy puntuales el Consejo intervino en
los dictámenes de la censura, la cual se ejerce en esta época desde el
Negociado de Control y Licencias del Departamento de Teatro (a cargo, como se
dijo, de José María Ortiz, con el equipo de censores antes referido).
En la
década de los cincuenta, tras la creación del Ministerio de Información y
Turismo, cinco funcionarios estuvieron a cargo de la Dirección General de
Cinematografía y Teatro. El primero de ellos fue José María García Escudero,
quien apenas duró seis meses en el cargo (de agosto de 1951 a febrero de 1952)
[155]
,
por desavenencias, según él mismo explica, con el ministro Gabriel
Arias-Salgado
[156]
.
Durante
su gestión, se modifican las funciones del Consejo Nacional de Teatro y su
composición
[157]
:
a las tareas anteriores se añade ahora la de proponer las campañas de los
Teatros Nacionales, y a él se incorporan representantes de los más relevantes
colectivos del sector
[158]
;
entre los nuevos componentes, se encuentran los críticos teatrales Gonzalo Torrente
Ballester y Melchor Fernández Almagro, el actor Ricardo Calvo y el censor
Bartolomé Mostaza. Como Secretario, permanecía el Jefe de la Sección de Teatro,
José María Ortiz, quien también en la etapa anterior cubría esta función.
A
García Escudero le sucedió Joaquín Argamasilla, hasta entonces Secretario
general de la Dirección general de Cinematografía y Teatro, quien permaneció en
el cargo hasta febrero de 1955
[159]
,
con José María Alonso Pesquera
[160]
como Secretario General. A Argamasilla le sucedió Manuel Torres López
[161]
(durante cuyo mandato se regula el régimen de los teatros de cámara
[162]
),
con José María Cano Lechuga
[163]
como Secretario General. En abril de 1956 se produce el relevo de Manuel Torres
por José Muñoz Fontán
[164]
,
quien estuvo cinco años en el cargo (abril de 1956-mayo de 1961) —al parecer,
su cese se debió al hecho de haber recogido el premio obtenido por Viridiana en Cannes
[165]
—
y Jesús Suevos Fernández (mayo de 1961-julio de 1962)
[166]
,
el cual permanecería hasta la vuelta de García Escudero en 1962. Tanto durante
la etapa de Muñoz Fontán como en la de Jesús Suevos desempeña la Secretaría
General el falangista Alfredo Timmermans Díaz
[167]
,
el cual permanece en este cargo hasta 1962, en que es sustituido por Florentino
Soria.
Al llegar Fraga al Ministerio, volvió a situar al frente
de esta Dirección General a José María García Escudero
[168]
,
quien, como se dijo, había ocupado este cargo durante unos meses entre 1951 y
1952. En esta segunda ocasión, permaneció durante cinco años y medio
(1962-1967), en los cuales emprendió una serie de reformas a las que el propio
García Escudero y su equipo dieron en llamar la “apertura” en el cine y el
teatro español. Al igual que en los primeros años, también ahora es menor la
preocupación de los políticos franquistas hacia el teatro que hacia el cine, lo
que se va a reflejar tanto en el inferior número de documentos legales
dedicados a la censura teatral
[169]
como en el menor número de integrantes de la Junta de Censura teatral que en la
cinematográfica (quince censores frente a veinte, y tres representantes
eclesiásticos frente a siete). C. Oliva señala que en esta época la censura
teatral aparecía “barnizada por la entrada en el gobierno de ciertos aires
renovadores”
[170]
,
aunque, como se puede ver en los expedientes, nunca se dejó de prohibir.
También
se producen cambios en las instancias que dependen de esta Dirección general:
como ya se dijo, en 1962 se crea la Sección de Licencias e Inspección
[171]
,
dependiente del Servicio de Teatro, desde la cual debían ratificarse los dictámenes
emitidos por la Junta de Censura teatral, además de ocuparse de los registros
de empresas de local y compañías. Al frente de la misma estaba Manuel Fraga de
Lis, quien tenía tras de sí una larga trayectoria como funcionario al servicio
de la censura (en plena guerra, en 1938, había trabajado en la sección de
“Hemeroteca” de Prensa Nacional, y desde abril de 1949 había sido Jefe de
Negociado de la Dirección de Prensa y Propaganda)
[172]
.
Una de las medidas que se toman en esta etapa, dentro del
proceso de racionalización administrativa de las actividades de la censura, es
la aprobación en febrero de 1964 del Reglamento de Régimen Interior de la Junta
de Censura de Obras Teatrales
[173]
,
medida que venía a sumarse a otras como la de aplicar al teatro, con algunas
particularidades, las Normas para censura cinematográfica aprobadas en febrero
de 1963, además de otras ya citadas como la constitución oficial de la Junta de
Censura de Obras Teatrales
[174]
,
y la designación de los integrantes de la misma unos días después
[175]
.
En realidad, el funcionamiento de la Junta no varió en gran medida; únicamente
se regularon modos de actuar que ya existían de hecho o se sistematizan
prácticas hasta entonces llevadas a cabo con mayor flexibilidad.
Dicho Reglamento delimitaba las funciones de los
distintos cargos: el presidente se encargaría de dirigir los debates de la
Junta, organizar el plan de trabajo, fijar el calendario de sesiones ordinarias
y convocar las extraordinarias; el Secretario, de levantar y firmar el acta,
así como asistir en las sesiones al presidente o a su delegado (que podía ser
el Vicepresidente 1º, o el Vicepresidente 2º, si este a su vez delegaba). El
Reglamento concede a los censores el derecho a abstenerse de dictaminar en los
casos en que tuvieran interés personal en el asunto, parentesco, amistad o
enemistad manifiesta con el interesado, o relación de servicio con el mismo
(artículo 6). El puesto de vocal tenía una duración de tres años, aunque era
renovable
[176]
.
En
cuanto a la Comisión Permanente de Teatros Oficiales del Consejo Superior del
Teatro
[177]
,
en 1964 estaba formada por nombres tan conocidos en el mundo del teatro como el
crítico teatral Alfredo Marqueríe, el dramaturgo José López Rubio, el director
José Luis Alonso, el crítico teatral y novelista Francisco García Pavón, el
crítico literario Federico Carlos Sainz de Robles y el actor y locutor Fernando
Fernández de Córdoba; ya en 1966, se incorpora el crítico teatral y adaptador
Enrique Llovet.
Tras
el cese de José María García Escudero en 1967, desapareció la Dirección General
de Cinematografía y Teatro para fusionarse durante un breve período con la de
Información, a cargo de Carlos Robles Piquer
[178]
.
Poco después, en enero de 1968, se crea la Dirección General de Cultura Popular
y Espectáculos
[179]
.
Ese año desaparece la Comisaría de los Teatros Oficiales; el Servicio de Teatro
vuelve a quedar convertido en Sección de Teatro (que a partir de 1970 se
denomina, eufemísticamente, “Sección de Promoción Teatral”), y la Sección de
Licencias e Inspección se convierte en Negociado de Control y Licencias. En
octubre de 1969, ya con Sánchez Bella en el Ministerio, se hace cargo de la
Dirección General de Cultura Popular y Espectáculos Enrique Thomas de Carranza,
diplomático que anteriormente había estado al frente de Radio Nacional de
España, al tiempo que la Subdirección General de Teatro pasa a manos de Antolín
de Santiago Juárez, a quien también se nombra director del Organismo Autónomo
de Teatros Nacionales y Festivales de España.
A lo
largo de estos años no se producirán cambios sustanciales en el funcionamiento
interno de la Junta, aunque sí se efectúan algunas reformas legales. En 1970 se
publica una Orden por la que se reorganiza la Junta de Censura de obras
Teatrales
[180]
,
que sustituye a la realizada en tiempos de García Escudero. Aunque el
Reglamento de Régimen Interior del año 64 continuaba en vigor, al igual que las
Normas de Censura de 1963, dicha Orden introducía algunas modificaciones en lo
referido a la composición de la Junta: desaparecía la figura del Vicepresidente
Segundo, así como la del vocal designado por la Sociedad General de Autores; la
Secretaría, que en la antigua normativa era de libre designación por el
Ministro, pasaba a ser desempeñada por el Jefe de la Sección de Promoción
Teatral.
En la
nueva composición aparecían, además, tres Inspectores Nacionales, a los que
correspondía vigilar el cumplimiento de lo acordado por la Junta en lo
referente a la puesta en escena, así como determinar la posible “caducidad” de
la autorización en un momento dado (Art. 11). La nueva Orden especificaba con
más detalle que la anterior la función de las Delegaciones Provinciales; si
entonces se indicaba que les correspondía comprobar el cumplimiento de las
directrices de la Dirección General, ahora se especificaba el proceso a seguir:
habría de expedir un permiso, previa presentación por parte de la compañía de
la hoja de censura correspondiente, en el que constaran los datos de la
compañía, fechas de actuación, local, si se trataba de funciones comerciales o
de cámara, y, en su caso, una nota que hiciera constar que se había superado el
visado del ensayo general (Art. 12). Al parecer, esta censura de los delegados
provinciales sumada a la de la Administración central, a veces dio lugar a
contradicciones en los dictámenes finales
[181]
.
También se renueva la normativa que regía el género de la revista: en octubre
de 1971 se emite una Orden por la que se regulan las autorizaciones para
representación de estos espectáculos
[182]
.
Al abandonar
Antolín de Santiago la Subdirección General de Teatro, tras ser nombrado
alcalde de Valladolid, en septiembre de 1971, esta pasó a manos de Mario
Antolín Paz, quien procedía del Teatro Universitario de Zaragoza;
posteriormente había trabajado profesionalmente como actor y como director
escénico, y había desempañado los cargos de Secretario Nacional de Actividades
Culturales del SEU, Comisario del Teatro Nacional María Guerrero y del Teatro
Nacional de Cámara y Ensayo
[183]
.
Entre 1972 y 1974, la Dirección General de Cultura Popular y Espectáculos pasa
a denominarse Dirección General de Espectáculos
[184]
,
y a partir del 74, Dirección General de Teatro y Espectáculos. La censura
continúa dependiendo del Negociado de Control y Licencias hasta su
desaparición, y éste, a su vez, de la “Sección de Promoción Teatral” de la
Subdirección General de Teatro (después denominada de “Actividades Teatrales”
[185]
).
En
diciembre de 1974 Mario Antolín Paz es ascendido a la Dirección General de
Teatro y Espectáculos, el cual, en marzo del 75, nombra Subdirector General de
Actividades Teatrales a José Antonio Campos Borrego
[186]
;
Subdirector General de Espectáculos Varios a Álvaro León; Comisario Nacional de
Festivales de España a Juan Weselowsky Fernández de Heredia, y comisario de los
Teatros Nacionales a Salvador Camino
[187]
.
Por esas fechas, se introducen nuevos cambios en la nomenclatura destinados a
suavizar la imagen de la censura, como el eufemismo “Junta de Ordenación de
Obras Teatrales”, que sustituye a “Junta de Censura” desde 1975. En febrero de
1976 Mario Antolín fue sustituido por Francisco José Mayans, quien mantiene a
J. A. Campos Borrego como Subdirector de Actividades Teatrales. Esta es la
última etapa de existencia de la censura: en los meses de noviembre y diciembre
del 76, el Director General de Teatro y Espectáculos escribió una serie de
cartas solicitando la revisión del dictamen de obras tan conflictivas como Oración y El cementerio de automóviles, de Fernando Arrabal y La condecoración, de Lauro Olmo. En
dichas cartas se decía que su prohibición había obedecido a “motivaciones de
carácter circunstancial”, y que, en las nuevas circunstancias, no sería lícito
mantener este dictamen “sin grave detrimento de una objetividad a ultranza en
el ejercicio de una función que tan directamente afecta a valores culturales,
sociales, éticos y políticos”. Aunque todavía después se seguirán produciendo
algunas prohibiciones, la autorización de estas obras puede considerarse un
paso definitivo hacia la desaparición de la censura.
Hasta aquí
hemos hecho referencia a las instancias que oficialmente se ocupaban de la
censura. Sin embargo, como es sabido, además de los propios censores y de sus
superiores, otras instancias interfirieron en sus dictámenes. En primer lugar,
la Iglesia Católica; tal como señalan los autores de España actual, la Iglesia no sólo fue cómplice de este régimen de
censura, especialmente en lo concerniente a la religión y a la moral sexual,
sino que en ocasiones se constituyó en árbitro último, con primacía sobre otras
instituciones del Régimen. Como ejemplo, estos autores citan la novela La Fiel Infantería, de Rafael García
Serrano: publicada en 1942 por la Editora Nacional y galardonada al año
siguiente con el Premio José Antonio Primo de Rivera, hubo de ser retirada de
la circulación durante catorce años al ser denunciada desde las instancias
eclesiásticas por volteriana, anticlerical y contraria a la moral sexual
[188]
.
En efecto, además de contar con la censura eclesiástica
[189]
,
la Iglesia intervenía en la propia censura oficial, pues en las Juntas de
Censura ministeriales hubo siempre censores eclesiásticos. Su opinión, como
tendremos ocasión de comprobar, fue tenida muy en cuenta por el resto de
vocales, sobre todo en las obras que trataban algún tema relacionado con la religión.
Así sucedió, por ejemplo, con El Cristo,
de Martín Recuerda, La sangre y la ceniza,
de Alfonso Sastre, Pelo de tormenta y Coronada y el toro, de Francisco
Nieva, así como Patética de los pellejos
santos y el ánima piadosa, de Miguel Romero Esteo.
Pero
no sólo la Iglesia interfería en los dictámenes de la censura; también lo
hacían otras instancias, como el Ministerio del Ejército, el cual, por Decreto
de 23 de septiembre de 1941, asumió una responsabilidad propia en temas
referentes a la guerra civil, al honor nacional o a intereses superiores de la
Defensa. Como es sabido, cuando Alfonso Sastre cuestionó la legitimidad de la
guerra en Escuadra hacia la muerte,
el Alto Estado Mayor se interpuso para que la obra fuera retirada, e
igualmente, cuando se presentó a censura Vagones
de madera, de Rodríguez Méndez, se consultó a un representante de esta
entidad antes de dictaminar. También en algún caso se consultó al Ministro de
Asuntos Exteriores, como sucedió con En
la red, de Alfonso Sastre, sobre la que hubo de informar Fernando María
Castiella, debido al tema abordado, la insurrección argelina. Otras dos obras
de Alfonso Sastre, El pan de todos y Prólogo patético, fueron remitidas al
Ministro Secretario General del Movimiento, Raimundo Fernández Cuesta, para que
dictaminara sobre las mismas. Cuando se estrenó La doble historia del doctor Valmy, de Buero Vallejo, fue la
Jefatura de Información la que emitió un informe sobre esta obra. Casos como
estos nos dibujan un complejo entramado que muestra la relevancia política y
social que el franquismo concede al arte escénico.
III. LA ELABORACIÓN DE LAS FICHAS
Como
se viene diciendo, la fuente principal de esta investigación la han constituido
los expedientes de censura conservados en el Archivo General de la Administración
Civil del Estado (Sección de Cultura, IDD 44), sito en Alcalá de Henares. La
documentación que contiene cada expediente, de
acuerdo con el proceso antes descrito, suele ser la siguiente: peticiones de
las compañías que solicitaron la guía de censura, impresos cumplimentados por
los censores, informe de las instancias superiores ratificando el dictamen
propuesto por los censores, una copia de la guía u hoja de censura (o, en su
caso, del oficio de prohibición) que en su día se entregó al demandante y uno o
varios ejemplares de la obra censurada. Además, de forma ocasional, podemos
encontrar informes sobre la obra en cuestión de personas ajenas a la Junta de
Censura que intervinieron igualmente en el proceso: delegados provinciales,
miembros del Consejo Superior de Teatro, y en algún caso, el Director General
de Cinematografía y Teatro, el Ministro de Información y Turismo, o altos
cargos de otras instancias. Si la obra era sometida a la lectura del Pleno, se
incluía también una tabla con el resumen del proceso; de forma extraordinaria,
cuando el proceso era especialmente complicado, se llegó a realizar un
cuadernillo grapado en el que se mecanografiaron los fragmentos tachados, junto
con el nombre de los censores que propusieron su prohibición. Además, en alguna
ocasión se han conservado otro tipo de documentos, como críticas teatrales (así
sucede en el expediente de Las meninas,
de Buero Vallejo), o el programa de mano de la representación.
Dada
la diversidad de documentos conservados en cada expediente —lo que depende
tanto de la complejidad del proceso de la obra en cuestión como de otras
circunstancias que hayan intervenido en su conservación
[190]
—,
se elaboró un modelo de ficha que sistematizara la transcripción de los
documentos que aquí se presentan
[191]
.
Esta ficha está dividida en tres grandes apartados, que se corresponden con
tres tipos de documentos que se pueden encontrar en los expedientes, esto es:
los informes de los censores, las solicitudes que presentaban las compañías y
los libretos censurados; cuando el expediente incluye documentación de otro
tipo, se ha añadido un apartado dedicado a otros documentos de interés. Así,
mientras los informes de los censores nos permiten conocer el dictamen que las
obras recibieron y los motivos del mismo; las solicitudes de las compañías nos
informan de la distancia cronológica entre la fecha de presentación a censura
de las obras y la de emisión del dictamen, además del interés existente en la
profesión teatral por ciertas obras; finalmente, los libretos censurados
completan la información sobre los cortes impuestos a cada obra, pues en los
informes de los censores a veces sólo se mencionan las páginas en que estos se
encuentran, sin reproducirlos. Las fichas se han ordenado por autores, y dentro
de estos, por orden cronológico, en función de la fecha de presentación de las
obras a censura, que no siempre coincide con el orden en que fueron escritas,
ni con el de su estreno.
Ante
la imposibilidad de transcribir la totalidad de la información contenida en cada
expediente, se ha seleccionado la información que se iba a incluir en las
fichas. En ellas, pues, aparecen transcritos, en primer lugar, los datos
básicos de identificación de la obra y su expediente, que son los que figuran
en el fichero del IDD 44 del Archivo General de la Administración, esto es:
título de la obra, dictamen, fecha y número de expediente. En lo referido al
dictamen, aunque en dicho fichero sólo se indica si la obra fue autorizada o
prohibida, en nuestra ficha se indica la calificación de edad y se especifica
si se autorizó únicamente para sesiones de cámara o en otro régimen distinto al
del teatro comercial (café-teatro, o bien sólo para el Festival de Sitges); en
los casos en que se indica únicamente la calificación de edad, sin más especificaciones,
se entiende que fue autorizada para representaciones comerciales. Hemos añadido
además el número de localización de la caja en la que se encuentra el
expediente, para facilitar su localización a aquellos investigadores que
necesiten consultar los documentos originales. Finalmente, se han incluido los
nombres de los censores que leyeron la obra y sus dictámenes. Aunque algunas
obras fueron leídas en varias ocasiones, y el dictamen varió de una vez a otra,
en los datos que constituyen el encabezamiento de cada ficha únicamente
aparecen los de la primera vez que la obra fue censurada. A continuación, se ha
incluido un resumen del proceso censorial sufrido por la obra, en el que se
indica si hubo cambios en las lecturas posteriores; se indica igualmente si
hubo condiciones adicionales, como el visado y la posibilidad de radiación, así
como las páginas en las que se impusieron cortes. Por tanto, cuando estos datos
no se recogen en dicho resumen, es porque, según la documentación examinada, no
existieron dichos condicionamientos.
Los
datos siguientes recogen ya los pormenores del proceso: tras el resumen
inicial, se recogen, ordenados cronológicamente, los informes de los censores
(de modo excepcional, si hay informes de algún delegado provincial, también se
han recogido, en cuyo caso aparece indicado el cargo junto a su nombre), con
indicación del nombre del censor en cuestión y la fecha de entrega del informe.
En el caso de impresos anteriores a 1963, hemos transcrito los siguientes
apartados: 1) tesis; 2) valor puramente literario; 3) valor teatral; 4) matiz
político; 5) matiz religioso; 6) juicio general que merece al censor; 7)
posibilidad de su representación; 8) tachaduras en las páginas; 9) correcciones
en las páginas; 10) ¿se juzga la obra tolerable o recomendable para menores?, y
11) otras observaciones del Censor. Si se trata de impresos posteriores a dicho
año, los apartados transcritos son los siguientes: 1) Dictamen propuesto; 1.1.)
Supresiones (sí o no); 1.2.) Radiable; 1.3) A reserva de visado del ensayo
general; 2) Informe; 3) Supresiones (con especificación de páginas)
[192]
.
Tras
los informes, se han incluido los nombres de las compañías que solicitaron la
guía de censura, la fecha de presentación de la instancia, el local, ciudad y
fecha previstos para la representación. En los casos en que se conservan copias
de las hojas de censura entregadas a cada compañía, se ha recogido el dictamen
y la fecha en que se emitió. Generalmente, el dictamen no solía variar de una
compañía a otra, a no ser en circunstancias excepcionales
[193]
,
o en caso de que la obra fuera leída por los censores en más de una ocasión. En
estos casos, se da cuenta de dichos cambios.
Así
mismo, se recogen las tachaduras y correcciones encontradas en los libretos de
las obras. Se ha recogido todo aquello que está señalado —y que, por tanto, se
propuso que fuera suprimido—, aunque al final se optara por su aprobación. Las
páginas en las que figuran los fragmentos que finalmente se prohibieron
aparecen indicadas en el resumen inicial que precede a los informes de los
censores. Aunque se ha intentado que esta información fuera lo más completa
posible, no siempre se ha podido especificar cuáles fueron los fragmentos
prohibidos, pues en ocasiones se indica como prohibida una página que en el
libreto consultado no está señalada, e incluso hay expedientes que no contienen
ningún ejemplar del libreto. En los casos en que se elaboró un libreto que
recogía las frases propuestas para su prohibición y el nombre del censor que
las propuso, se ha transcrito íntegramente el documento realizado por los censores.
Finalmente,
en el apartado “Otros documentos de interés” se recoge la documentación
generada por cauces ajenos a los trámites básicos: cartas escritas por los
dramaturgos a los responsables de la censura, cartas de los censores
(dirigidas, por lo general, a sus superiores), informes de altos cargos de la
Administración o del Ejército, entre otros documentos que resultaban
clarificadores en el conjunto del proceso de censura de la obra.
A la
hora de transcribir estos documentos, se ha intentado reproducir con la mayor
fidelidad los textos originales, manteniendo incluso la puntuación usada por
los censores. Puesto que en muchos casos se trata de informes manuscritos,
cuando nos ha sido imposible interpretar la escritura, se ha marcado entre
corchetes que se trata de palabras ilegibles o se ha marcado que falta un
fragmento mediante puntos suspensivos entre corchetes [...]. También se han
usado los corchetes en la transcripción de los fragmentos censurados de los
libretos, cuando se han incluido frases que no fueron censuradas, pero eran
necesarias para completar el sentido de las que sí lo fueron. Además, en la
transcripción de los fragmentos censurados, en ocasiones se ha utilizado el
subrayado, a pesar de que en la mayoría de los casos los fragmentos estaban
subrayados en su totalidad; se ha hecho así para destacar aquellos casos en que
los fragmentos fueron señalados con distinto color o con especial énfasis por
los censores.
En
ocasiones, las fichas pueden dejar dudas al lector, al igual que sucede con los
propios expedientes, en algunos casos incompletos, como se dijo. En ellas hemos
intentado reflejar de forma objetiva la documentación examinada, sin apuntar
interpretaciones acerca de las cuestiones que los propios documentos sin
resolver, a no ser que se deduzcan de los mismos. Una interpretación de los
datos quedó expuesta en mi tesis doctoral, El
teatro crítico español durante el franquismo, visto por sus censores
[194]
,
cuyo contenido es complementario de esta otra obra. Si este trabajo amplía con
mucho la información que aquel ofrece sobre la censura de cada obra, en aquel
se intentó interpretar estos datos a la luz de la los cambios políticos y
sociales de los distintos momentos históricos, así como de la evolución del
teatro español.
Junto
a las fichas, se han incluido varias tablas con datos procedentes de las mismas
y, en algunos casos, de otras fuentes, con la intención de facilitar al lector
una visión global de la censura de cada autor y de cada período. Así, el
conjunto de fichas de cada autor va precedido de una tabla en la que se
reflejan los títulos de sus obras sometidas a censura, el dictamen que
recibieron, la fecha de este dictamen, y los datos de localización del
expediente (número de expediente y número de caja; el primero de ellos consta
de dos cifras separadas por un guión: la segunda es el año en que entró la obra
en el registro, mientras que la primera hace referencia al orden en que entró
dentro de ese año). En el Anexo I se recoge una nueva tabla, elaborada tanto a
partir de los datos del expediente como de otras fuentes bibliográficas, con la
finalidad de contrastar las fechas de escritura, de paso por la censura y de
estreno de cada obra. Finalmente, el Anexo II recoge una nueva tabla en la que
se incluyen, junto a los títulos de las obras y sus respectivos dictámenes, el
número de cortes impuestos a cada obra, las semanas que duró el proceso y el
número de censores que la enjuiciaron. A diferencia de las anteriores, que
están ordenadas por autores, en esta las obras aparecen dispuestas por orden
cronológico, en función de los distintos períodos de la dictadura franquista.
Cierra
este trabajo un índice onomástico en el que figuran todos aquellos que aparecen
como responsables de algún dictamen; principalmente los propios censores, pero
también aparecen ocasionalmente nombres de delegados provinciales, miembros del
Consejo Superior de Teatro, altos cargos de la Administración e incluso
militares que a través de sus informes determinaron en distinta medida el
dictamen de las obras estudiadas.
Por
último, hay que señalar que este trabajo forma parte de un proyecto de la
Universidad de Alcalá, que tiene previsto estudiar más ampliamente los
documentos conservados en el Archivo General de la Administración relacionados
con la censura teatral de este oscuro período de nuestra historia.
[1]
Nicolás Sartorius y Javier Alfaya, La memoria insumisa. Sobre la dictadura de
Franco, Madrid, Espasa Calpe, 1999, pág. 43.
[2]
Tal como señala Fusi: “La guerra civil
de 1936-1939 y el triunfo en la misma de Franco [...] supusieron el fin del
excepcional momento cultural que España había vivido en los primeros treinta
años del siglo merced a la acción acumulada de las llamadas generaciones del
98, del 14 y del 27. [...] Muchos y bien conocidos intelectuales y artistas
(Miró, Juan Ramón Jiménez, Casals, José Gaos, Sánchez Albornoz, Américo Castro,
Alberti, María Zambrano, Jorge Guillén, Pedro Salinas, Luis Cernuda, Aurelio
Arteta, Castelao, Rodolfo Halffter y tantos otros) apoyaron a la República y
optaron por el exilio. A pesar de que no faltaron intelectuales de la derecha
[...] que apoyaron a Franco, como Ramiro de Maeztu, asesinado en 1936, y
Eugenio D’Ors, o que se incorporaron a la España ‘nacional’, como Marañón y
Zuloaga y luego Dalí, un solo hecho, el asesinato de García Lorca, un crimen
que conmocionó al mundo, aparecería ante la conciencia europea como una
permanente acusación contra el régimen de Franco, como un símbolo del destino
de la cultura bajo aquél”. (J. P. Fusi, Un
siglo de España. (La cultura), Madrid, Marcial Pons, 1999, pág. 99).
[3]
J. Andrés-Gallego (et al.), España actual. España y el mundo, en: Historia de España, vol. 13, Madrid,
Gredos, 1995, pág. 431.
[4]
Citado por Sartorius y Alfaya, ibíd., pág. 45.
[5]
Antonio Beneyto, Censura
y política en los escritores españoles, Barcelona, Plaza & Janés, 1977,
pág. 21.
[6]
Jesús Timoteo Álvarez, “La información en la era de
Franco: hipótesis interpretativa”, en: J. T. Álvarez (coord.), Historia de los medios de comunicación en
España, Barcelona, Ariel, 1989, pág. 223.
[7]
A. Beneyto, ob. cit., pág. 11.
[8]
R. Gubern, La
censura. Función política y ordenamiento jurídico bajo el franquismo,
Barcelona, Península, 1981, pág. 7.
[9]
J. T. Álvarez, ob. cit., págs. 223-231.
[11]
La historiografía sobre el
franquismo ha planteado un debate en torno a si este fue un régimen fascista
totalitario, a semejanza del nazismo alemán y el fascismo italiano, o un
régimen autoritario entroncado en las dictaduras decimonónicas. Aunque el tema
es objeto de controversia por parte de distintos historiadores del período, en
general, se admite que el régimen fue “fascista” o “semifascista” hasta 1945, y
“autoritario” a partir de la victoria de los países aliados en la II Guerra
Mundial, aunque son muchas las divergencias en esta polémica. Véanse, por
ejemplo: S. G. Payne, El fascismo (Madrid, Alianza Editorial, 1982); así como El
régimen de Franco (1936-1975) (Madrid, Alianza Editorial, 1987; especialmente las páginas 651-672); Manuel
Tuñón de Lara (ed.), Historia de España tomo X: España bajo la dictadura
franquista (Barcelona, Labor, 1982); Shlomó Ben Amí, España: la revolución desde arriba (1936-1979) (Barcelona,
Ríopiedras, 1980, pág. 21); o la síntesis que realiza Sevillano Calero en su
estudio sobre la censura de prensa: Propaganda
y medios de comunicación en el franquismo (1936-1951) (Murcia,
Publicaciones de la Universidad de Alicante, 1998, págs. 27-41).
[12]
Josep Fontana, España
bajo el franquismo, Barcelona, Crítica, 1986, pág. 17.
[13]
F. Sevillano Calero, ob. cit., pág. 47.
[14]
Citado por Luis de Llera, España actual. El régimen de Franco (1939-1975), en Historia de España, vol. 13, 2, Madrid,
Gredos, 1994, pág. 131.
[15]
Stanley G. Payne, ob.
cit., pág. 217.
[16]
N. Sartorius y J. Alfaya, ob. cit., pág. 41
[17]
En palabras de estos autores, “La libertad de
cátedra y la libertad de expresión, conquistas históricas logradas con enorme
esfuerzo, no llegaron a ser asimiladas por una gran parte de la burguesía
española, anclada en una beatería que rezumaba formalismo e intolerancia”. (Ob.
cit., págs. 43-44).
[18]
Véanse, entre
otros: Ben Amí (ob. cit., pág. 77);
Payne (1987, pág. 192); Tusell, La
dictadura de Franco (Barcelona, Altaya, 1996, págs. 164 y siguientes); o Elorza, “Las ideas políticas”
(en Miguel Artola (ed.), Enciclopedia de
historia de España, Madrid, Alianza Editorial, 1988, vol. 3, pág. 207).
Esta pluralidad de “familias” ideológicas emparentaría al régimen de Franco con
los “regímenes autoritarios” o “dictaduras no totalitarias” (Tusell, 1996,
págs. 57 y 72).
[19]
Vid. el artículo de María Rosario Jurado Latorre
sobre Muñoz Seca: “La censura franquista y el teatro conservador: el caso de
Muñoz Seca”, Teatro. (Revista de Estudios
Teatrales), 13-14 (jun. 1998-jun. 2001), págs. 237-253; así como mi trabajo
sobre Jardiel Poncela: B. Muñoz Cáliz, “Jardiel, prohibido por la censura
franquista”, ADE Teatro, 86
(jul.-sep. 2001), págs. 94-98.
[20]
J. Gracia García y M. A. Ruiz Carnicer, La España de Franco (1939-1975). Cultura y
vida cotidiana, Madrid, Síntesis, 2001, pág. 146.
[21]
R. Gubern,
ob. cit., pág. 14.
[22]
Andrés-Gallego et alii,
1995, pág. 438.
[24]
Andrés-Gallego, Velarde, Linz, González y Marquina,
1995, pág. 437.
[25]
Citado por Antonio Fernández Insuela, Aproximación a Lauro Olmo. (Vida, ideas
literarias y obra narrativa); Oviedo, Servicio de Publicaciones de la
Universidad, 1986, pág. 209.
[26]
J. Sánchez Reboredo, Palabras tachadas (retórica contra censura), Alicante, Instituto de
Estudios Juan Gil Albert, col. Ensayos e investigación, 1988, pág. 12.
[27]
“Tales subsistemas autónomos fueron en los años
cuarenta la Falange, la ACNP; a ellos se incorporan, consolidados de nuevo,
unos pocos grupos privados, que mantienen frente al Régimen una posición
expectante (los Godó y Luca de Tena, sobre todo); llega a los sesenta con
dinamismo el Opus Dei; se desarrolla en los últimos sesenta y sobre todo en los
setenta una oposición que pretende organizarse como alternativa al franquismo;
se mantiene, en aumento, a medida que pasan las décadas, una oposición
clandestina, que buscó siempre la ruptura del Régimen”. (J. T. Álvarez, ob.
cit., pág. 225).
[29]
J. L. Abellán, La
cultura en España. (Ensayo para un diagnóstico), Madrid, Cuadernos para el
Diálogo, 1971, pág. 9.
[30]
El País,
21 de enero de 1976.
[31]
N. Sartorius y J. Alfaya, pág. 302.
[32]
Citado por J. Andrés Gallego (et alii), ob. cit.,
pág. 441.
[33]
J. Andrés-Gallego (et
alii), ob. cit., pág. 439.
[34]
R. Doménech, “Reflexiones sobre la situación del
teatro”, Primer Acto, 42 (1963),
págs. 4-8.
[35]
A. Buero Vallejo, A. Gala, J. Martín Recuerda (et
alii), Teatro español actual, Madrid,
Fundación Juan March y Cátedra, págs. 44 y 46.
[37]
A. Beneyto, ob. cit.,
pág. 22.
[38]
P. O'Connor, “Censorship in the Contemporary Spanish Theatre and
Antonio Buero Vallejo”, Hispania, LII
(1969), págs. 282-288.
[39]
Lorenzo Delgado Gómez-Escalonilla, Imperio de papel. Acción cultural y política
exterior durante el primer franquismo, Madrid, Consejo Superior de
Investigaciones Científicas, 1992, pág. 2.
[40]
Buero Vallejo, Gala, Martín Recuerda (et alii), ob.
cit., págs. 35-36.
[41]
José Manuel Montero García realiza un breve resumen
del papel de la censura teatral a lo largo de la historia en “Sobre la censura
teatral y manual de censores”, en La
historia de los actores en España, fascículo V, Ed. Unión de Actores y
Museo Nacional del Teatro, D.L. 1988.
[42]
Citado por Miguel Medina Vicario, “Las enseñanzas
teatrales”, en Equipo Reseña, Doce años
de cultura española (1976-1987), Madrid, CESI-JESPRE y Ediciones Encuentro,
1989, pág. 135.
[43]
Madrid, Imprenta de A. Espinosa y compañía, 1847.
Reproducida en edición facsímil en La
historia de los actores, Unión de Actores y Museo Nacional del Teatro, D.L.
1988.
[44]
Ibíd., págs. 4-5 del original, 69-70 del facsímil.
[45]
Estos autores dan cuenta de varios casos de censura
teatral entre 1920 y 1924, en los cuales llegó a intervenir la Dirección de
Seguridad. Así, El gallo de Morón, de
G. Hernández Mir, que había sido anteriormente representada en varias ciudades,
cuando fue a entrar en Madrid, encontró dificultades con la Dirección de
Seguridad y hubo de ser modificada. Para dichos autores, la censura de esta
época se centraba especialmente, a juzgar por su repercusión en la prensa, en
la indecencia pública y el escándalo político. También hubo casos de obras
representadas en Madrid y prohibidas posteriormente para su representación en
otros lugares de España en 1920, como Las
corsarias “humorada de corte erótico” y Andalucía
la brava, considerada como “obra de tendencias sociales”. (D. Dougherty y
M. F. Vilches, La escena madrileña entre
1918 y 1926. (Análisis y documentación), Madrid, Fundamentos, 1990, págs.
21-22).
[46]
Buero Vallejo, Gala, Martín Recuerda (et alii), ob.
cit., pág. 46.
[47]
H.-J. Neuschäfer, Adiós a la España eterna. La dialéctica de la censura. Novela, teatro y
cine bajo el franquismo, Barcelona, Anthropos, 1994, pág. 87.
[48]
J. Lechner estudia la influencia de la censura en la
poesía de este período e incluye un apéndice con las respuestas de varios
poetas comprometidos a un cuestionario sobre la censura (José Agustín
Goytisolo, Carlos Barral, Ramón de Garciasol, Ángela Figuera Aymerich,
Victoriano Crémer, José Ángel Valente, José María Castellet, José Manuel
Caballero Bonald, Ángel González, Ángel Crespo, Gabriel Celaya, Jaime Gil de
Biedma y Gabino-Alejandro Carriedo). (El
compromiso en la poesía española del siglo XX (Parte segunda: de 1939 a 1974),
Universitaire Pers Leiden, 1975).
También Beneyto (1977) recoge entrevistas con José Luis Cano, Gabriel Celaya, Carlos
Edmundo de Ory y Dionisio Ridruejo. Por otra parte, Lucía Montejo Gurruchaga
estudia la incidencia de la censura en la obra de Blas de Otero en “Blas de Otero
y la censura española desde 1949 hasta la transición política. Primera parte:
de Ángel fieramente humano a En Castellano”, Revista de Literatura, LX, 120, 1998, págs. 491-513.
[49]
Abellán llegaba a esta conclusión tras estudiar un
cuestionario enviado a poetas, novelistas y dramaturgos: según los datos que se
desprenden de dicho cuestionario, sólo el 9'6% de las obras poéticas se vieron
muy afectadas por la censura (frente al 17'11 % de la novela o el 25 % del
teatro); el 6'98 % resultaron poco afectadas (frente al 22'88 % de la novela y
el 17'1 % del teatro), y un 83'4 % no tuvieron ninguna clase de problemas con
la censura (frente al 60 % de la novela y el 57'89 % del teatro). (Ob. cit.,
págs. 84-85).
[50]
Ibíd., págs. 6-7 del original, 71-72 del facsímil.
[51]
El dramaturgo hacía el siguiente comentario acerca
de una puesta en escena de El adefesio:
“El sistema seguido por la puesta en escena es éste: tómese El adefesio de Alberti, léase
atentamente, estúdiese su significación dentro del teatro español fruto del
agobiante exilio y hágase un montaje en forma de glosa o variación, en un
sentido alusivo, como para leer entre líneas, tal como si El adefesio de Alberti fuera tan conocido de nuestros públicos como
el Don Juan Tenorio y mucho más oído
que La Traviata [...]. La libertad no
es arte, aunque el arte sea una manifestación de libertad. Aquí todo es
evasivo, juguetón, iniciático y absurdo. No hay que darle vueltas, tantos años
de censura y suspicacia, de enconado rechazo generacional han traído estos
lodos. La pérdida de una identidad cultural”. (Primer Acto, 168 (mayo 1974), págs. 64-65).
[52]
C. Oliva, El
teatro desde 1936, Madrid, Alhambra, 1989, pág. 341.
[53]
Este procedimiento, aunque se usó, no era habitual;
de los expedientes aquí revisados, sólo lo hemos encontrado en un caso: ¿Quién quiere una copla del Arcipreste de
Hita?, de Martín Recuerda. Alberto Miralles cita además la representación
de dos obras de Antonio Puigrós en 1970, en las que el Ministerio obligó a que
antes de la representación se distribuyera entre el público una circular en la
que se “explicaba” la simbología de la obra y la intención del autor, así como
la psicología de los personajes y su escala de valores, y que concluía con un
consejo a los espectadores sobre la actitud que debían tomar en la vida: “[...]
permitid un consejo: no seáis AVESTRUCES, afrontad lo difícil, confiad en el
hombre, no escondáis la cabeza y construid todos juntos colaborando unos con
otros, pensando aquello que aunque pudiera parecer infantil es cierto: lo fácil
es destruir, lo difícil es CONSTRUIR”. (La cita es de A. Miralles, Nuevo teatro español: una alternativa social,
Madrid, Villalar, 1977, pág. 58).
[54]
José Monleón, “La llegada de La Cuadra a la escena
española”, Cuadernos El Público, 35
(sep. 1988), págs. 6-15.
[55]
Las distintas etapas de esta evolución están
explicadas con mayor detalle en mi Tesis Doctoral El teatro crítico español durante el franquismo, visto por sus censores (Madrid, Fundación Universitaria Española, 2005).
[56]
“Algún día habrá que explicarse el juego de las
“aperturas” y las “cerraduras”, nuevo juego nacional, especie de “oca”
hispánica la mar de divertida...”. (“Lo que no se entiende”, en: J. M.
Rodríguez Méndez, Comentarios
impertinentes sobre el teatro español, Barcelona, Península, 1972, págs.
171-173; cita en pág. 173).
[57]
Así, Juan Pablo Fusi afirma que la política cultural
del régimen de Franco “fue de hecho tanto o más una política negativa de
control a través de la censura [...] que una política afirmativa de creación de
una cultura propia y original”. Durante mucho tiempo la censura no sólo negaría
la cultura republicana, sino también la cultura liberal: “durante años, la obra
de liberales como Sanz del Río y Giner, Unamuno y Ortega (no ya sólo, por
tanto, la de republicanos como Azaña o Machado, o comunistas como Alberti, o
los casos especiales de Lorca y Miguel Hernández, que murió en la cárcel en
1942) fueron o silenciadas o denigradas sistemáticamente”. (Fusi, ob. cit.,
págs. 100-101). Igualmente, J. C. Mainer
afirma que el franquismo careció de un programa cultural específicamente
fascista y se limitó a llevar a cabo “una simple revancha clerical de oscura
progenie y cortísimo vuelo”. (J. C. Mainer, “Prólogo” en F. Valls, La enseñanza de la literatura en el
franquismo (1936-1951), Barcelona, Antonio Bosch, 1983, pág. XI). E
igualmente, Fernando Valls coincide en señalar que no existió una verdadera
cultura franquista: “Hoy, que empezamos a conocer bien esos años, franquismo y
cultura nos parecen dos nociones que se repelen”. (Ibíd., pág. 2).
[58]
Buena muestra de ello es la “Epístola al poeta
Machado sobre la función de la crítica teatral”, firmada por Gonzalo Torrente
Ballester, en la cual reclamaba una función activa por parte de los críticos y
lamentaba la poca atención que artistas y público les dispensaban, debido a la
radical diferencia entre la visión del mundo de los críticos, cuya mentalidad
es la del nuevo régimen, y la de los autores, procedentes en su mayor parte de
los tiempos anteriores a la guerra, lo que hacía de su columna una trinchera
desde la que combatir por un teatro de su misma ideología:
“Repasando viejas críticas me
doy cuenta de lo difícil que es hoy nuestra tarea. Hace treinta años el crítico
y el autor estaban situados en el mismo plano, participaban de las mismas
convicciones, tenían las mismas ideas fundamentales. En consecuencia, el juicio
se limitaba a lo puramente estético: a reseñar un error o un acierto. Hoy
existe una diferencia abismal. Los autores, casi todos, son los epígonos de una
sociedad muerta o moribunda, de un sistema de convicciones periclitado, de unas
ideas estéticas sin vigencia. Radicalmente, nuestra posición moral e
intelectual es distinta. Por eso, al criticar, nuestro juicio excede siempre lo
puramente estético: vamos —por lo menos este es mi caso— no sólo contra la
forma artística, sino contra el mundo que representa. Somos críticos y
combatientes. Sólo cuando el mundo que representa el teatro coincida con el
nuestro —que es, a la postre, el real y vivo— podrá limitarse nuestra tarea a la
forma dramática en sí. Mientras tanto, el puesto de combate no puede ser
abandonado. Pero esta transformación que todos deseamos no acontecerá —estoy
persuadido— porque nosotros la busquemos. Un ejército de críticos, pertrechados
de la mejor cultura y la más fina visión, sólo alcanzará denunciar, nunca
destruir. El milagro, como siempre, será la obra de un poeta cuando aparezca,
barriendo violentamente con toda esta podredumbre. Y nosotros entonces
reconoceremos los primeros su heroísmo”. (Arriba,
30-VIII-1941).
[59]
Sí. (Suplemento semanal de Arriba), 4 de
abril de 1943, págs. 1-2.
[60]
Orden de 9 de febrero de 1963 por la que se aprueban
las “Normas de censura cinematográfica”, B.O.E., 58, 8-III-1963, págs.
3929-3930. Dichas Normas se aplicarían al teatro en virtud de la Orden de 6 de
febrero de 1964, del Ministerio de Información y Turismo, por la que se aprueba
el Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Censura de Obras Teatrales y
las Normas de Censura (B.O.E., 25-II-1964). En esta última Orden, se indica que
se tendría en cuenta “la mayor amplitud de criterios que respecto del drama y
de la comedia permite el carácter más restringido del público de dichos géneros
teatrales y su grado de preparación presumible, y más todavía cuando se trate
de teatros de cámara o de sesiones especiales”.
[61]
Informe Sobre
la Censura Cinematográfica y Teatral. Inédito. Elaborado por el Ministerio
de Información y Turismo. Dirección General de Cinematografía y Teatro, 1964
(?), 58 págs. [Sin firmar: José María García Escudero (?)]. (Este documento se
encuentra en la biblioteca del Centro de Documentación Cultural del Ministerio
de Cultura, signatura 7514).
[64]
Ob. cit., págs. 18-19.
[66]
V. García Ruiz, “Los mecanismos de censura teatral en el primer
franquismo y Los pájaros ciegos de V.
Ruiz Iriarte (1948)”, Gestos, 11, 22
(nov. 1996), págs. 59-86; cita en pág. 69.
[67]
A. Beneyto, ob. cit.,
pág. 134.
[68]
V. García Ruiz, ibíd,
págs. 69-70.
[70]
Estos temas también eran vetados en otros géneros y
medios informativos: por ejemplo, respecto a la norma 8ª, referida a la
presentación del suicidio, Abellán señala que durante los años cuarenta se
emitían consignas a los periódicos para que un suicidio pasara a ser “una
rápida enfermedad” o “un accidente imprevisto”. (Abellán, ob. cit.). Así mismo,
en su estudio sobre la censura cinematográfica Gubern recoge igualmente varios
ejemplos de estos temas. (Ob. cit., págs. 211-213).
[71]
Vicente Romero, “Las dudas de los censores”, Primer Acto, 121 (jun. 1970), pág. VII
de “Foro teatral”.
[72]
V. García Ruiz, art. cit., pág. 69.
[73]
R. Gubern, ob.
cit., pág. 160.
[74]
Véanse los “Cuadernos de bitácora” de Sastre y
Campos acerca de estas obras en la revista Las
Puertas del Drama, 18 (2004), págs. 27-29, y 19 (2004), págs. 27-30,
respectivamente.
[75]
“5 preguntas a los autores que estrenaron”, Primer
Acto, 170-171 (jul.-ag. 1974),
pág. 14.
[76]
Rodríguez Méndez, art. cit., págs. 171-172.
[77]
La cita es de Gregorio Gallego, “El exilio
interior”, República de las Letras,
24 (ab. 1989), pág. 20. Así mismo, Camilo José Cela afirmaba que “La censura
perjudicó más a los españoles que al arte literario”.
[78]
En esta introducción nos limitaremos a comentar el
funcionamiento de la Junta durante las etapas en que se realizan los
expedientes incluidos en este trabajo. Los orígenes de la censura teatral
durante la guerra civil y durante los años de la inmediata posguerra pueden
consultarse en mi tesis doctoral (Muñoz Cáliz, 2005, ob. cit.).
[79]
Aunque a veces presentan sus textos los propios
autores, por lo general son las compañías quienes lo hacen, lo que de algún
modo convierte a estas en un primer filtro.
[80]
En la hoja de censura para este tipo de espectáculos
se hace constar que: “Se acompañarán asimismo a esta guía de censura los
figurines y decorados de la obra debidamente sellados por este organismo”.
[81]
Generalmente, los censores doblaban la solapa
superior de la página censurada, y en ella subrayaban o tachaban una serie de
frases, o bien páginas enteras, e incluso escenas completas. Solían utilizar el
lápiz rojo cuando se trataba de frases prohibidas por acuerdo de la Junta de
Censura, y lápiz o bolígrafo de otro color, cuando se trataba de tachaduras
sobre las que aún no se había alcanzado un acuerdo, aunque este código de
colores no siempre se cumplía.
[82]
Se ha señalado que en alguna ocasión, el mismo
general Franco intervino en las decisiones de la censura cinematográfica y de
libros, aunque en las obras teatrales estudiadas no hemos encontrado ningún
caso en que interviniese personalmente. Tal como señalan los autores de España actual, era conocida su costumbre
de hacerse proyectar películas polémicas, como el caso de Viridiana, referido por Buñuel en sus Memorias: Franco la vio dos
veces y no le pareció que hubiera que prohibirla, aunque rehusó volver sobre la
decisión de su Ministro; en cambio, sí parece que fue él quien autorizó la
película Surcos de Nieves Conde
(1951) y la novela Un millón de muertos de
José María Gironella, con la condición de “que la suban el precio”. (J.
Andrés-Gallego (et alii), ob. cit., pág. 437).
[83]
Su criterio no siempre coincidía con el de la Junta
de Censura; a veces, incluso, fue opuesto, como ocurrió con Los pájaros ciegos, de Ruiz Iriarte,
según describe Víctor García Ruiz. Según este autor, todos los informes de la
Junta, a excepción de uno, fueron prohibitivos, mientras que el Consejo del
Teatro decidió autorizarla sin correcciones ni tachaduras. (V. García Ruiz,
art. cit.).
[84]
acelerar el trámite si el solicitante enviaba un ejemplar de la obra
para cada miembro. Así, cuando Armando Moreno solicitó autorización para
representar El cementerio de automóviles en 1968, presentó catorce ejemplares de la obra; igualmente,
[85]
Véase el documento facsímil 31: Resumen del Pleno
por oficio celebrado en octubre de 1976 acerca de Y pusieron esposas a las flores, de Fernando Arrabal. Las tablas de
todas las obras estudiadas que fueron sometidas a la lectura del Pleno aparecen
transcritas al principio de cada ficha.
[86]
Aunque lo habitual era que dicho dictamen se
ratificara de forma prácticamente automática, en algún caso se decidió desde
las instancias superiores no hacerlo así, como sucedió, por ejemplo, con La doble historia del doctor Valmy, de
Buero Vallejo, a la que se le denegó la autorización a pesar de haber sido
autorizada por el Pleno.
[87]
Artículo 9º de la Orden de 16 de febrero de 1963;
Artículo 19 de la Orden de 6 de febrero de 1964, y, posteriormente, el Artículo
7º de la Orden de 27 de Octubre de 1970 del Departamento de Teatro.
[88]
Véase el documento facsímil 21: Resumen del Pleno
por recurso celebrado en 1971 acerca de la obra Furor, de Jesús Campos García.
[89]
De algún modo, los censores ejercen así de críticos
teatrales. La similitud entre los juicios de los censores y los críticos
oficiales salta a la vista y merecería un estudio detenido. Véase mi trabajo al
respecto “Notas sobre la crítica teatral durante el franquismo. Las difusas
fronteras entre crítica y censura”, Las
Puertas del Drama, 15 (2003), págs. 19-25).
[90]
Véase el documento facsímil 2: Informe del censor
Gumersindo Montes Agudo acerca de Historia
de una escalera, de Antonio Buero Vallejo (1949).
[91]
Véase el documento facsímil 26: Informe del censor
Florencio Martínez Ruiz acerca de Pelo de
Tormenta, de Francisco Nieva (noviembre de 1974); así como el documento 18:
Informe de la censora Nieves Sunyer acerca de la obra Tú, no importa quién, de José Sanchis Sinisterra (10 de febrero de
1970).
[92]
Aunque el impreso anterior no recogía formalmente
esta opción, las referencias a la posibilidad de radiación de las obras
censuradas aparecían ya en los expedientes de la etapa de Arias Salgado: las
encontramos en los expedientes de obras como Aventura en lo gris (1953), Hoy
es fiesta (1956), Una extraña armonía (1957), de Buero Vallejo; El pan de todos (1953), La mordaza (1954), de Alfonso
Sastre, o La llanura (1954), de
Martín Recuerda, entre otras.
[93]
Las referencias explícitas al visado del ensayo
general en los informes son mucho más próximas al cambio de impreso: hemos
encontrado el término “visado” por primera vez en el expediente de La camisa de Lauro Olmo, con fecha del
14 de marzo de 1962.
[94]
Adolfo Marsillach, Tan lejos, tan cerca. Mi vida, Barcelona, Tusquets, col. “Fábula”,
2002, págs. 277-278.
[95]
Alberto Miralles señala que en algún caso se hizo un
falso ensayo y una representación muy distinta en el estreno; concretamente, en El retablo del flautista, de
Teixidor: “Tábano, que hizo un ensayo angelical para censura de El retablo del flautista, de Teixidor,
traducido al castellano, puso todo el hierro el día del estreno y no pudo pasar
a la segunda representación, pese a tener todo el teatro de la Comedia vendido.
Bien es verdad que el Burgomaestre salía con caña de pescar y acento gallego y
el jefe de la Milicia, manco y tuerto, recordando a Millán Astray. Pero
aquellos eran tiempos de “apertura” y los grupos le echaban un pulso que,
claro, no siempre ganaban”. (A. Miralles, ob. cit., pág. 124).
[96]
Así sucedió, por ejemplo, con la obra Cronicón del Medievo, de Lauro Olmo, en
la que consta por escrito dicho condicionamiento (4 de noviembre de 1972), o
con la adaptación de Alfonso Sastre de De
cómo el Sr. Mockinpott consiguió librarse de sus padecimientos, de Peter
Weiss.
[97]
Así sucede con Francisco Ortiz Muñoz, Gumersindo
Montes Agudo, Francisco Narbona, Bartolomé Mostaza o los religiosos Fray
Mauricio de Begoña y Constancio de Aldeaseca, cuyos nombres aparecen citados en
el trabajo de Rosa Añover Díaz sobre censura de guiones de películas: La política administrativa en el cine
español y su vertiente censora, Madrid, Ediciones de la Universidad
Complutense, Servicio de Reprografía, 1992 (2 vols.).
[98]
Los documentos que contienen la información que se
cita referida al sueldo de los censores y a su antigüedad en el cargo se
encuentran en la caja 8.981, Sección de Cultura (Prensa y Propaganda), del
Archivo General de la Administración Civil del Estado.
Además de los nombres de los censores de teatro, que
se citarán más adelante, en la nómina de personal de la censura aparecen
nombres como el de Camilo José Cela Trulock, quien figura como integrante de la
Sección de Información y Censura de la Dirección General de Prensa desde enero
de 1947, y que en el año 50 recibía un sueldo de 9.600 pesetas anuales. Aparece
igualmente el novelista Darío Fernández Flores, Jefe de Administración de 1ª de
la Dirección de Prensa y Propaganda desde el año 45, que en 1950 cobró por esta
tarea 14.400 pesetas anuales.
[99]
Las fechas que en adelante se indican entre
paréntesis junto a los nombres de los censores hacen referencia a las fechas
más antiguas y más recientes en que hemos encontrado documentos firmados por
dichos censores (en total, han sido cerca de trescientos los expedientes
revisados).
[100]
Gumersindo Montes Agudo es autor de varios títulos
de propaganda falangista escritos durante la guerra civil y en los primeros
años de la dictadura: Hacia un orden
nuevo (Santander, Imp. Moderna, 1937); Pepe
Sainz: una vida en la falange (Barcelona, Pal-las de Horta, [1938?]); Fundamentos de una revolución. Folleto de
afirmación escrito para los luchadores del frente (Bilbao, Arriba, 1939); Vieja guardia (Madrid, Aguilar, 1939;
con prólogo de Rafael Sánchez Mazas y epílogo de Ernesto Giménez Caballero), y Don Carlos Miranda de la Vega. Un político
del siglo XIX y su ambiente. Novela (Madrid, Aguilar, 1942). Es también
coautor con Agustín del Río de La
evolución política española. Invitación a la sociedad e instancia al Estado en
1945 (Madrid, Afrodisio Aguado, 1946; reeditado en Madrid, Ediciones del
Movimiento, 1966).
Su concepción totalitaria del
arte puede apreciarse en textos como el artículo “El cine al servicio de la
política” (El Español, 26,
24-IV-1943, pág. 4; disponible en versión digital en la página:
http://www.filosofia.org/hem/194/esp/9430424c. htm). Fue coautor junto con
Camilo José Cela del guión de la película El
cerco del diablo (dirigida en 1952 por Antonio del Amo, con interpretación
de José Bódalo, Guillermo Marín, Manuel Dicenta, Conchita Montes y Luis
Prendes, entre otros).
[101]
En el Informe
sobre la censura cinematográfica y teatral antes citado (Dirección General
de Cinematografía y Teatro) se recoge el siguiente currículo de Bartolomé
Mostaza: “Licenciado en Derecho y Filosofía y Letras. Periodista. Miembro del
Consejo de redacción de la Editorial Católica. Crítico literario, comentarista
de política internacional del diario Ya,
miembro del Instituto de Estudios Políticos, Premio Nacional de Periodismo,
profesor de la Escuela Oficial de Periodismo y de la Escuela de Periodismo de
la Iglesia, miembro del Consejo Superior del Teatro”. (Informe Sobre la Censura…, ibíd., pág. 31).
Es autor de los libros: Búsqueda: Poemas (Madrid, Raigal, 1949), La vida en vilo (Madrid, Editora Nacional, 1953); Reflexiones para Adán y Eva (Madrid,
Siler, 1956), firmado con el seudónimo Juan Rodríguez de Medio; Panorama de la poesía española en castellano (Madrid, Rioduero, 1981, dos volúmenes), y A
corazón abierto (Madrid, Ediciones del Orto, 1997). En la Biblioteca
Nacional de España está disponible igualmente una copia de su conferencia “La
presión del conflicto ruso-chino en África”, pronunciada el 31 de enero de 1964
en el Salón de Actos del CSIC.
Rodríguez Puértolas señala que colaboró como crítico
literario en El Libro Español,
publicación en la línea de la más pura ortodoxia del Régimen, aunque su labor
principal es el periodismo: hizo la crítica de la actualidad nacional en la Revista de Estudios Políticos y
publicaba de forma continuada en Ya y El Español. Este autor recoge algunos
fragmentos de artículos que muestran con claridad su filiación ideológica falangista.
Así, en 1943, con el signo de la II guerra mundial apuntando ya a favor de los
aliados, anunciaba en La Voz de España de San Sebastián el futuro de España y de Europa: “Andan por ahí ciertos
cornejos agorando infortunios y desesperanzas. Poco menos que dan por imposible
la entera recuperación de España a su destino de pueblo coordinador de los
intereses europeos en pugna [...] Tarde o temprano, Europa se avendrá al modelo
nuestro”. (J. Rodríguez Puértolas, Literatura
fascista española, Madrid, Akal, 1986, págs. 746-747). Por esas mismas
fechas se negaba a aceptar todo posible desencanto falangista, y proclamaba: “Un futuro de esplendor late en nuestras venas. Y una
voz —la voz del sino—, ¿la oís?, nos canta al oído: ‘¡Generación de la guerra!
¡Tienes que fundar una Patria más audaz, más afortunada y más alta, donde
crecer a mitología de titanes!’” (El
Español, 20-III-1943). Según Rodríguez Puértolas, cultivaba en sus crónicas
un cierto tremendismo, y cita como ejemplo un escrito sobre los campos de concentración
soviéticos: “Se dieron casos de canibalismo. Tanta era el hambre, que nuestros
compatriotas llegaron a comer hojas de árbol, cuernos y culebras. Un italiano
se volvió loco al saber que se había comido el hígado de su hermano” (Ya, 31-III-1954). Y en cuanto a sus
opiniones sobre el general Franco, recoge este texto: “En Francisco Franco
diríase que hubiera encarnado aquella lenta astucia y aquel denuedo sin grito
con que Fernando el Católico desconcertaba a sus enemigos. Puede su galleguidad
haberle dado a Francisco Franco la paciente andadura cautelosa que desde lejos
va previniéndose contra toda sorpresa. Esa su postura alerta, de buen halcón
desvelado en la andadura, parece estar siempre viéndolas venir” (Ya, 1-X-1952).
[102]
Hay un largo paréntesis entre 1946 y 1955 en el que
no hemos encontrado informes de Constancio de Aldeaseca en las obras aquí
incluidas. Pertenecía a la orden de los capuchinos y es autor de una obra en
latín sobre las reglas de su orden religiosa: Natura Iuridica Paupertatis (publicado en Roma, Histitutum
Historicum Ordinis Fratrum Minorus Capuccinorum, 1943).
[103]
En los años 50, Virgilio Hernández Rivadulla fue
director de la recién fundada revista Motociclismo.
Director y coordinador de una Guía del
Guadarrama editada por el Ministerio de Información y Turismo (Madrid,
1973), así como de una Guía
náutico-turística de España (Madrid, Ministerio de Información y Turismo,
1974). En 2003 publicó un artículo en el que afirmaba haber estado con Antonio
Machado en el campo de concentración de Argelés: “El triste final de A.M. en
Argelés”, La Razón, 6-IV-2003, pág.
33). Puede leerse un comentario de un periodista de La Razón al respecto de esta afirmación en la página web:
http://aula.el-mundo.es/aula/noticia.php/2003/05/26/aula1053709397.html; por
entonces, colabora, con estilo inconfundible, en la revista digital Transporte 3 On line (www.transporte3.com).
[104]
En el citado Informe
sobre la Censura Cinematográfica y Teatral, se recoge el siguiente
currículo de José María Ortiz: “Licenciado en Derecho. Jefe de Administración
de 1ª, Escala Técnica. Jefe de los Servicios de Teatro de la Dirección General
de Cinematografía y Teatro. Vocal Secretario de Consejo Superior del Teatro.
Vocal de la Comisión Asesora de Programas de TV. Vocal de la Comisión Asesora
de Programación de Festivales Artísticos de España”. (Ob. cit., pág. 32). Su nombre no aparece en la
Orden ministerial en la que se designa a los miembros de la Junta de Censura,
aunque sí se hace referencia a su cargo en la Orden de 16 de febrero de 1963
del Ministerio de Información y Turismo, por la que se constituye una Junta de
Censura de obras teatrales.
[105]
Guillermo de Reyna vuelve a aparecer años más tarde
como miembro de la Junta de censura cinematográfica, en calidad de vocal representante
del Ministerio de Educación Nacional. (Orden de 3 de diciembre de 1962 del
Ministerio de Información y Turismo, por la que se nombran los miembros de la
Junta Clasificadora y de Censura de Películas Cinematográficas, BOE, 11-XII-1962, pág. 17.369).
[106]
Fray Mauricio de Begoña, religioso de la orden de
los capuchinos, es autor de las obras: El
alma de la seráfica reforma capuchina (Madrid, Ediciones y Publicaciones
Españolas, 1947); Arte, ciudad, Iglesia:
lo artístico, lo social, lo religioso (Madrid, Ediciones Stvdivm de
Cultura, 1951); Cáliz (Madrid,
Oriens, 1981); Elementos de filmología:
teoría del cine (Madrid, Morata, 1953); Ideario
franciscano (Madrid, Gráficas Reunidas, 1954); Sinopsis del guión argumental: Fátima, mensaje de su corazón (Madrid,
Imp. de la Bolsa, 1949); Sonetos de la
hidalguía (Madrid, 1953); El viento
abre la puerta, ¡pasa, hermano viento! (Santander, El Santo, 2000).
[107]
El periodista Francisco Narbona es autor de los
folletos Frentes del sur (1953); La quema de conventos (1954) y Sevilla (1956), títulos todos ellos
publicados en la colección “Temas Españoles”, que, promovida desde la Dirección
General de Propaganda del Ministerio de Información y Turismo y distribuida en
quioscos, constituía un instrumento de propaganda estatal. (Puede leerse una
amplia reseña de la colección y sus índices completos en la página web:
http://www.filosofia.org/mon/tem/index.htm). Es igualmente coautor del guión
del documental Saeta (1955), sobre la
Semana Santa sevillana, junto con Manuel Martínez Remis, y autor de La agonía de Chessman (con el seudónimo
Frank Nebot; Madrid, Gráf. Espejo, 1969), de los ensayos Un cierto divorcio (Barcelona, Planeta, 1980) y De Prim a Carrero Blanco. Cien años de
magnicidios en España (1870-1973) (Barcelona, Planeta, 1982), así como de
varios títulos relacionados con la tauromaquia. Fue corresponsal de TVE en
Roma, y primer director del Centro Territorial de TVE en Andalucía.
[108]
Además de crítico teatral, Emilio Morales de Acevedo
es autor de la zarzuela La noche blanca,
con música del maestro Conrado del Campo (Madrid, 1933); del texto de Coplas del atardecer, que acompañaba a
una partitura de Conrado del Campo, así como de diversas narraciones y obras de
teatro para niños.
[109]
Poeta, ensayista y crítico teatral, Manuel Díez
Crespo nació en Écija (Sevilla), en 1911. Colaboró en numerosas publicaciones,
como Arriba, El Alcázar, Primer Plano o España en Tánger, entre otras, así
como en Radio Nacional de España. Ha pronunciado numerosas conferencias sobre
teatro y sobre otras actividades culturales y literarias. Entre sus ensayos
destaca El teatro en España. Ha
recibido numerosos premios y distinciones y en dos ocasiones ha recibido el
Premio Nacional de Teatro. También son dignos de mención sus volúmenes Ensayos sobre teatro y El teatro, sus luces y sus sombras.
(Andrés Molinari, Pequeño Diccionario de
Teatro Andaluz, Sevilla, Alfar, 1994, pág. 86.)
Su labor como poeta se inserta en la tendencia de la
llamada poesía “arraigada”. Es autor del poemario La voz anunciada (Madrid, Escorial, 1941), compuesto por una serie
de cantos sobre la guerra civil que fueron calificados por el prologuista del
libro, fray Justo Pérez de Urbel, como “epinicios triunfales, cantos de los
paladines”. Colaboró en el poemario colectivo Corona de sonetos en honor de José Antonio Primo de Rivera (Barcelona,
Ediciones Jerarquía, 1939) y en la Ofrenda
lírica a José Luis de Arrese (J. Rodríguez Puértolas, ob. cit., págs. 176 y
444-445).
Además de los ya citados, algunos de sus títulos son: Breve antología poética de Manuel Díez
Crespo (Sevilla, Archivo Histórico, Literario y Artístico, 1965); Diván meridional (Sevilla, Muñoz Moya y
Montraveta, 1995, reeditado en: Sevilla, Libanó, 2001); Memorias y deseos. Poesía (1941-1950) (Madrid, Editora Nacional, 1951); Ni más ni menos (Sevilla, Servicio de
Publicaciones del Ayuntamiento, 1983); Santa
Teresa de Jesús: la más grande mujer (Madrid, Boris Bureba, 1948); Yo y mi sombra. (Poemas de Sevilla) (Sevilla, Servicio de Publicaciones del Ayuntamiento, 1974). Es también autor
de un artículo sobre “La creación quinteriana” en el volumen colectivo: Serafín y Joaquín Álvarez Quintero, Azorín,
Enrique García Álvarez, José Serrano (Madrid, Sociedad General de Autores y
Editores, 1973), así como de una colaboración en el libro, también colectivo, Panorámica del teatro en España (Madrid,
Editora Nacional, 1973), y de un ensayo sobre “El drama” en Escenario (Suplemento Especial de Marca dedicado al teatro, Madrid, 1946).
[110]
El 1 de enero de 1949, Andrés Avelino Esteban Romero
fue nombrado asesor religioso. También aparece incluido como lector
eclesiástico en la nómina de censores afectos a la Inspección de Libros del año
1954, que reproduce Abellán (Ob. cit., pág. 288). Estuvo presente en las
reuniones de la Comisión Especial para el estudio y elaboración de un Anteproyecto de Ley de Bases de la
Información elaborado en la última etapa de Gabriel Arias Salgado como
ministro de Información, según se recoge en el texto del citado Anteproyecto, donde se resume el
resultado de dichas reuniones. (Anteproyecto
de Ley de Bases de la Información. Memoria-Informe de la Comisión Especial (Inédito, ejemplar mecanografiado, ¿1962? [Biblioteca del Centro de
Documentación Cultural del Ministerio de Cultura], págs. 21, 28 y 63).
Es autor de varias obras sobre temas religiosos,
sobre deontología del periodismo y sobre el papel de la mujer en la sociedad;
entre ellas, el opúsculo El ahorro. Su
aportación al bien familiar y social en las enseñanzas pontificias (Madrid,
Caja de Ahorros y Monte de Piedad, 1964); La
concepción sureziana de la ley. Estudio teológico-crítico (Sevilla, 1944); El concilio de Ferrera-Florencia (1438-1445),
(Madrid, 1960); Cristianos desunidos y
esfuerzos unionistas: Juan XXIII y las Iglesias ortodoxas (Madrid, Sociedad
de Educación Atenas, 1961); Deontología y
criteriología católicas del periodismo. Temario y bibliografía (Madrid,
Benzal, 1959; reeditado posteriormente en varias ocasiones); El estado mayor del párroco. Hacia la
parroquia viviente (Madrid, Suramérica, 1956 y 1960); La familia: templo, escuela, hogar (Madrid, Consejo Diocesano de
Mujeres de Acción Católica, 1959); Feminismo
y deberes sociales de la mujer cristiana (Madrid, Consejo Superior de
Mujeres de Acción Católica, 1957), así como El
futuro concilio ecuménico (Madrid, 1960).
[111]
Manuel Fraga de Lis es autor de la obra Año Santo Peregrino a Santiago (Barcelona, Ed. F. Mateu, 1948).
[112]
En el citado Informe
sobre la Censura Cinematográfica y Teatral se recoge la siguiente semblanza
de José María Cano Lechuga: “Abogado. Licenciado en Filosofía y Letras.
Periodista. En el campo del cine, ha trabajado oficialmente como Secretario
General de Cinematografía y Teatro, y director del IIEC (Escuela Oficial de
Cinematografía), y como periodista ha sido redactor de [palabra ilegible:
posiblemente Ya], Ecclesia y Signo en el campo de la prensa católica, de la que sigue siendo
colaborador”. (Ob. cit., pág. 27). Abellán lo incluye en la nómina de censores
afectos a la Inspección de Libros del año 1954. (Ob. cit., pág. 288).
[113]
Orden de 26 de febrero de 1963, del Ministerio de
Información y Turismo, por la que se designan los miembros integrantes de la
Junta de Censura Teatral (BOE,
16-III-1963).
[114]
J. M. García Escudero, Mis siete vidas. De las brigadas anarquistas a juez del 23-F,
Barcelona, Planeta, 1995, pág. 256.
[115]
Ob. cit., pág. 30. Para demostrar que se trata de
“padres de familia” en la mayoría de los casos, se incluye su estado civil y el
número de hijos en sus currículos. Se respondía así a una acusación según la
cual la censura estaba “desempeñada exclusivamente por intelectuales, en
ocasiones sin edad suficiente para la delicada misión que les está encomendada,
y que aplican unos criterios que pueden ser buenos para minorías, pero no para
públicos menos preparados”. (Ibíd., págs. 22-23).
[116]
El citado Informe
sobre la Censura Cinematográfica y Teatral, recoge la siguiente trayectoria
de Manuel Andrés Zabala: “[…] Funcionario (Jefe de Administración de 1ª clase).
Ha sido Secretario de la Junta de Censura Cinematográfica durante los años 1943
a 1946. Jefe de la Sección de Cine de la Dirección General de Cinematografía y
Teatro desde 1946 a 1962 y Secretario del Instituto de Investigaciones y
Experiencias cinematográficas (hoy Escuela Oficial de Cinematografía) desde
1942 a 1962”. (Ibíd.).
[117]
De Florentino Soria se recoge
la siguiente semblanza en el citado documento: “Licenciado en Filosofía y
Letras. Fue profesor de Literatura en la Universidad de Oviedo y encargado de
la Cátedra de Filosofía en el Instituto de Gijón. Funcionario del Cuerpo
Técnico-Administrativo del Ministerio de Información y Turismo. Periodista. Fue
durante muchos años Redactor-Jefe del Semanario El Español y de la revista África,
del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Ha escrito numerosas
críticas y ensayos sobre cine en diversas publicaciones. Ha desarrollado cursos
y conferencias sobre cine en la Universidad Menéndez Pelayo de Santander,
Ateneo de Madrid, Convento de las Caldas de Besaya (Dominico) y Oña (Jesuitas),
entre otros lugares y centros. Guionista profesional. Dos veces premio del
Sindicato del Espectáculo. Coautor del guión de Calabuch, premio de la Oficina Católica Internacional del Cine.
Titulado como Director-realizador en la Escuela Oficial de Cinematografía. Fue
Subdirector, y, en la actualidad, es profesor de Guión de dicho Centro”. (Informe sobre la Censura Cinematográfica y
Teatral, ibíd., págs. 23-24).
Con anterioridad a la etapa de García Escudero, había
formado parte de la censura de prensa (aparece vinculado a la Dirección General
de Propaganda como censor de 3ª desde enero de 1947). Tan sólo unos días
después del cese de este como Director General, Soria fue cesado a su vez de su
cargo como Subdirector General, aunque permaneció como miembro de la Junta de
Censura teatral. En sus memorias, J. M. García Escudero, señala que tras su
paso por la Dirección General “realizó una gran labor al frente de la Filmoteca
Nacional”. (García Escudero, ob. cit., pág. 248).
Es autor de los guiones cinematográficos La banda de los ocho, junto con Pedro
María Herrero (Madrid, As Films, 1961); Los
bandidos del Ford (Madrid, Producciones Cinematográficas DIA, 1970); La cera virgen, junto con José María
Forqué y Rafael Azcona (Madrid, Producciones Cinematográficas Orfeo, 1971), y
de la adaptación cinematográfica de la novela El otro árbol de Guernica, junto con Pedro Masó (Madrid, Pedro
Masó, Producciones Cinematográficas, 1969), además de ser autor de una
semblanza de José María Forqué (Murcia, Filmoteca Regional de Murcia, 1991).
[118]
Orden de 27 de julio de 1962 del Ministerio de
Información y Turismo por la que se nombra Secretario general de la Dirección General
de Cinematografía y Teatro a don Florentino Soria Heredia (BOE, 10-VIII-1962).
Orden de 9 de noviembre de 1962 del Ministerio de Información y Turismo por la
que se cesa como Secretario General de la Dirección General de Cinematografía y
Teatro a don Florentino Soria Heredia (BOE, 23-XI-1962); Orden de 9 de
noviembre de 1962 del Ministerio de Información y Turismo por la que se nombra
Secretario General de la Dirección General de Cinematografía y Teatro a don
Manuel Andrés Zabala (BOE, 22-XI-1962) y Orden de 9 de noviembre de 1962 del
Ministerio de Información y Turismo por la que se nombra a don Florentino Soria
Heredia Subdirector general de la Dirección General de Cinematografía y Teatro
(BOE, 22-XI-1962).
[119]
En el citado Informe…,
se recoge la siguiente semblanza de Sebastián Bautista de la Torre: “Abogado.
Periodista. Secretario de Administración Local, Jefe de Administración del
Cuerpo Técnico Administrativo del Ministerio de Información y Turismo. En 1942
fue nombrado Secretario Provincial de la Vicesecretaría de Educación Popular en
Jaén. Fue Jefe Provincial de Censura. Hizo crítica de teatro y de cine. Ha
publicado y estrenado diversas obras teatrales. Desde el año 1955 desempeñó la
Secretaría de la Delegación Provincial del Ministerio en Madrid. Miembro del
Instituto Internacional del Teatro (UNESCO)”. (Informe sobre la Censura Cinematográfica y Teatral, ibíd., pág.
24).
Fue periodista en radio y prensa escrita, además de
novelista, poeta, ensayista y dramaturgo. Fundó en Jaén la revista satírico-literaria Lagarto en 1945; tres años después
creó la colección “Al verde olivo”, que aglutinó a un extenso grupo de autores
andaluces. Cultivó el teatro infantil, con el que consiguió el premio “Amade”
en 1975, por su obra Tristín, Tristana,
Tristón y la colada del señor (Madrid, Doncel, 1984). Algunas de sus obras
teatrales son: Madrugada (Jaén,
1949); Torero a muerte (Jaén, 1948); El joven tímido (Jaén, 1949); Llegó por la nieve (Jaén, 1949); Antes de las nueve, amor (1955); La galera de papel (1959); El opositor (1960); Cosmonauta en tierra (1962); Nuevo paso de las aceitunas (1963); El hijo cuatrimotor (1963); Sobre un caballo de abril o Las trombas del rey geniudo (estr.
1975); La rebelión del campo (1978); El droganiños (Madrid, Cirde, 1979); Y estrenaron libertad. Farsa en tres partes (Madrid, 1981); La bomba Kruger y Un cerebro en el estadio (1983). Además,
es autor de las novelas Una estafa
cultural (Madrid, Biblioteca Nueva, 1985) y La vejez, esa eterna juventud (Madrid, Verbum, 1994); el poemario Mi canto se hace espinas (Jaén, 1978), y
los textos para niños El niño que tenía
música en el corazón (Madrid, 1981); El
árbol de la buena sombra (Madrid, Escuela Española, 1989), y El juego de los mayores (Madrid, Escuela
Española, 1989). (Catálogo de Autores
Dramáticos Andaluces, III (1898-1998), Junta de Andalucía, 1999, págs.
86-89; así como Andrés Molinari, Pequeño
Diccionario de Teatro Andaluz, ibíd.). Según Ricardo Doménech, su teatro
carece de falta de visión crítica, de un cierto esperpentismo superficial,
modernidad únicamente formal, y cierta grandilocuencia en el lenguaje. En el
fondo, según este crítico, es “tan burgués como Benavente”. (Crítica a El opositor, en Primer Acto, 40, feb. 1963, págs. 55-56). Además de formar parte de
la Junta de Censura de obras teatrales, fue entre 1963 y 1971 secretario de la
Junta de Censura cinematográfica; fruto de sus experiencias en esta última es
el libro Sexy boom (Madrid, Prensa
Española, 1970).
[120]
Arcadio Baquero Goyanes nació en Gijón en 1925.
Formó parte de la Junta de Censura entre 1963 y 1967. Periodista, crítico
teatral, redactor Jefe del diario El
Alcázar, miembro del Instituto Internacional del Teatro. Recibió el Premio
Pensión March para investigación teatral. (Informe
sobre la Censura..., ibíd., págs. 31-32). En 1974 fue redactor jefe de Actualidad Española, donde también hacía
crítica teatral. De profesión periodista y grafólogo, cuenta con el Premio
Nacional de Teatro (1960) por el conjunto de sus obras teatrales. Es autor de
los ensayos: Don Juan y su evolución
dramática (Madrid, Editora Nacional, 1966) y Don Juan, el mito incombustible, y colaborador en el libro
colectivo Teatro de humor en España (Madrid, Editora Nacional, 1966), en el que participó con su artículo “El humor
en el teatro de Ruiz Iriarte”. (Diccionario
de escritores. Quién es Quién hoy en las letras españolas, Madrid,
Asociación Colegial de Escritores, 2000). Desde finales de los años noventa colabora ocasionalmente en el diario ABC.
Cabe destacar, puesto que atañe a uno de los autores
aquí incluidos, que participó en una lectura de Los inocentes de la Moncloa, de Rodríguez Méndez (realizada por el
Cuadro Escuela “Agora” del Teatro Forum, en la Cámara Oficial de Comercio, en
1962), donde hizo una crítica de la
obra y abrió el posterior coloquio. (Primer
Acto, 34, mayo 1962, pág. 48). (Véase B. Muñoz Cáliz, “Entrevista con
Arcadio Baquero Goyanes, miembro de la Junta de Censura Teatral entre 1963 y
1967)”, Las Puertas del Drama, 18
(Primavera 2004), págs. 17-21).
[121]
Es miembro de la Junta de Censura entre 1963 y 1965.
De Adolfo Prego encontramos el siguiente currículo: “Periodista, escritor,
crítico y autor teatral premiado con el Lope de Vega. Redactor Jefe de Blanco y Negro, fue crítico teatral del
diario Informaciones. Recientemente
ha cesado en el cargo, a petición propia, por impedirle sus otras ocupaciones
seguir atendiéndolo”. (Informe sobre la
Censura..., ob. cit., pág. 32).
Autor de obras como Él y Epitafio para un soñador (Madrid,
Editora Nacional, 1965); esta última ganó el Premio Lope de Vega en 1963 y fue
estrenada en el Teatro Español. Es autor de las narraciones breves Don Juan y Señor profesor, ambas publicadas en la revista Vértice (1939), del libro Héroes
españoles en Rusia (Madrid, Publicaciones Españolas, 1954); así como de una
antología de Textos de Jacinto Benavente
aparecidos en ABC (Madrid, Prensa Española, 1976). Como crítico teatral, en
1962 y 1963 colaboraba en Primer Acto,
y en ABC en los setenta.
[122]
Forma parte de la Junta de Censura teatral entre
1963 y 1977. “Licenciado en Derecho y Periodista. Trabajó doce años como
redactor de la revista Signo.
Conferenciante. Ha sido Secretario Técnico del Consejo Superior de Acción
Católica (1947-1953)”. (Informe sobre la
Censura..., ob. cit., pág. 32). Fue redactor de Actualidad Española, siendo su redactor jefe Arcadio Baquero.
[123]
Florencio Martínez Ruiz entra en la Junta de Censura
en 1963 y permanece hasta 1976. “Carrera eclesiástica. Maestro Nacional.
Colaborador de Arriba, El Español, Punta
Europa y otras publicaciones”. (Informe
sobre la Censura..., ob. cit., pág.
32). Editó una antología de la poesía española de postguerra: La nueva poesía española. Antología crítica
(Segunda generación de postguerra: 1955-1970) (Madrid, Biblioteca Nueva,
1971), así como el libro Nuevo Mester de
Clerecía (Madrid, Editora Nacional, 1978).
[124]
José Luis Vázquez Dodero entra en la Junta de
Censura en 1964 y permanece hasta la transición. De él se dice en el citado
documento: “Doctor en Derecho y Ciencias Políticas. Jefe en colaboraciones del
diario ABC. Editorialista de Ecclesia del año 1944 a 1945”. (Informe sobre la Censura..., ob. cit., pág. 32). Según García Escudero, cuando
estalló la guerra civil, Maeztu se refugió en su casa (García Escudero, ob.
cit., pág. 104).
[125]
Acerca de Jorge Blajot se recoge la siguiente
trayectoria: “Religioso. Licenciado en Filosofía y Letras. Doctor en Teología.
Título eclesiástico de Filosofía eclesiástica. Publicaciones poéticas. Director
adjunto de la revista Razón y Fe”. (Informe sobre la Censura..., ob. cit., pág. 31). Según J. M. García Escudero,
publicó poemas en la revista religiosa Estría.
(García Escudero, ob. cit., pág. 197). Forma parte de la Junta de Censura
teatral entre 1963 y 1966, según los expedientes aquí examinados.
[126]
José María Artola entra en la Junta de Censura en
1963 y permanece hasta la Transición (1976). De él se recogen los siguientes
datos: “Religioso. Licenciado en Teología y Dr. en Filosofía y Letras.
Distintas publicaciones de carácter filosófico. Subdirector del colegio Mayor
Santo Tomás de Aquino” (Informe sobre la
Censura..., ob. cit., pág. 31).
[127]
P. O'Connor y A. Pasquariello, “Conversaciones con
la generación realista”, Estreno, 2-2
(1976), págs. 8-28; cita en págs. 15-16.
[128]
Luis González Fierro formó parte de la Junta de
Censura teatral en 1964, según los expedientes aquí estudiados. En el citado Informe sobre la Censura... se le define
así: “Religioso. Facultad de Teología de Salamanca. Delegado Eclesiástico
Nacional de Cine, Radio y TV. Representante oficial de España en UNDA. Miembro
del Comité Ejecutivo. Director de las Reuniones Internacionales de TV Católica
de Montecarlo. Presidente de la Comisión de Radio UNDA, a la que pertenecen 62
países. Miembro de la comisión de TV-Echanges de la Eurovisión. Miembro de
varios Jurados Internacionales de Cine y TV. Durante seis años llevó, con dos
emisiones semanales, los programas religiosos de TVE. Fue el primer sacerdote
español que trabajó en TVE. Dirige las sesiones de cine para el clero, dos
veces al mes, en Madrid. Ha asistido a numerosos Festivales Internacionales de
cine”. (Ob. cit., pág. 25).
[129]
El citado Informe… recoge la siguiente información sobre Carlos María Staehlin: “Doctor en
Filosofía y en Teología. Conferenciante. Colaborador en temas cinematográficos
de revistas nacionales y extranjeras (Razón
y Fe, Reseña, Revista Internacional del Cine, etc.).
Ha publicado varios libros y folletos, la mayor parte sobre cine. Jurado en
varios Festivales Internacionales (para premios oficiales y de la Oficina
Católica Internacional del Cine). Profesor de Deontología en la Escuela Oficial
de Cinematografía. Profesor del Instituto de Teología Pastoral (para
sacerdotes) y Profesor de la Escuela de Psicopedagogía (para educadores)”. (Informe sobre la Censura..., ob. cit., pág. 26). De las obras aquí incluidas,
únicamente participó en los dictámenes de El
milagro y La pechuga de la sardina,
de Lauro Olmo.
[130]
Los dos censores eclesiásticos de carácter oficial
de la Junta de Censura cinematográfica, Luis González Fierro y Manuel Villares,
constituyen una excepción, pues fueron nombrados por el arzobispo de Pamplona,
como Presidente de la Comisión Episcopal de Cine, Radio y Televisión, de
acuerdo con el Patriarca de Madrid-Alcalá, como ordinario de la Diócesis en que
están enclavadas la Juntas. (Informe
sobre la Censura..., ob. cit., pág. 30).
[131]
Marcelo Arroitia-Jáuregui Alonso entra en la Junta
de censura teatral en 1963, y permanece al menos hasta 1966. En el Informe sobre la Censura... se le define
así: “Escritor, crítico de cine. Licenciado en Derecho. Jefe del Servicio
Nacional de Formación Política del SEU, colaborador asiduo de La Hora, Ateneo, Pueblo, Arriba y Cadena Nacional de Prensa del
Movimiento, así como Film Ideal.
Redactor-jefe de Correo Literario y
director de Alcalá. Jefe de Estudios
en el Colegio Mayor “José Antonio” durante cinco años”. (Ob. cit., pág. 28).
Trabajó como actor en las películas El
secreto del Dr. Orloff (1964, dir. Jesús Franco); La visita que no tocó el timbre (1965, dir. Mario Camus); Miss muerte (1966, dir. Jesús Franco); Las viudas (1966, dir. Julio Coll); Cartas boca arriba (1966, dir. Jesús
Franco); Lucky, el intrépido (1966,
dir. Jesús Franco); Coco con codo (1967, dir. Víctor Aúz); Culpable para un
delito (1967; dir. José Antonio Duce); El
caso de las dos bellezas (1968, dir. Jesús Franco); Un día es un día (1968; dir. Francisco Prósper); El otro árbol de Guernica (1969; dir.
Pedro Lazaga); Crimen imperfecto (1970; dir. Fernando Fernán Gómez), La
duda (1972; dir. Rafael Gil), y Las
estrellas están verdes (1973, dir. Pedro Lazaga).
Escribió además en el diario El Alcázar, en el que continuó su labor tras la muerte de Franco. Rodríguez
Puértolas recoge un soneto con el que este censor colaboró en el homenaje
lírico al falangista José Luis de Arrese en 1945: “Esta tu voz clara que,
iluminada, / a menester de Patria nos convoca; / este son que, sereno, nos
invoca / a la lucha; / la sangre enamorada / que de tu labio surge transtornada
/ y hace trinchera de la antigua roca, / es la voz del servicio que en tu boca
/ se llena de hermosura renovada. / Servir, servir. Cruzó por tu destino / la
palabra del César, y en tu entraña / edificó tu luz y tu armonía. / El servicio
es la norma en tu camino / y está tu corazón lleno de España / a fuerza de
servirla cada día”. (Ofrenda lírica a
José Luis de Arrese en el IV año de su mando, Madrid, 1945. Reproducido en:
Rodríguez Puértolas, ob. cit., pág. 440).
En 1952 manifestaba así su fe fascista: “El Régimen
español nacido el 18 de julio está ya consolidado, goza de un prestigio
indudable y ha logrado que por primera vez, desde hace siglos, disfrutemos los
españoles de una política propia e independiente [...]. La figura de Francisco
Franco, su talento político como antes su talento militar, ha hecho posible una
situación española que pretende mirar el futuro con optimismo, ha devuelto a
España dignidad y honra”. (“18 de julio: punto de partida”; Alcalá, 13, 25-VII-1952. Citado por
Rodríguez Puértolas, ibíd., pág. 440).
[132]
De Víctor Aúz se recoge el siguiente currículo en el
citado Informe: “Abogado. Fue Jefe
Nacional de Actividades Culturales de SEU, dirigió el Cine-Club del SEU de
Madrid. Ha dirigido varios teatros de cámara. Ha sido miembro de la Junta Rectora
de la Federación Nacional de Cine-Clubs desde su creación hasta el pasado año.
Director y crítico de las revistas Acento, Aulas y Síntesis. Colaborador de numerosas revistas culturales españolas y
extranjeras. Le ha sido concedido un Premio Doncel de Teatro infantil y accésit al Premio Ramiro de Maeztu de
teatro. Guionista cinematográfico”. (Informe
sobre la Censura..., ob. cit., pág.28).
Adaptó varias obras de autores portugueses, como El crimen de Aldeavieja, de Bernardo
Santareno y El fin en la última página, de Luis Francisco Rebello, en la que también se encargó de la traducción. Junto
con estas obras, que fueron publicadas en Primer
Acto (34 [mayo 1962] y 42 [abril 1963], respectivamente), escribe varios
artículos en esta revista sobre el teatro portugués, donde se muestra favorable
al teatro experimental y habla de “los absurdos obstáculos de la censura”
portuguesa, además de atacar al teatro comercial y de revista (“Rebello y
Santareno, dos caminos del teatro”, Primer
Acto, 34, mayo 1962, págs. 11-15; “Lisboa. Peor que en España”, Primer Acto, 40, feb. 1963, págs.
57-58); de hecho, es uno de los miembros más liberales de la Junta. Es conocido
sobre todo por su destacada labor al frente del Teatro Nacional de Cámara y
Ensayo durante la etapa en que García Escudero es Director General de
Cinematografía y Teatro por segunda vez.
[133]
Juan Emilio Aragonés forma parte de la censura
teatral desde 1966 hasta la Transición. Crítico teatral de La Estafeta Literaria; sus críticas quedarían recogidas en el volumen Veinte años de teatro español (1960-1980) (Society of Spanish and Spanish America Studies, 1987). Es autor de varios
ensayos sobre Arniches (Madrid, Doncel, 1966), Benavente (Madrid, Doncel,
1966), Brecht (Madrid, Ediciones y Publicaciones Españolas, 1974), así como de
una Historia del teatro español de
postguerra (Madrid, 1971), y del poemario El noticiero (Madrid, Editora Nacional, 1965). Ya en la democracia,
colaboró en la revista República de las
Letras, de la Asociación Colegial de Escritores, donde publicó artículos
como “El teatro que viene” (núm. 3), “Ya estamos todos” (núm. 8), “Los teatros
de barrio” (núm, 9), “La herida del
tiempo y sus heridas” (núm. 10), “Vuelven los del Lara” (núm. 11), “El teatro y su gente” (núm. 12) o “Ángel
María de Lera en el recuerdo” (núm. 12).
[134]
Esta censora colaboró en la revista Yorick con una reseña acerca del
Congreso Internacional sobre la Infancia y la Juventud celebrado en en 1968.
(Nieves Sunyer, “Congreso Internacional para la Infancia y la Juvenutd, La Haya,
1968”, Yorick, 32 (mar. 1969), págs.
9-10.
[135]
Durante la guerra civil, María Luz Morales había
participado en las actividades teatrales republicanas, formando parte como
vicepresidente de la Comisión del Teatro de los Niños, organismo consultivo y
asesor del Consejo Central del Teatro, con Jacinto Benavente como presidente de
la misma. (Gaceta de la República,
18-I-1938, pág. 267). Fue crítico teatral de El Diario de Barcelona. En 1962 se le rindió un doble homenaje por
sus veinticinco años ejerciendo la crítica teatral (una reseña de este homenaje
apareció en Primer Acto, 31, feb.
1962, págs. 53-54). Obtuvo el Premio Nacional a la mejor labor periodística
sobre el teatro de la temporada 1961-1962. En su informe sobre El círculo de tiza caucasiano, de Alfonso
Sastre, esta peculiar vocal señala que esta obra es un ejemplo de “buen modelo
de teatro de los niños”.
[136]
Federico Muelas, poeta nacido en 1910, formó parte
del grupo de la revista Garcilaso, de
la que fue uno de sus principales artífices. Colaboró con un soneto en el
volumen colectivo Ofrenda Lírica a José
Luis de Arrese en el IV año de su mandato (Madrid, 1945), al igual que
Arroitia-Jáuregui, Enrique Llovet y Alfredo Marqueríe, entre otros. (Dicho
soneto puede leerse en Rodríguez Puértolas, ob. cit., pág. 485). Entre sus
títulos figuran: Apenas esto. Antología
1934-1959 (Madrid, 1959), Rodante en
tu silencio (Madrid, 1964), Cuenca en
volandas (Cuenca, 1968, con prólogo de Gerardo Diego) y Ángeles albriciadores (Madrid, 1971).
(Rodríguez Puértolas, ibíd.). Camilo José Cela lo menciona, junto al también
censor José María García-Cernuda y otros, como una de las primeras personas a
las que leyó en el Café Gijón La familia
de Pascual Duarte, cuando esta aún no estaba publicada, tal como se puede
leer en “Andanzas europeas y americanas de Pascual Duarte y su familia” (texto
de libre disposición en la página web: http://www.xtec.es/~rsalvo/cela/
dossier/2.htm). Véase igualmente la nota 142 (referente al censor Jesús Vasallo
Ramos).
[137]
Entre ellos, Sebastián Bautista de la Torre, Luis G.
Fierro, Manuel Villares, Carlos María Staehlin, José María Cano Lechuga,
Marcelo Arroitia-Jáuregui, Víctor Aúz Castro y Manuel Augusto García Viñolas.
(Orden de 3 de diciembre de 1962 del Ministerio de Información y Turismo por la
que se nombran los miembros de la Junta Clasificadora y de Censura de Películas
Cinematográficas. BOE, 11-XII-1962,
pág. 17.369).
[138]
García Escudero, ob. cit., pág. 257.
[140]
Antonio Albizu también era censor de libros en 1966.
Así lo atestigua Joan Mari Torrealdai en La
censura de Franco y los escritores vascos del 98 (Donostia, Ttartalo, 1998,
pág. 54). También es traductor de un tratado sobre los jardines (Los jardines: historia, trazado, arte,
de Derek Clifford. Madrid, Instituto de Estudios de Administración Local,
1970).
[141]
Jesús Vasallo Ramos es coautor, junto con Federico
Muelas, de la obra teatral La reina loca.
Drama de amor y celos (San Sebastián, Alfil, 1958), con quien también firma
el guión cinematográfico Un techo para la
paz (Madrid, Eurofilms, 1964). Así mismo, es coautor de varios argumentos
cinematográficos: con Clemente Pamplona firma los de Cerca del cielo (Valencia, AGB, 1950) y Mater piadosa (Valencia, AGB, 1950); con José Antonio de Alcedo León, Una partida carlista (Valencia, AGB,
1950), y Sangre que triunfa (Valencia, AGB, 1950); junto con Francisco Abad Abad, Último objetivo (Valencia, AGB, 1950); y junto con Clemente
Pamplona y José Antonio de Alcedo, Zumalacárregui.
(El lobo de las Américas) (Valencia, AGB, 1950); fue uno de los guionistas
de película Don José, Pepe y Pepito,
sobre la obra teatral de Juan Ignacio Luca de Tena (Madrid, 1959); así como de Vida sin risas, junto con Francisco
Abad, Federico Muelas y Rafael J. Salvia (1959, dir. Rafael J. Salvia), y de Pasos de angustia (1959, dir. Clemente
Pamplona), junto con Antonio Calderón, Clemente Pamplona y Federico Muelas. Es
autor de una antología de artículos ultraderechistas titulada Madrid: kilómetro cero (Madrid,
Ediciones del Movimiento, 1975), así como de un texto sobre Zamora (Madrid, Publicaciones Españolas,
1964).
[142]
José María García-Cernuda, abogado, es autor del
libelo Sobre la revolución de la Falange (Bilbao, Departamento Nacional de Propaganda del SEU, col. Ediciones para el
Bolsillo de la Camisa Azul), así como de la letra del himno falangista “Cubre
tu pecho” (1943), que se recogió en el Cancionero Juvenil de 1947 y actualmente
se puede leer en: http://www.rumbos.net/cancionero/4245_007.htm y
http://www.libreopinion.com/members/radions/espanol.html.
[143]
Como director de escena, Vicente Amadeo Ruiz
Martínez dirige varios montajes con el Teatro Nacional de Cámara y Ensayo, el
grupo Dido, la Asociación de Actores y la compañía del Teatro María Guerrero,
entre ellos: La grande y pequeña maniobra,
de Adamov; Semáforos, de José Luis
Villarejo; La tienda, de Germán
Ubillos; La jaula, de José Fernando
Dicenta; Un hermoso pedazo de nada,
de Antonio Valencia; Guadaña al
resucitado, de Ramón Gil Novales, y A
dos barajas, de José Luis Martín Descalzo.
[144]
A excepción de José Luis Guerra, estos censores,
junto a los anteriores, componían el pleno que enjuició Y pusieron esposas a las flores en octubre de 1976. (Véase el
documento facsímil 31).
[145]
Real Decreto 262/1978, de 27 de enero, sobre
libertad de representación de espectáculos teatrales. (BOE, 3-III-1978, págs.
5153-5154).
[146]
En la composición de la Comisión de Calificación de
Teatro y Espectáculos de febrero de 1979 aparecen los siguientes nombres:
Manuel Camacho de Ciria (Presidente), Julia Arroyo Herrera, Jesús Cea Buján,
José Luis Guerra Sánchez, Francisco Martínez García, Ramón Regidor Arribas y
Juan Wesolowski Fernández de Heredia. (Expediente 250-57, caja 71.697,
correspondiente a El cuervo, de
Alfonso Sastre).
[147]
Instrumentos de Descripción de Archivo General de la
Administración. (Apartado referido a los Expedientes de Censura de Teatro).
[148]
Sí. (Suplemento semanal de Arriba), 4 de
abril de 1943, págs. 1-2.
[149]
BOE, 1-I-1946. (J. M. Salazar López, Diccionario legislativo de cinematografía y
teatro, Madrid, Editora Nacional, Serie Jurídica, 1966, pág. 10).
[150]
Instrumentos de Descripción de Archivo General de la
Administración. (Apartado referido a los Expedientes de Censura de Teatro).
[151]
D. Ladra, “El primer teatro de Alfonso Sastre
(1946-1953)”, Primer Acto, 242
(en.-feb. 1992), pág. 19.
[152]
C. Oliva, ob. cit., pág. 88.
[153]
Orden de 31 de diciembre de 1946, por la que se crea
el Consejo Superior del Teatro, dependiente de la Dirección general de
Cinematografía y Teatro (BOE, 25 de enero de 1947). Este organismo era fruto de
la fusión del Consejo Nacional de Teatros y la Comisaría de Teatros Nacionales,
por lo que Víctor García Ruiz señala como antecedente directo de esta medida la
orden por la cual la Junta Superior de Censura y la Comisión Nacional de
Censura se refundieron en un solo órgano: la Junta Superior de Orientación
Cinematográfica (Orden de 28-VI-1946, del Ministerio de Educación Nacional),
pues, tal como señala este autor, la política teatral iba siempre “a remolque”
de la del cine. (García Ruiz, art. cit., pág. 67).
[154]
El primer Consejo estaba formado por Gabriel García
Espina, como presidente, Guillermo Salvador de Reyna, como Vicepresidente; fray
Mauricio de Begoña, Emilio Morales de Acevedo, David Jato Miranda, Alfredo
Marqueríe, José Juan Cadenas, Luis Escobar Kirpatrick, Cayetano Luca de Tena,
Agustín de Lucas Casla, Guillermo Marín y Jorge de la Cueva como vocales. En
total, un Presidente, un Vicepresidente y diez vocales de libre designación por
parte del Ministerio, a excepción de dos, procedentes del cuerpo de Lectores de
Obras Teatrales, más el vocal eclesiástico, que habría de ser propuesto por el
Ordinario de la Diócesis. Actuaría como Secretario el Jefe de la Sección de
Teatro. (Orden de 31 de diciembre de 1946, del Ministerio de Educación
Nacional, por la que se nombran los componentes del Consejo Superior del
Teatro. BOE, 25-I-1947, pág. 572).
[155]
Decreto de 18 de agosto de 1951, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra a don José María García Escudero
Director general de Cinematografía y Teatro (BOE, 24-VIII-1951); y Decreto de
29 de febrero de 1952 por el que cesa en el cargo de Director general de
Cinematografía y Teatro don José María García Escudero (BOE, 9-III-1952).
[156]
“Era inevitable que acabase (en realidad, empecé muy
pronto) chocando con el ministro: hombre bueno, pero a quien oí expresar con
toda naturalidad, hablando conmigo, la convicción de que con su gestión
política estaba salvando las almas de muchos españoles”, escribe este autor. (J.
M. García Escudero, ob. cit., pág. 229).
[157]
Orden de 29 de noviembre de 1951, del Ministerio de
Información y Turismo, por la que se modifica la constitución del Consejo
Superior de Teatro (BOE, 17-XII-1951, pág. 5673).
[158]
Se incorporan entonces el Presidente de la Sociedad
General de Autores, el Jefe del Sindicato Nacional del Espectáculo, los
directores de los Teatros Nacionales (Luis Escobar y Cayetano Luca de Tena,
cuyos cargos ahora aparecen citados explícitamente y no dentro del conjunto de
vocales designados libremente por el Ministerio), el director del Instituto del
Teatro de Barcelona, un representante del Real Conservatorio de Música y
Declamación (Federico Sopeña Ibáñez), tres críticos teatrales (Melchor
Fernández Almagro, Gonzalo Torrente Ballester y Eusebio García Luengo), un
crítico musical (Antonio Fernández Cid), un actor (Ricardo Calvo Agostí) y un
funcionario perteneciente al cuerpo de Lectores (Bartolomé Mostaza). (Orden de
29 de noviembre de 1951, del Ministerio de Información y Turismo, por la que se
designan las personas que integran el Consejo Superior del Teatro. BOE,
19-XII-1951, pág. 5693).
[159]
Orden de 22 de septiembre de 1951, del Ministerio de
Información y Turismo, por la que se nombra a don Joaquín Argamasilla de la Cerda
y Elio Secretario general de la Dirección General de Cinematografía y Teatro
(BOE, 18-XI-1951); Decreto de 29 de febrero de 1952, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra a don Joaquín Argamasilla de la
Cerda y Elío Director general de Cinematografía y Teatro (BOE, 9-III-1952);
Decreto de 12 de febrero de 1955, del Ministerio de Información y Turismo, por
el que se cesa en el cargo de Director general de Cinematografía y Teatro a don
Joaquín Argamasilla de la Cerda y Elío (BOE, 25-II-1955).
Pueden verse las cartas de Argamasilla dirigidas a
Raimundo Fernández Cuesta, Ministro Secretario General del Movimiento, a
propósito de las obras El pan de todos y Prólogo patético, de Alfonso
Sastre, en las fichas correspondientes a dichas obras.
[160]
Orden de 16 de agosto de 1952 por la que se nombra
Secretario general de la Dirección General de Cinematografía y Teatro a don
José María Alonso Pesquera y Cendra (BOE, 12-X-1952); Orden de 8 de febrero de
1955 del Ministerio de Información y Turismo por la que se dispone el cese del
Secretario general de Cinematografía y Teatro, don José María Alonso Pesquera y
Cendra (BOE, 22-II-1955).
[161]
Decreto de 25 de febrero de 1955, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra Director general de Cinematografía
y Teatro a don Manuel Torres López (BOE, 5-III-1955); Decreto de 27 de abril de
1956, del Ministerio de Información y Turismo, por el que cesa en el cargo de
Director general de Cinematografía y Teatro don Manuel Torres López (BOE, 9-V-1956).
[162]
Orden de 25 de mayo de 1955 del Ministerio de
Información y Turismo, por la que se regula la actividad de los Teatros de
Cámara.
[163]
Orden de 8 de febrero de 1955 del Ministerio de
Información y Turismo por la que se nombra a don José María Cano Lechuga
Secretario general de la Dirección general de Cinematografía y Teatro (BOE,
22-II-1955); Orden de 16 de mayo de 1956, del Ministerio de Información y
Turismo, por la que se dispone el cese del Secretario general de Cinematografía
y Teatro, don José María Cano Lechuga (BOE, 20-V-1956).
[164]
Decreto de 27 de abril de 1956, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra Director general de Cinematografía
y Teatro a don José Muñoz Fontán (BOE, 9-V-1956); Decreto 880/1961, de 31 de
mayo, del Ministerio de Información y Turismo, por el que cesa en el cargo de
Director general de Cinematografía y Teatro don José Muñoz Fontán (BOE,
6-VI-1961).
[165]
J. M. García Escudero, pág. 260. Decreto 880/1961,
de 31 de mayo, del Ministerio de Información y Turismo, por el que cesa en el
cargo de Director general de Cinematografía y Teatro don José Muñoz Fontán
(BOE, 6-VI-1961).
[166]
Decreto 880/1961 de 31 de mayo, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra Director general de Cinematografía
y Teatro a don Jesús Suevos Fernández (BOE, 6-VI-1961); Decreto 1800/1962, de
20 de julio, del Ministerio de Información y Turismo, por el que cesa en el
cargo de Director general de Cinematografía y Teatro don Jesús Suevos Fernández
(BOE, 21-VII-1962).
[167]
Orden de 16 de mayo de 1956, del Ministerio de
Información y Turismo, por la que se nombra Secretario general de
Cinematografía y Teatro a don Alfredo Timermans Díaz (BOE, 20-V-1956); Orden de
27 de julio de 1962 del Ministerio de Información y Turismo, por la que se
dispone el cese de don Alfredo Timermans Díaz como Secretario General de la
Dirección General de Cinematografía y Teatro (BOE, 15-IX-1962).
[168]
Decreto 1806/1962, de 20 de julio, del Ministerio de
Información y Turismo, por el que se nombra para el cargo de Director general
de Cinematografía y Teatro a don José María García Escudero (BOE, 21-VII-1962).
[169]
Los documentos legales que se emiten desde el
Ministerio de Información y Turismo en estos años encaminados a regular la
actividad de la censura cinematográfica se pueden consultar en los BOE de
fecha: 12 de octubre de 1959 (Decreto 1744/1959, de 8 de octubre); 28 de
septiembre de 1962 (Decreto 2373/1962, de 20 de septiembre); 11 de diciembre de
1962 (Orden de 3 de diciembre de 1962); 8 de marzo de 1963 (Orden de 9 de
febrero de 1963); 29 de marzo de 1963 (Orden de 15 de marzo de 1963); 14 de
marzo de 1964 (Orden de 20 de febrero de 1964); 1 de febrero de 1965 (Decreto
99/1965, de 14 de enero), y 27 de febrero de 1965 (Orden de 10 de febrero de
1965).
[170]
C. Oliva, ob. cit., pág. 217.
[171]
Decreto 2761/1962, de 8 de noviembre, del Ministerio
de Información y Turismo, por el que se reorganiza la Dirección General de
Cinematografía y Teatro (BOE, 9-XI-1962, pág. 15.898).
[172]
Archivo General de la Administración, Sección de
Cultura (Prensa y Propaganda), caja 8.981.
[173]
Orden de 6 de febrero de 1964 por la que se aprueba
el Reglamento de Régimen Interior de la Junta de Censura de Obras Teatrales
(BOE, 25-II-1964, págs. 2505-2506).
[174]
Orden de 16 de febrero del Ministerio de Información
y Turismo (BOE, 8-III-1963, pág. 3931).
[175]
Orden de 26 de febrero del Ministerio de Información
y Turismo (BOE, 16-III-1963, pág. 4426).
[176]
Artículo 5 de la Orden de 16 de febrero de 1963, por
la que se constituye una Junta de Censura de Obras Teatrales (BOE, 8-III-1963).
[177]
Expd. 5-64, caja: 85.831.
[178]
“Robles Piquer: ‘178.817.400 ptas. de ayuda al
teatro, desde 1963’”, Yorick, 27
(1968), págs. 55-57.
[179]
Decreto 64/1968, de 18 de enero, por el que se
reorganiza el Ministerio de Información y Turismo. (Recogido en: Textos legales: prensa (Recopilación y
sistematización de textos realizada bajo la dirección de Eduardo Martínez de
Salinas), Madrid, Ministerio de Información y Turismo, Secretaría General
Técnica, Editora Nacional, 1969, cap. 11.3).
[180]
Orden de 27 de octubre de 1970 del Ministerio de
Información y Turismo por la que se reorganiza la Junta de Censura de Obras
Teatrales (BOE, 17-XI-1970, pág. 18.612).
[181]
Manuel L. Abellán señala la disparidad de criterios
que existía a veces con respecto a la sede central, debido al exceso de celo de
los delegados provinciales. (Ob. cit., pág. 35). Según comentaba la periodista
Marisa Ciriza, al grupo Aguaviva, en una gira por distintas ciudades, la Administración
de Madrid le había prohibido tres canciones de un recital que constaba de
treinta, mientras que otras tres ciudades sólo le prohibieron una, diferente en
cada una de ellas y sólo una de las cuales era una de las prohibidas en Madrid.
(“La censura nada sobre Aguaviva”, Cuadernos
para el Diálogo, 104 [mayo 1972], pág. 55).
[182]
Orden de 30 de octubre de 1971 del Ministerio de
Información y Turismo. (BOE, 29-XI-1971).
[183]
Su nombramiento aparece recogido en el diario Ya, 24-IX-1971. En sus declaraciones a
la prensa cuando acababa de tomar posesión de su cargo, Mario Antolín decía
entender la política “como la entendía José Antonio Primo de Rivera, como
servicio…”, y sobre la censura, declaraba: “Yo pienso que la censura es un mal
necesario en los momentos que vive el mundo, donde, muchas veces, bajo las
estrofas de una canción pacifista, se oculta una actitud de violencia, donde
muchas veces lo pornográfico se confunde con lo erótico, y donde a veces
también la ausencia de valores intenta sustituir con el vacío la necesidad de
crear unos valores nuevos”. (M. Cirizo, “Mario Antolín, la censura y la
responsabilidad”, Informaciones,
7-X-1971). En otro lugar, insistía en que la censura era “absolutamente
necesaria”, así como que esta debía dar “una garantía al espectáculo” (Madrid, 1-X-1971).
[184]
Decreto 2284/1972, de 18 de agosto, del Ministerio
de Información y Turismo, por el que se crea la Dirección General de
Espectáculos y se modifica la denominación de la de Cultura Popular y
Espectáculos (BOE, 30-VIII-1972).
[185]
Instrumentos de descripción de los fondos del
Archivo General de la Administración. Apartado referido a los Expedientes de
Censura de Teatro.
[186]
Hasta entonces, José Antonio Campos había sido
delegado provincial de Alicante. Posteriormente, ya durante la democracia, ha
continuado desempeñando distintos puestos de responsabilidad en la
Administración.
[187]
Dichos nombramientos aparecen recogidos en ABC, 6-III-1975, así como en Informaciones, 7-III-1975.
[188]
J. Andrés-Gallego (et
alii.), ob. cit.
[189]
Como muestra de los criterios de la censura
eclesiástica, véanse, por ejemplo: Películas
y obras de teatro censuradas mensualmente en la revista “El Perpetuo Socorro”
durante los años 1939-1944 (Madrid, El Perpetuo Socorro, 1945); así como A.
Garmendia de Otaola, S. I., Guiando las
lecturas y los espectáculos (Bilbao, 1948, 48 págs. Reeditado en el núm.
432 de la revista De Broma y de veras,
y en el núm. 735 de El Mensajero del
Corazón de Jesús (Bilbao, nov. 1948): “¿Dónde puedo informarme del criterio
moral del cine y del teatro?”).
[190]
En la mayoría de los expedientes realizados con
posterioridad a enero de 1975 únicamente se conservan los libretos de las obras
censuradas. Según varios testimonios orales, la noche en que se conoció la muerte
del dictador, se formó una hoguera en el patio del Ministerio de Información y
Turismo, en la que fueron quemados los expedientes de censura que se
encontraban allí en aquel momento. En otros casos, hemos encontrado expedientes
incompletos debido a que parte del material quedó en poder de algún alto cargo
al que se consultó sobre la obra en cuestión, o expedientes que se encuentran
ilocalizables por distintos motivos.
[191]
Este modelo de ficha aparece utilizado en mi Memoria
de Licenciatura: Dos actitudes ante la
censura: Antonio Buero Vallejo y Alfonso Sastre (1996), dirigida por el
profesor Ángel Berenguer. Puede consultarse en el departamento de Filología de
la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Alcalá.
[192]
Debido a que se cumplimentaba de forma rutinaria y
su interés, por tanto, es muy limitado, hemos omitido el apartado referido al
“Argumento” de la obra en aquellas ocasiones en que los censores se limitaban a
escribir: “Ya conocido por la Junta” o resumían escuetamente la trama argumental;
de hecho, son muchos los informes en los que este apartado aparece en blanco.
En algunas ocasiones, sin embargo, aparecen juicios sobre el texto en cuestión
(algún censor incluso tenía la costumbre de escribir el informe en este
apartado y no en el correspondiente); casos en los que sí han sido transcritos.
[193]
Es lo que ocurrió, por ejemplo, con Las palabras en la arena de Buero
Vallejo, obra que, aun habiendo sido autorizada por la censura, se prohibió en
una ocasión en que se solicitó la guía correspondiente para representarla
durante los días de Semana Santa. En otras ocasiones la obra fue aprobada sin
problemas.
[194]
Muñoz Cáliz, 2005, ob. cit.
|